Tipos de Contratos Laborales y Causas de Despido Disciplinario

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Tipos de Contratos Laborales

Contrato de Obra o Servicio Determinado

  • Objeto: Realización de tareas específicas con autonomía y sustantividad dentro de la empresa.
  • Duración: Máximo 3 años, ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo.
  • Régimen Jurídico:
    • Identificación del objeto y ocupación del trabajador en la obra correspondiente.
    • No pueden tener una duración superior a los plazos establecidos.
    • Terminan con la conclusión de la obra o servicio contratado.
    • Pueden celebrarse sucesivos contratos de obra o servicio determinado si tienen objetos diferentes y autonomía propia.

Contrato de Interinidad

  • Objeto: Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.
  • Duración: Coincide con la ausencia del trabajador sustituido.
  • Régimen Jurídico:
    • Identificación del trabajador sustituido y la causa de la sustitución.
    • Puede tener por objeto la ocupación transitoria de vacantes pendientes de cobertura definitiva.
    • Su duración no puede exceder de tres meses.

Causas de Despido Disciplinario

1. Faltas Repetidas e Injustificadas de Asistencia o Puntualidad al Trabajo

  • Incomparecencia al trabajo durante una o varias jornadas.
  • Llegar tarde al trabajo, marcharse antes de lo debido o ausentarse indebidamente durante la jornada.

2. La Indisciplina o Desobediencia en el Trabajo

  • Incumplimiento de las órdenes generales y particulares del empresario.
  • Ius resistentiae del trabajador en casos excepcionales.

3. Las Ofensas Verbales o Físicas al Empresario o a las Personas que Trabajen en la Empresa

  • No es necesario que el hecho merezca calificación jurídica de falta o delito.

4. La Transgresión de la Buena Fe Contractual así como el Abuso de Confianza en el Desempeño del Trabajo

  • Actúa como macro causas o causas genéricas.

5. La Disminución Continuada y Voluntaria en el Rendimiento de Trabajo Normal o Pactado

  • Requiere cierta permanencia en el tiempo.
  • No entran causas ajenas al trabajador o causas no culpables.

6. La Embriaguez Habitual o Toxicomanía si Repercuten Negativamente en el Trabajo

  • Es necesario que repercutan negativamente en el trabajo.
  • Se precisa habitualidad.

7. El Acoso por Razón de Origen Racial o Étnico, Religión o Convicciones, Discapacidad, Edad u Orientación Sexual y Acoso Sexual o por Razón de Sexo al Empresario o a las Personas que Trabajen en la Empresa

Las Horas Extraordinarias

Concepto

  • Horas que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.

Clases

Voluntarias

  • Su realización es voluntaria, salvo pacto en el contrato o convenio colectivo.

Horas Extraordinarias por Fuerza Mayor

  • Tienen su causa en prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
  • No se tienen en cuenta para el cómputo de la jornada ordinaria ni del número máximo de horas extraordinarias.

Prohibiciones

  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores que presten servicios en periodo nocturno.
  • Trabajadores que manejen determinadas sustancias.

Límites

  • No pueden ser superiores a 80 horas al año.
  • Para trabajadores con jornada en cómputo anual inferior a la general, el número máximo se reduce proporcionalmente.
  • No se computan como tales las compensadas mediante descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización.

Cómputo

  • La jornada de trabajo se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones.

Retribución

  • Mediante convenio colectivo o contrato individual, se optará por abonar las horas extraordinarias en la cuantía fijada o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido.

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