Sucesión y Familia en Derecho Romano: Evolución, Figuras y Conceptos Clave
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Herencia
En la época primitiva no era preferente el derecho patrimonial, sino los derechos personales.
Evolución histórica
- Familia communi iure: abrigaba a los agnados, heredaba un pater familias.
- Familia proprio iure dicta: con el surgimiento del Estado, aparece la figura del testamento y heredaba un sui.
Evolución histórica de la hereditas
- Ius Civile: La herencia no era política, sino patrimonial; hereda el próximo agnado.
- Bonorum possessio: amplía el derecho hereditario a los cognados, equipara a los emancipados.
- Legislación imperial: pretendía regular no solo el nombramiento, sino también una portio legitima.
- Derecho justinianeo: las novelas de Justiniano ordenaron por grados el derecho.
Características del sucesor
- El sucesor toma la misma posición jurídica del antecesor.
- El sucesor adquiere el patrimonio en bloque y de modo mediato.
- El sucesor adquiere todos los derechos.
Bonorum Possessio
- Secundum tabulas: con testamento.
- Ab intestato: sin testamento.
- Contra tabulas: contra el testamento.
Acrecimiento
Es la facultad de acrecentar la herencia por la parte que renunció a ella.
Sucesión
- Testamentaria: llama a todos los instituidos al todo.
- Intestada: todos son partícipes de una cantidad sobre la cosa.
Régimen del acrecimiento
- Lo que se adquiere no tiene lugar por título nuevo.
- Es forzoso, se verifica ipso iure.
- Los bienes caducos se destinaban a heredes, legatini, fisco.
Usucapio Pro Herede
Posesión sobre bienes hereditarios, atribuye al poseedor la condición del heredero por usucapión.
Adquisición de la herencia
Se verifica Ipso Iure por derecho objetivo o por acto jurídico.
Deudas en la herencia
- Separatio bonorum: los acreedores piden la división de bienes del difunto y del heredero para cobrarse.
- Satisdatio suspecti heredis: los acreedores sospechan del heredero y exigen una fianza.
- Descuentos de créditos: acuerdos entre el heredero y los acreedores.
- Beneficium inventari: el heredero no tiene responsabilidad ultra vires.
Comunión hereditaria
Cuando varias personas son llamadas a heredar, surge un estado de comunidad.
Colación
Llamamiento pretorio del hijo emancipado a concurrir con los sui.
Sucesión Intestada
Tiene lugar cuando el difunto no otorgó testamento o el otorgado resulta inválido o nulo.
Codicilo
Escritos sin la observancia de todas las formalidades del testamento.
Testamento
Acto solemne y de última voluntad por el que se nombra heredero con carácter patrimonial.
Características del testamento
- Sirve para designar un nuevo jefe.
- Prevalece sobre la sucesión intestada.
- Es un acto unilateral.
- Constituye un deber moral de todo pater.
Formas de testar
- Calatis Comitiis: ante la asamblea del pueblo.
- In Procinctu: en tiempo de guerra, ante el ejército.
- Per aes et libram: por acto de mancipatio en peligro de muerte.
Testamento extraordinario
Con validez independiente de forma y fondo.
Sustituciones
Cuando se instituye a alguien en segundo lugar para el caso de que el primero no llegue a ser heredero.
Sustitución pupilar
Nombramiento de heredero al propio hijo impúber, para el caso de que muera antes de alcanzar la pubertad.
Esclavo
No se reconocía la capacidad por el solo hecho de ser un individuo, sino como una cosa.
Sujeto del derecho
- Capacidad jurídica: aptitud para ser objeto de derechos y obligaciones.
- Capacidad de obrar: idoneidad para realizar actos lícitos.
- Capitis deminutio: la pérdida del estado que se tenía.
- Muerte: es un asunto de importancia por el sentido de derechos hereditarios.
- Status familiae: condición en la que se encuentra un hombre libre y ciudadano con relación a una familia.
Derechos del ciudadano
- Derecho de voto
- Derecho a magistraturas
- Derecho a servir en las legiones
- Derechos de propiedad
Libertos y el patronato
Los libertos no se equiparaban plenamente al que nació libre y, por ello, necesitaban de la cobertura de un patronus.
Extinción de la esclavitud, por decisión de la ley
- La concesión del Estado por su conducta benemérita.
- Los vendidos con condición de ser manumitidos a cierto tiempo.
- La mujer vendida con condición de no ser prostituida.
- El esclavo que de buena fe haya vivido en condición de libertad por 20 años.
Causas de la esclavitud
: 1-por nacimiento, 2-cautividad de guerra, 3- condena penal
La familia romana: Poderes de paterfamilias:
1- poder sobre la mujer, 2- poder sobre los hijos, 3- poder sobre los esclavos, 4- poder sobre los hijos entregados en venta.
Modos de entrar a la familia:
1- nacimiento: modo normal de entrar a la familia romana, procesado en matrimonio romano.
2- acto jurídico: forma no regular en la que se entrega a la familia romana
Adopción/adoptio:
1-Procedimiento: ante el magistrado, pater adoptante que declara la intención de adoptar y padre consiente a la adopción.
2- la edad mínima del adoptante mínimo 18 años
Matrimonio: es una unión entre dos personas de diferente sexo con intención de ser marido y mujer
1- objetivo: la convivencia conyugal,
2- subjetivo: la intención de permanecer
Agnacion: vínculo jurídico que une a los parientes de línea masculina del mismo pater
Cognacion: vínculo de sangre que tiene un trono común sea por la línea masculina y femenina