Teorías sobre el Poder, el Estado y la Filosofía
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Origen divino del poder: Teorías teocéntricas
Estas teorías defienden que todo poder y autoridad provienen de Dios.
El obispo Bossuet fue uno de los defensores más importantes del fundamento divino del poder y del poder monárquico absoluto de la Edad Moderna. Afirmaba que Dios establece a los reyes como ministros suyos y reina sobre los pueblos por medio de los monarcas. Pero, por esta razón, los reyes no pueden gobernar de cualquier manera, no deben usar su autoridad sobre su antojo, sino con temor y cuidado, como algo que les viene de Dios, y del cual les pedirá cuentas.
La voluntad humana como origen del poder: Teorías antropocéntricas
A finales de la Edad Media y durante el Renacimiento empieza a surgir un modelo de legitimación del poder político que sostiene que el poder y las leyes proceden de la voluntad racional de los seres humanos. Durante los siglos XVII y XVIII, algunos filósofos acuden a un artificio teórico para explicar el origen del Estado: según ellos, se constituía por un pacto o contrato social. En virtud de este pacto, los seres humanos abandonan su existencia natural o prepolítica y crean un Estado, o comunidad política, con leyes y autoridades comunes. Las teorías más importantes del pacto social son:
Hobbes: (Homo homini lupus, democracia absolutista)
Considera que los seres humanos en estado de naturaleza se comportan unos con otros como lobos, de modo que, para no aniquilarse mutuamente, renuncian a su derecho individual a usar la violencia y crean un Estado. Designan un gobernante que será el único que podrá utilizar la fuerza; de este modo, los habitantes de la sociedad política pierden libertad, pero ganan seguridad.
Locke: (3 derechos: vida, propiedad y libertad, democracia liberal)
Defiende la primacía del individuo y su libertad como fundamento legítimo del poder y del Estado. Los seres humanos son por naturaleza libres y nacen con derechos individuales que el Estado no solo no les puede arrebatar, sino que, además, les debe garantizar, entre ellos, el derecho de propiedad.
Rousseau: (democracia social o directa)
Mediante el pacto social, los seres humanos abandonan su libertad individual, pero adquieren la libertad política y se dan a sí mismos unas leyes que son expresión de la voluntad general, que no se deben confundir con la voluntad de la mayoría. Al obedecer las leyes, los ciudadanos se obedecen a sí mismos, a lo que de racional hay en ellos.
Legalidad y legitimidad
No es lo mismo legalidad que legitimidad. Para que una ley se considere legítima, tiene que tener unas propiedades, en lo que se refiere tanto a su contenido como a su procedimiento de elaboración, que la justifican, es decir, que la hacen digna de ser considerada justa.
Se entiende por derecho positivo el que procede de un legislador y cuyas leyes son aplicables en una determinada comunidad social y en un tiempo concreto. Estas leyes son cambiantes en el tiempo. Pero existen unos criterios generales, unos valores morales, que son considerados condiciones necesarias para que una ley pueda ser justa. El derecho positivo no puede ir en contra de estos principios. Son:
- El derecho positivo no puede estar en desacuerdo con un derecho de orden superior: el derecho natural.
- Las leyes han de tener un carácter racional y estar orientadas a la consecución del bien común.
- Las leyes tienen que respetar unas ideas morales aceptadas por todos: los derechos humanos.
El derecho natural
Estas teorías, también llamadas iusnaturalistas, admiten la existencia de un ordenamiento jurídico que nace y se fundamenta en la naturaleza humana: el derecho natural. Características:
- Objetivo: igual que las leyes de la naturaleza.
- Universal: se fundamentan en la naturaleza humana, que es común a todos los miembros de la especie.
- Intemporal: la naturaleza humana no varía en el tiempo.
Una de las necesidades que tienen estas teorías es la de revisar el concepto de naturaleza humana, pues una concepción amplia del ser humano debe tener en cuenta, además de su dimensión natural, su dimensión histórica y social.
Los derechos humanos
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, del 10 de diciembre de 1948, constituye un programa ético-político, que recoge la tradición de los derechos civiles, políticos y sociales desde el Bill of Rights de 1689.
La dignidad nos corresponde y los derechos que tenemos y reconocemos, cuyo respeto es necesario para poder realizarnos de acuerdo con nuestra naturaleza racional y para poder vivir juntos fraternalmente.
El concepto de persona como fundamento de todos los derechos. Como decía Kant, la persona no puede ser tratada como un objeto, como un medio para conseguir un fin, como algo que tiene un precio. La persona es un fin en sí misma y en vez de precio tiene valor y dignidad.
Definición y reglas de la democracia
La democracia es el sistema político que se basa en la participación de los ciudadanos en el gobierno y en la organización de la sociedad según criterios de justicia, igualdad y libertad.
Para que haya democracia tienen que darse unas condiciones necesarias:
- Todos los ciudadanos que alcancen la mayoría de edad, sin distinción de raza, religión, condición económica, sexo, etc., deben gozar de los derechos políticos, entre otros, del derecho a expresar con el voto su propia opinión y a elegir a quien la exprese por él.
- El voto de todos los ciudadanos debe tener el mismo peso.
- Todos los ciudadanos que gozan de derechos políticos deben ser libres de votar según su propia opinión.
- Deben ser libres también en el sentido de que deben ser puestos en condiciones de tener alternativas reales.
- Vale el principio de la mayoría.
- Ninguna decisión tomada por la mayoría debe limitar los derechos de la minoría.
Estado de derecho
Todo Estado produce y tiene un conjunto de leyes para regular la vida de sus habitantes. Es decir, todo Estado tiene un derecho, entendido este como sistema normativo jurídico.
Pero no todo Estado es un Estado de derecho, es decir, un Estado sometido a la ley, cuyo poder y actividad se ven controlados por la ley, entendida esta como expresión de la voluntad general. Así, el Estado de derecho se opone al Estado absoluto y totalitario. Características:
- El imperio de la ley: la ley es expresión de la voluntad general, creada por el órgano popular representativo.
- La división de poderes: la creación de las leyes corresponde al poder legislativo, y la aplicación de las leyes al poder ejecutivo y al poder judicial.
- La legalidad de la administración: esta debe actuar según la ley y con suficiente control judicial.
La garantía en el ejercicio y seguridad de los derechos y libertades fundamentales de la persona, entendidos como exigencias éticas que constituyen el elemento esencial del sistema de legitimidad en que se apoya el Estado de derecho.
Democracia social
El sistema liberal del siglo XIX defendía un Estado mínimo, que se abstuviera de intervenir en la vida económica, la cual se debía regir por las leyes del mercado. No obstante, en el siglo XX se fueron asumiendo políticas sociales más equitativas y redistributivas para mitigar las desigualdades económicas y sociales existentes entre los ciudadanos. El Estado se convierte también en árbitro y mediador de los conflictos sociales. Un Estado que asume como propias este tipo de políticas sociales recibe el nombre de Estado social o Estado del bienestar. La reivindicación de este tipo de Estado comenzó en las luchas obreras del siglo XIX. El Estado social institucionaliza la consecución y defensa de los derechos sociales de los ciudadanos. Entre sus políticas destacan:
- Proporciona a los ciudadanos prestaciones económicas en circunstancias concretas, como desempleo, enfermedad, jubilación, pobreza…
- Asume la prestación de servicios generales gratuitos, como la educación obligatoria y la sanidad.
- Políticas de ayuda para acceder a la vivienda, el transporte…
¿Qué hace que una pregunta sea filosófica?
No toda pregunta es de carácter filosófico. Características:
- Son radicales: cuestionan las cosas en su raíz, sin quedar en las meras apariencias.
- Cuestionan lo evidente, con una actitud de desconfianza ante lo obvio. También cuestionan y someten a crítica las opiniones dominantes en cada momento.
- Buscan razones. Las respuestas a una pregunta filosófica tienen que ser razonables, es decir, tienen que basarse en razones y, por lo tanto, ser susceptibles de ser discutidas y criticadas en procesos de argumentación racional.
- Son universales. No se restringen a campos o aspectos concretos de la realidad, como las preguntas de ciencias.
- Son abiertas. Una pregunta filosófica nunca se puede contestar de un modo definitivo. No hay límite en el cuestionamiento filosófico.
- Buscan respuestas que se han de dar en procesos de diálogo, el cual es necesario para pensar mejor y problematizar nuestra experiencia.
- Surgen de la necesidad que los seres humanos tenemos de dar sentido a nuestra experiencia.
¿Qué preguntamos cuando preguntamos por el sentido?
La palabra sentido está tomada del ámbito del lenguaje. Así, se dice de un enunciado o de una palabra que tiene o no tiene sentido o que lo desconocemos. Se relaciona estrechamente con significado y, con frecuencia, se utiliza indistintamente. Distintos usos:
- Comprensión, significado: al preguntar por el sentido estamos buscando las causas o razones que nos hagan comprensible un hecho.
- Conexión: la búsqueda del sentido de nuestra vida nos lleva con frecuencia a construir un relato capaz de “relacionar”, de conectar, los distintos aspectos y elementos de nuestra experiencia.
- Finalidad, dirección: cuando decimos algo, lo hacemos por una razón, con una finalidad. El conocimiento de las intenciones del hablante nos ayuda en muchas situaciones a entender el significado de lo que dice. Lo que hacemos carece de sentido si no sabemos para qué lo hacemos.
- Valor: hay palabras que pierden su valor o se cambian las circunstancias que hacían que el significado de esas palabras fuera reconocido como valioso. Esto ocurre con las grandes palabras: amor, libertad, virtud, sacrificio… En muchas ocasiones, al preguntarnos por el sentido de la vida, nos estamos preguntando por su valor.
Materialismo
Los primeros filósofos observaron las cosas que los rodeaban y se preguntaron si existía algún principio del cual proceden y al cual vuelven. Por debajo de la pluralidad de las cosas, ¿existe una naturaleza común a todas las cosas? Tales pensó que el principio de todo era el agua; Anaxímenes, el aire; Heráclito, el fuego; Empédocles, los cuatro elementos; Demócrito, unas pequeñas partículas invisibles, los átomos.
Todos consideraban que el sustrato último de la realidad tenía que ser material. El materialismo defiende que la materia constituye la única realidad y que a partir de ella y debido a las leyes naturales, se explica todo lo demás: la vida, el comportamiento, las ideas. Siguiendo las propuestas de Marx y Engels, el materialismo dialéctico considera que la materia es el sustrato de toda realidad, tanto física como abstracta. Pero se trata de una materia en la que todos los elementos están interrelacionados entre sí y en continuo desarrollo y evolución.
Idealismo
Platón piensa que las cosas que vemos con los sentidos están sometidas al cambio y a la multiplicidad; por lo tanto, no constituyen el verdadero mundo. La auténtica realidad debe ser inmutable, eterna (existe desde siempre), inmaterial y universal. Platón diría que la auténtica realidad no la constituye el mundo que percibimos por los sentidos, sino un mundo ideal, el mundo de las Ideas. Las Ideas constituyen la esencia (lo que son) de las cosas sensibles, las cuales son lo que son en la medida en que participan de las Ideas. Y el orden que hay en el mundo sensible proviene de una especie de Dios ordenador (demiurgo) que lo ordena todo con las Ideas como modelo.
Las teorías idealistas, a diferencia de las materialistas, explican la realidad desde las ideas, atribuyendo a estas una primacía en el orden del ser o en el orden del conocer con respecto a los seres materiales. Hegel representa el idealismo absoluto. Según él, la verdadera realidad es la Idea, el Espíritu, el pensamiento creador de la razón.
¿El ser es? ¿Y la nada?
Parménides: “ser y no ser”. Todo lo que hay existe desde siempre y nada ha surgido de la nada.
Ya vimos que todas las cosas tienen en común que son; así, decimos que el ser es lo que tienen en común. Parménides dice que solo hay dos tipos de conocimiento:
- El que nos proporcionan los sentidos, por medio del cual llegamos a tener un conocimiento de los aspectos observables y aparentes de las cosas.
- El conocimiento universal, que va más allá del conocimiento sensible, un conocimiento intelectual. Para Parménides, solo este es auténtico.
Ahora bien, el objeto del conocimiento verdadero no pueden ser las cosas que captamos por los sentidos, ya que son múltiples y cambian constantemente. El conocimiento solo puede ser adquirido de aquello inmóvil e imperecedero. No de los seres, sino del ser. Según Parménides, la nada ni es ni puede ser pensada. El cambio y la pluralidad son aparentes, no pueden ser objetos de conocimiento. Solo el ser es, lo demás es apariencia y solo es posible el conocimiento verdadero a partir del ser.
¿Hay distintos modos de ser?
Para responder a esta pregunta, Aristóteles introduce estas distinciones:
- Substancia/accidentes: el ser se dice propiamente de la sustancia, es decir, de un individuo particular en concreto. Solo la sustancia puede ser el sujeto del que se predican propiedades. Un atributo de alguien que no es una sustancia, sino que reside en una sustancia, se llama accidente. La sustancia existe en sí, pero los accidentes son en una sustancia.
- Materia/forma: Aristóteles piensa que las sustancias materiales están compuestas de materia y forma. Si preguntamos qué es Sócrates, la respuesta es que es un ser humano. Pues bien, “ser humano” es la forma, lo que determina que Sócrates sea eso y no otra cosa. Pero las formas no existen fuera de la sustancia.
- Potencia/acto: Aristóteles distingue entre el ser (y el no ser) en potencia (lo que puede llegar a ser) y el ser (y el no ser) en acto.
En lo que se refiere al cambio, Aristóteles distingue también dos tipos:
- Cambio accidental: cuando cambian los accidentes y permanece la sustancia.
- Cambio substancial: cuando una sustancia deja de ser lo que es y se convierte en otra cosa.
El dualismo de Descartes (Res infinita - Dios / Res cogitans - Cógito - pensamiento / Res extensa - extensión - cuerpo)
Descartes admite, al igual que Aristóteles, la existencia de dos tipos de sustancias finitas: la extensa y la pensante. La sustancia infinita es aquella que existe de tal modo que no necesita de nada más que de Dios para existir:
- La existencia de nuestro cuerpo: no es una verdad evidente, pues podemos estar soñando o siendo engañados por un demonio maligno. Pero hay algo de lo que no puedo dudar: de que estoy dudando, de que estoy pensando, y si pienso, entonces existo.
- La existencia de Dios garantiza que mis ideas y percepciones corresponden a un mundo exterior formado por objetos materiales: la sustancia extensa. Para Descartes, el ser humano es un compuesto de cuerpo (sustancia extensa) y alma (sustancia pensante). El cuerpo, al ser materia…