Sucesiones: Tipos, Herencia, Testamentos y Capacidad para Heredar en México
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO
FACULTAD DE DERECHO
DOCENTE: LIC. FRANCISCO GUERRA MALO
MATERIA: BIENES Y SUCESIONES
SEMESTRE: 4
GRUPO: 1
EXAMEN 3° PARCIAL
NOMBRE: _____________________________________________________
FECHA: _____________________________________
INDICACIONES: LEE CON ATENCIÓN Y CONTESTA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS.
1. ¿A qué se refiere la sucesión mortis causa y cuáles son los elementos de la sucesión?
Son aquellos supuestos en que se produce el cambio o sustitución de uno o más sujetos de una relación jurídica.
Elementos:
- Personales o Subjetivos
- Reales u Objetivos
- Causales
2. Menciona y explica la clasificación del origen de las sucesiones
- Voluntaria: Surge de una manifestación expresa del causante de su voluntad que es el testamento.
- Legales: Cuando no se tiene disposición expresa del causante y se atiene a lo expresado en ley.
- Mixtas: Cuando el testador no dispone de todos sus bienes dejando algunos por vía intestamentaria.
- Título Universal: Se hereda el conjunto de la masa hereditaria.
- Título Particular: Se heredan bienes determinados a personas determinadas.
3. ¿Qué es la herencia y por qué causas se difiere?
Es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.
Causas:
- Por voluntad del testador. (Sucesión Testamentaria)
- Disposición de Ley. (Sucesión Legítima)
- Herencia de un inmueble conceptuado como vivienda de interés social o popular. (Beneficiarios en el acto de adquisición y a título testamentaria especial).
4. ¿Cuáles son las partes de la sucesión y explica cada una de ellas?
- Testador: Puede disponer del todo o de parte de sus bienes, la parte de que no disponga quedará regida por los preceptos de la sucesión legítima.
- Herederos: El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que hereda.
- Legatarios: El legatario adquiere a título particular y no tiene más cargas que las que expresamente le imponga el testador, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria con los herederos.
- Albacea: Es una persona designada por el de cujus en testamento encargada de ejecutar su última voluntad, debe velar por el cumplimiento de la última voluntad del autor de la sucesión.
- Interventor: Es nombrado cuando los herederos no han podido ponerse de acuerdo en la designación del albacea para que se lleve a cabo la sucesión.
5. ¿Qué es el testamento y cuáles son sus características?
Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
Características:
- Es un acto iuris civilis.
- Es un acto intuitu personae, supone la voluntad manifestada por el testador.
- Es acto formal.
- Es unilateral.
- Es un acto mortis causa.
- Es un acto revocable.
6. En la sucesión testamentaria, ¿cuáles son los tipos de capacidad y quiénes tienen incapacidad para testar y quiénes son incapaces para heredar?
6.1 Capacidad para Testar
- Capaces: Todos aquellos a quienes la ley no prohíbe expresamente el ejercicio de este derecho.
- Incapaces:
- Los menores que no han cumplido dieciséis años de edad
- Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.
6.2 Capacidad para heredar
- Capaces: Todos los habitantes del Estado, de cualquier edad tienen capacidad para heredar y no pueden ser privados de ella de un modo absoluto.
- Incapaces: A ciertas personas y a determinados bienes, pueden perderla por alguna de las causas siguientes:
- Falta de personalidad
- Delito
- Presunción de influencia contraria a la libertad del testador o a la verdad o integridad del testamento
- Falta de reciprocidad internacional
- Utilidad pública
- Renuncia o remoción de algún cargo conferido en el testamento
- Por incumplimiento injustificado a sus obligaciones de proporcionar alimentos, declarada judicialmente por sentencia firme
- Por Violencia familiar declarada judicialmente por sentencia firme.
7. Menciona dos casos por las que el testamento es nulo, dos casos por el que puede ser revocable y dos por las que el testamento puede caducar
7.1 Nulidad del Testamento
- Cuando el testador, bajo la influencia de amenazas contra su persona, bienes o contra la persona o bienes de su cónyuge o parientes.
- Cuando es captado por dolo o fraude.
- Cuando el testador no exprese cumplida y claramente su voluntad.
- Cuando se otorga en contravención a las formas prescritas por la ley.
7.2 Revocación del Testamento
- La renuncia de la facultad de revocar testamento es nula.
- El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte.
- La revocación producirá su efecto, aunque el segundo testamento caduque por la incapacidad o renuncia del heredero o de los legatarios nuevamente nombrados.
7.3 Caducidad del Testamento
- Relativo a los herederos y legatarios
- Si el heredero o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que depende la herencia o el legado
- Si el heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o legado
- Si renuncia a su derecho
8. ¿A qué se refiere el testamento público abierto y cuál es su procedimiento?
Es el que se otorga ante notario (…)
- El testador expresará de un modo claro y terminante su voluntad al notario.
- El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme.
- Si lo estuviere, firmarán la escritura el testador, el notario y, en su caso, los testigos y el intérprete, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.
- Cuando el testador no sepa o no pueda firmar el testamento, si fuera sordo, ciego, no sepa leer o cuando el notario lo solicite, dos testigos deberán concurrir al acto de otorgamiento y firmar el testamento.
9. En la sucesión legítima, ¿cuándo se hace la apertura de la herencia y quiénes tienen derecho a heredar?
La herencia legítima se abre:
- Cuando no hay testamento o el que se otorgó es nulo o perdió su validez.
- Cuando el testador no dispuso de todos los bienes.
- Cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero.
- Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, si no se ha nombrado substituto.
Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y el concubinario, siempre que haya vivido con el testador durante los tres años inmediatos que precedieron a la muerte de éste. A falta de los anteriores, la Universidad Autónoma de Querétaro y las instituciones de asistencia social, públicas y privadas.