Técnicas de Mediación y Aspectos Legales en el Proceso Penal
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Módulo 8: Técnicas de Mediación
Técnicas de Comunicación
- Escucha Activa: Garantizar que la persona que habla se sienta atendida por el mediador, asegurándose de comprender lo que se quiere decir.
- Parafraseo: Repetir lo que la persona dice con otras palabras, buscando objetivizar el relato emotivo.
- Preguntas: Sirven para crear una relación entre el mediador y los participantes, aclarar dudas y comprender mejor el conflicto.
- Preguntas Cerradas: Confirman información específica. Ejemplo: ¿Es usted casado?
- Preguntas Abiertas: Obtienen mayor información. Ejemplo: ¿Qué sucedió?, ¿Cuándo?, Cuéntenos cómo sucedió.
- Preguntas Circulares: Generan reflexión, cuestionamientos y reconocimiento del otro. Ejemplo: ¿Cómo cree usted que se ha sentido la otra parte este mes?
- Reformulación: Replantear los diferentes argumentos ofrecidos por uno o ambos mediados.
- Recontextualización: Enfocarse en el contexto que califica los hechos. Si cambia el contexto, varía el significado de los hechos.
- Legitimación: Herramienta fundamental del modelo circular narrativo. El contexto de mediación debe superar un contexto de adversidad.
- Elocuencia: Proviene de la raíz latina loqu o loc que significa "hablar".
- M.A.A.N (Mejor Alternativa al Acuerdo Negociado): Elección que tiene cada uno de los mediados fuera del proceso de mediación.
- Opciones: Ideas que surgen durante la mediación para contribuir a la solución del conflicto.
- Lluvia de Ideas: Libertad para expresar ideas o propuestas sin juicios ni críticas. Interesa la cantidad, no la calidad.
- Discurso: El mediador fija el tono emocional del proceso, identifica a los mediados y aclara las expectativas y el concepto de mediación.
- Finalización de la Sesión: Se explica cómo puede terminar la sesión: con reuniones de seguimiento, con un acuerdo final o sin acuerdo.
- Relato: Versión de cada uno de los mediados. El mediador ayuda si la persona no puede expresarse adecuadamente.
- Posiciones, Intereses, Necesidades: El mediador formula una hipótesis sobre el conflicto al escuchar los relatos.
- Agente de la Realidad: Ayuda a los mediados a ver el conflicto objetivamente para que tomen decisiones. Mantiene el equilibrio de la comunicación.
- Tipos de Sesiones:
- Sesiones Conjuntas: Se identifican las posiciones, intereses y necesidades de cada parte.
- Sesiones Privadas o Caucus: El mediador aclara temas con los mediados individualmente, o bien, tranquiliza y modera las emociones.
Módulo 9: Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos
- Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos: Diseña, planifica, promueve, gestiona, coordina, implementa, ejecuta, atiende, monitorea y evalúa mecanismos para la resolución alternativa de conflictos.
- Beneficios de la Mediación:
- Descongestionamiento de órganos judiciales.
- Facilita el acceso a la justicia.
- Resolución fácil y rápida.
- Servicio gratuito.
- Confidencialidad.
- Acuerdo en Mediación: Se redacta el acta, se imprimen los originales para cada mediado y el original se adjunta al expediente.
- Incomparecencia a la Sesión: Se puede reprogramar hasta tres veces o cerrar el caso por incomparecencia, indicando quién no asistió.
- Mediados sin Acuerdo: Se constata la presencia de los mediados y se archiva el expediente.
- Revisión de Cumplimiento de Acuerdo: El mediador, a petición de cualquier mediado, puede establecer una sesión de seguimiento.
- Contenido del Expediente:
- Hoja de registro del caso del Programa Integrado de Mediación firmada por el solicitante.
- Invitación: Identificación del centro, número de expediente, lugar, fecha, nombre y dirección del invitado.
- Copia de documentos de identificación de los participantes y carné del abogado.
- Copia de documentos de representación legal, si aplica.
- Convenio de confidencialidad firmado por todos los participantes y abogados o acompañantes.
Módulo 10: Mediación en el Derecho Penal
Clasificación Legal de la Acción Penal
Acción Penal: El Ministerio Público ejerce la acción penal, clasificada en:
- Delitos de Acción Pública
- Delitos de Acción Pública Dependientes de Instancia Particular
- Delitos de Acción Privada (Código Procesal Penal, 1992)
Acción Penal | Procedencia | Delitos | Legislación |
---|---|---|---|
Acción Penal Pública (No Mediables) | Perseguidos de oficio por el Ministerio Público. | Todos los delitos, excepto:
| 24 bis CPP |
Acción Penal Pública Dependiente de Instancia Particular (Mediables) | Dependen de instancia particular para su persecución. |
| 24 ter CPP |
- Mediación Penal: Renuncia del Estado a la persecución penal para algunos delitos. No todos los delitos son mediables.
- Centros de Mediación del Organismo Judicial: Sistema de Resolución Alternativa de Conflictos y Centros de Conciliación y Mediación.
- Diligencias de Mediación en Derecho Penal: Se pueden practicar diligencias de mediación a solicitud del Ministerio Público.
- Principio de Legalidad: En mediación penal, a diferencia de otras áreas, no se puede negociar cualquier aspecto. Los funcionarios públicos solo pueden actuar según la ley.
- Principio de Legalidad de la Función Pública: Establece que la mediación penal no puede ser libre o arbitraria.
- Principio de Oportunidad: Corresponde al jefe del Ministerio Público. El Estado puede ejercer o renunciar a la persecución penal para delitos mediables.
Módulo 11: La Víctima en el Proceso Penal
- La Víctima en el Proceso Penal: Sujeto que sufre el daño por el delito. Tiene un rol importante y se le reconoce como titular de derechos.
- Víctima, Agraviado, Querellante Adhesivo: Persona que sufre el daño y puede ejercer sus derechos.
- Derechos de la Víctima o Agraviado:
- Ser informado sobre sus derechos y el procedimiento legal.
- Recibir asistencia médica y psicosocial.
- Que el Ministerio Público escuche su opinión.
- Recibir protección si su integridad física está en peligro.
- Clases de Querellante:
- Querellante Adhesivo: Víctima, ofendido o cualquier ciudadano que presenta una querella.
- Querellante Exclusivo: Ejercita la acción penal en delitos de acción privada.
Módulo 12: Finales del Proceso Penal y la Mediación
- Finales del Proceso Penal: Averiguación del hecho delictivo y las circunstancias en que se cometió.
- La Mediación como Subproceso:
- Se enmarca dentro del sistema penal.
- Los protagonistas son las personas, no sus abogados.
- Permite la participación de la víctima más allá de ser testigo o acusación.
- Las partes se expresan, son escuchadas y se comunican.
- Puede tener efectos beneficiosos y reducir la reincidencia.
- Delitos No Mediables: Delitos de la Ley contra el Femicidio, Ley contra la Narcoactividad y casos que involucren:
- Derechos de menores de edad.
- Personas con perturbaciones mentales.
- Problemas de alcoholismo y drogadicción.
- Violencia intrafamiliar.
- Violencia contra la mujer o el hombre.
- Mediación y Justicia Restaurativa: Movimiento social que busca la reparación del daño a la víctima y la reintegración del ofensor a la comunidad.
- Mediación y Presunción de Inocencia: Participar en mediación no implica reconocimiento de culpabilidad por parte del presunto autor.