Técnicas de Mediación y Aspectos Legales en el Proceso Penal

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Módulo 8: Técnicas de Mediación

Técnicas de Comunicación

  1. Escucha Activa: Garantizar que la persona que habla se sienta atendida por el mediador, asegurándose de comprender lo que se quiere decir.
  2. Parafraseo: Repetir lo que la persona dice con otras palabras, buscando objetivizar el relato emotivo.
  3. Preguntas: Sirven para crear una relación entre el mediador y los participantes, aclarar dudas y comprender mejor el conflicto.
    • Preguntas Cerradas: Confirman información específica. Ejemplo: ¿Es usted casado?
    • Preguntas Abiertas: Obtienen mayor información. Ejemplo: ¿Qué sucedió?, ¿Cuándo?, Cuéntenos cómo sucedió.
    • Preguntas Circulares: Generan reflexión, cuestionamientos y reconocimiento del otro. Ejemplo: ¿Cómo cree usted que se ha sentido la otra parte este mes?
  4. Reformulación: Replantear los diferentes argumentos ofrecidos por uno o ambos mediados.
  5. Recontextualización: Enfocarse en el contexto que califica los hechos. Si cambia el contexto, varía el significado de los hechos.
  6. Legitimación: Herramienta fundamental del modelo circular narrativo. El contexto de mediación debe superar un contexto de adversidad.
  7. Elocuencia: Proviene de la raíz latina loqu o loc que significa "hablar".
  8. M.A.A.N (Mejor Alternativa al Acuerdo Negociado): Elección que tiene cada uno de los mediados fuera del proceso de mediación.
  9. Opciones: Ideas que surgen durante la mediación para contribuir a la solución del conflicto.
  10. Lluvia de Ideas: Libertad para expresar ideas o propuestas sin juicios ni críticas. Interesa la cantidad, no la calidad.
  11. Discurso: El mediador fija el tono emocional del proceso, identifica a los mediados y aclara las expectativas y el concepto de mediación.
  12. Finalización de la Sesión: Se explica cómo puede terminar la sesión: con reuniones de seguimiento, con un acuerdo final o sin acuerdo.
  13. Relato: Versión de cada uno de los mediados. El mediador ayuda si la persona no puede expresarse adecuadamente.
  14. Posiciones, Intereses, Necesidades: El mediador formula una hipótesis sobre el conflicto al escuchar los relatos.
  15. Agente de la Realidad: Ayuda a los mediados a ver el conflicto objetivamente para que tomen decisiones. Mantiene el equilibrio de la comunicación.
  16. Tipos de Sesiones:
    • Sesiones Conjuntas: Se identifican las posiciones, intereses y necesidades de cada parte.
    • Sesiones Privadas o Caucus: El mediador aclara temas con los mediados individualmente, o bien, tranquiliza y modera las emociones.

Módulo 9: Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos

  1. Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos: Diseña, planifica, promueve, gestiona, coordina, implementa, ejecuta, atiende, monitorea y evalúa mecanismos para la resolución alternativa de conflictos.
  2. Beneficios de la Mediación:
    1. Descongestionamiento de órganos judiciales.
    2. Facilita el acceso a la justicia.
    3. Resolución fácil y rápida.
    4. Servicio gratuito.
    5. Confidencialidad.
  3. Acuerdo en Mediación: Se redacta el acta, se imprimen los originales para cada mediado y el original se adjunta al expediente.
  4. Incomparecencia a la Sesión: Se puede reprogramar hasta tres veces o cerrar el caso por incomparecencia, indicando quién no asistió.
  5. Mediados sin Acuerdo: Se constata la presencia de los mediados y se archiva el expediente.
  6. Revisión de Cumplimiento de Acuerdo: El mediador, a petición de cualquier mediado, puede establecer una sesión de seguimiento.
  7. Contenido del Expediente:
    1. Hoja de registro del caso del Programa Integrado de Mediación firmada por el solicitante.
    2. Invitación: Identificación del centro, número de expediente, lugar, fecha, nombre y dirección del invitado.
    3. Copia de documentos de identificación de los participantes y carné del abogado.
    4. Copia de documentos de representación legal, si aplica.
    5. Convenio de confidencialidad firmado por todos los participantes y abogados o acompañantes.

Módulo 10: Mediación en el Derecho Penal

Clasificación Legal de la Acción Penal

Acción Penal: El Ministerio Público ejerce la acción penal, clasificada en:

  • Delitos de Acción Pública
  • Delitos de Acción Pública Dependientes de Instancia Particular
  • Delitos de Acción Privada (Código Procesal Penal, 1992)
Acción PenalProcedenciaDelitosLegislación
Acción Penal Pública (No Mediables)Perseguidos de oficio por el Ministerio Público.Todos los delitos, excepto:
  • Delitos contra la seguridad del tránsito.
  • Delitos con pena de multa.
24 bis CPP
Acción Penal Pública Dependiente de Instancia Particular (Mediables)Dependen de instancia particular para su persecución.
  • Lesiones leves o culposas y contagio venéreo.
  • Negación de asistencia económica e incumplimiento de deberes de asistencia.
24 ter CPP
  1. Mediación Penal: Renuncia del Estado a la persecución penal para algunos delitos. No todos los delitos son mediables.
  2. Centros de Mediación del Organismo Judicial: Sistema de Resolución Alternativa de Conflictos y Centros de Conciliación y Mediación.
  3. Diligencias de Mediación en Derecho Penal: Se pueden practicar diligencias de mediación a solicitud del Ministerio Público.
  4. Principio de Legalidad: En mediación penal, a diferencia de otras áreas, no se puede negociar cualquier aspecto. Los funcionarios públicos solo pueden actuar según la ley.
  5. Principio de Legalidad de la Función Pública: Establece que la mediación penal no puede ser libre o arbitraria.
  6. Principio de Oportunidad: Corresponde al jefe del Ministerio Público. El Estado puede ejercer o renunciar a la persecución penal para delitos mediables.

Módulo 11: La Víctima en el Proceso Penal

  1. La Víctima en el Proceso Penal: Sujeto que sufre el daño por el delito. Tiene un rol importante y se le reconoce como titular de derechos.
  2. Víctima, Agraviado, Querellante Adhesivo: Persona que sufre el daño y puede ejercer sus derechos.
  3. Derechos de la Víctima o Agraviado:
    • Ser informado sobre sus derechos y el procedimiento legal.
    • Recibir asistencia médica y psicosocial.
    • Que el Ministerio Público escuche su opinión.
    • Recibir protección si su integridad física está en peligro.
  4. Clases de Querellante:
    • Querellante Adhesivo: Víctima, ofendido o cualquier ciudadano que presenta una querella.
    • Querellante Exclusivo: Ejercita la acción penal en delitos de acción privada.

Módulo 12: Finales del Proceso Penal y la Mediación

  1. Finales del Proceso Penal: Averiguación del hecho delictivo y las circunstancias en que se cometió.
  2. La Mediación como Subproceso:
    • Se enmarca dentro del sistema penal.
    • Los protagonistas son las personas, no sus abogados.
    • Permite la participación de la víctima más allá de ser testigo o acusación.
    • Las partes se expresan, son escuchadas y se comunican.
    • Puede tener efectos beneficiosos y reducir la reincidencia.
  3. Delitos No Mediables: Delitos de la Ley contra el Femicidio, Ley contra la Narcoactividad y casos que involucren:
    • Derechos de menores de edad.
    • Personas con perturbaciones mentales.
    • Problemas de alcoholismo y drogadicción.
    • Violencia intrafamiliar.
    • Violencia contra la mujer o el hombre.
  4. Mediación y Justicia Restaurativa: Movimiento social que busca la reparación del daño a la víctima y la reintegración del ofensor a la comunidad.
  5. Mediación y Presunción de Inocencia: Participar en mediación no implica reconocimiento de culpabilidad por parte del presunto autor.

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