Sucesiones: Tipos, Herencia, Testamentos y Capacidad para Heredar en México

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO

FACULTAD DE DERECHO

DOCENTE: LIC. FRANCISCO GUERRA MALO

MATERIA: BIENES Y SUCESIONES

SEMESTRE: 4

GRUPO: 1

EXAMEN 3° PARCIAL

NOMBRE: _____________________________________________________

FECHA: _____________________________________

INDICACIONES: LEE CON ATENCIÓN Y CONTESTA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS.

1. ¿A qué se refiere la sucesión mortis causa y cuáles son los elementos de la sucesión?

Son aquellos supuestos en que se produce el cambio o sustitución de uno o más sujetos de una relación jurídica.

Elementos:

  • Personales o Subjetivos
  • Reales u Objetivos
  • Causales

2. Menciona y explica la clasificación del origen de las sucesiones

  • Voluntaria: Surge de una manifestación expresa del causante de su voluntad que es el testamento.
  • Legales: Cuando no se tiene disposición expresa del causante y se atiene a lo expresado en ley.
  • Mixtas: Cuando el testador no dispone de todos sus bienes dejando algunos por vía intestamentaria.
  • Título Universal: Se hereda el conjunto de la masa hereditaria.
  • Título Particular: Se heredan bienes determinados a personas determinadas.

3. ¿Qué es la herencia y por qué causas se difiere?

Es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

Causas:

  • Por voluntad del testador. (Sucesión Testamentaria)
  • Disposición de Ley. (Sucesión Legítima)
  • Herencia de un inmueble conceptuado como vivienda de interés social o popular. (Beneficiarios en el acto de adquisición y a título testamentaria especial).

4. ¿Cuáles son las partes de la sucesión y explica cada una de ellas?

  • Testador: Puede disponer del todo o de parte de sus bienes, la parte de que no disponga quedará regida por los preceptos de la sucesión legítima.
  • Herederos: El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que hereda.
  • Legatarios: El legatario adquiere a título particular y no tiene más cargas que las que expresamente le imponga el testador, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria con los herederos.
  • Albacea: Es una persona designada por el de cujus en testamento encargada de ejecutar su última voluntad, debe velar por el cumplimiento de la última voluntad del autor de la sucesión.
  • Interventor: Es nombrado cuando los herederos no han podido ponerse de acuerdo en la designación del albacea para que se lleve a cabo la sucesión.

5. ¿Qué es el testamento y cuáles son sus características?

Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.

Características:

  • Es un acto iuris civilis.
  • Es un acto intuitu personae, supone la voluntad manifestada por el testador.
  • Es acto formal.
  • Es unilateral.
  • Es un acto mortis causa.
  • Es un acto revocable.

6. En la sucesión testamentaria, ¿cuáles son los tipos de capacidad y quiénes tienen incapacidad para testar y quiénes son incapaces para heredar?

6.1 Capacidad para Testar

  • Capaces: Todos aquellos a quienes la ley no prohíbe expresamente el ejercicio de este derecho.
  • Incapaces:
    • Los menores que no han cumplido dieciséis años de edad
    • Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.

6.2 Capacidad para heredar

  • Capaces: Todos los habitantes del Estado, de cualquier edad tienen capacidad para heredar y no pueden ser privados de ella de un modo absoluto.
  • Incapaces: A ciertas personas y a determinados bienes, pueden perderla por alguna de las causas siguientes:
    • Falta de personalidad
    • Delito
    • Presunción de influencia contraria a la libertad del testador o a la verdad o integridad del testamento
    • Falta de reciprocidad internacional
    • Utilidad pública
    • Renuncia o remoción de algún cargo conferido en el testamento
    • Por incumplimiento injustificado a sus obligaciones de proporcionar alimentos, declarada judicialmente por sentencia firme
    • Por Violencia familiar declarada judicialmente por sentencia firme.

7. Menciona dos casos por las que el testamento es nulo, dos casos por el que puede ser revocable y dos por las que el testamento puede caducar

7.1 Nulidad del Testamento

  • Cuando el testador, bajo la influencia de amenazas contra su persona, bienes o contra la persona o bienes de su cónyuge o parientes.
  • Cuando es captado por dolo o fraude.
  • Cuando el testador no exprese cumplida y claramente su voluntad.
  • Cuando se otorga en contravención a las formas prescritas por la ley.

7.2 Revocación del Testamento

  • La renuncia de la facultad de revocar testamento es nula.
  • El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte.
  • La revocación producirá su efecto, aunque el segundo testamento caduque por la incapacidad o renuncia del heredero o de los legatarios nuevamente nombrados.

7.3 Caducidad del Testamento

  • Relativo a los herederos y legatarios
  • Si el heredero o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que depende la herencia o el legado
  • Si el heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o legado
  • Si renuncia a su derecho

8. ¿A qué se refiere el testamento público abierto y cuál es su procedimiento?

Es el que se otorga ante notario (…)

  • El testador expresará de un modo claro y terminante su voluntad al notario.
  • El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme.
  • Si lo estuviere, firmarán la escritura el testador, el notario y, en su caso, los testigos y el intérprete, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.
  • Cuando el testador no sepa o no pueda firmar el testamento, si fuera sordo, ciego, no sepa leer o cuando el notario lo solicite, dos testigos deberán concurrir al acto de otorgamiento y firmar el testamento.

9. En la sucesión legítima, ¿cuándo se hace la apertura de la herencia y quiénes tienen derecho a heredar?

La herencia legítima se abre:

  1. Cuando no hay testamento o el que se otorgó es nulo o perdió su validez.
  2. Cuando el testador no dispuso de todos los bienes.
  3. Cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero.
  4. Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, si no se ha nombrado substituto.

Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y el concubinario, siempre que haya vivido con el testador durante los tres años inmediatos que precedieron a la muerte de éste. A falta de los anteriores, la Universidad Autónoma de Querétaro y las instituciones de asistencia social, públicas y privadas.

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