Seguridad Social en España: Coberturas, Requisitos y Beneficios
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Financiación de la Seguridad Social
La Seguridad Social (S.S) se financia a través de diversas fuentes:
- Ingresos de empresas y trabajadores a través de las cotizaciones.
- Ingresos de los presupuestos generales del Estado para la cobertura de prestaciones no contributivas.
- Ingresos patrimoniales y financieros de los recursos del ente público.
- Cantidades recaudadas por recargos y sanciones.
Modalidades de Financiación
- Contributiva: Se financia con cotizaciones de empresarios y trabajadores, el importe de los recargos y sanciones, rentas e intereses de sus recursos patrimoniales y otros ingresos. Se pueden establecer aportaciones específicas del Estado si fuera necesario.
- No contributiva: Se financia con cargo a los presupuestos generales del Estado.
Prestaciones de la Seguridad Social
La Seguridad Social ofrece una amplia gama de prestaciones, entre las que se incluyen:
- Incapacidad temporal
- Enfermedad y accidente
- Maternidad
- Incapacidad permanente
- Muerte y supervivencia
- Jubilación
- Cargas familiares
- Desempleo
- Prestaciones no contributivas
Asistencia Sanitaria
Consiste en la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos, así como los servicios de recuperación física, prótesis y ortopedia conducentes a conservar y recuperar la salud de las personas incluidas en la S.S.
Requisitos para acceder a la Asistencia Sanitaria
- Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la S.S y en situación de alta.
- Ser pensionista del sistema de la S.S.
- Ser receptor de cualquier prestación periódica de la S.S.
- Haber agotado la prestación o subsidio de desempleo y estar inscrito en la oficina de empleo como demandante.
- Personas de nacionalidad española y nacionales de otros países de la UE.
Incapacidad Temporal (IT)
La IT es la situación en que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar y que precisan asistencia sanitaria por situaciones de enfermedad común o profesional, accidente, laboral o no, y periodos de observación por enfermedad profesional.
Aspectos Importantes de la Prestación por IT
- Periodo de pruebas: Quedará interrumpido si se pacta en el contrato.
- Vacaciones: Se computan como días trabajados.
- Pagas extraordinarias: No se computan a efectos de las gratificaciones extraordinarias.
Situaciones Causantes de la IT
- Enfermedad común o accidente no laboral.
- Accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Periodos de observación por enfermedades profesionales.
Requisitos para ser Beneficiario de la Prestación Económica por IT
- Estar afiliado a la S.S y en situación de alta o asimilada al alta.
- Haber cotizado el tiempo exigido.
Reconocimiento del Derecho y Pago de la Prestación por IT
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua (según lo que tenga concertado la empresa) de accidente de trabajo, cuando la situación derive de una enfermedad común o accidente no laboral.
El INSS o la mutua cuando derive de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Pérdida de la Prestación por IT: Haberla conseguido fraudulentamente. Trabajar por cuenta propia o ajena mientras se percibe. Rechazar o abandonar el tratamiento médico sin causa razonable. |
Duración de la Incapacidad Temporal
La IT tiene una duración máxima de 12 meses, prorrogables a instancia del INSS por otros seis meses.
Partes Médicos de Alta, Confirmación y Baja
- Parte médico de baja: El trabajador debe entregar la copia destinada a la empresa dentro de los 3 días naturales siguientes a su expedición. Y la empresa, en un máximo de 5 días naturales a contar desde su recepción.
- Partes médicos de confirmación de baja: Si la incapacidad deriva de contingencias comunes (al cuarto día) y si la enfermedad deriva de un accidente de trabajo o enfermedad profesional (7 días naturales).
- Parte de alta: El trabajador lo entregará en la empresa en las 24 horas siguientes a su expedición.
Prestación Económica durante el Periodo de IT
En los convenios colectivos se pueden establecer condiciones más favorables para los trabajadores en IT, consistentes en complementos que completen hasta el 100% del salario que el trabajador perciba en activo (mejora voluntaria).
Pago delegado de la prestación por incapacidad temporal
El coste de la prestación por IT puede recaer bien sobre la empresa o bien sobre el INSS o la mutua. Será abonado por la empresa en régimen de pago delegado a través de la nómina y en los mismos periodos que el salario.
Con carácter general, la prestación es abonada por la empresa, excepto cuando esta tenga menos de 10 trabajadores y la incapacidad laboral dure más de 6 meses.
La colaboración obligatoria de la empresa se prolongará mientras subsista la IT, hasta que se extinga la situación por haber transcurrido el plazo máximo de 18 meses.
Maternidad y Adopción
Protege a los trabajadores por cuenta propia o ajena en los casos de maternidad biológica, adopción o acogimiento de menores de 6 años o menores de 18 años discapacitados, o que provengan del extranjero y tengan dificultades de inserción social y familiar.
Requisitos
- Estar afiliado y en alta en la S.S.
Duración
- 16 semanas, que se amplían en 2 semanas por cada hijo a partir del segundo o por discapacidad.
- En caso de parto prematuro con hospitalización prolongada, la baja maternal se puede prolongar hasta 13 semanas más (llegando a un máximo de 29 semanas en total), siempre y cuando el niño siga ingresado.
- Opción de tomar 6 semanas tras el parto y posponer las otras 10 para cuando el prematuro salga del hospital, con un permiso de 2 horas diarias mientras esté ingresado el niño.
Paternidad
Los padres trabajadores por cuenta ajena y autónomos de cualquier régimen de la S.S tienen derecho a disfrutar de un descanso interrumpido en el caso de nacimiento, adopción o acogimiento.
Duración
- 13 días, ampliables en 2 días por cada hijo a partir del segundo.
- 20 días cuando el hijo tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
Requisitos
- Tener cotizados 180 días en los siete años anteriores al nacimiento, adopción o acogida o 360 días en toda la vida laboral.
Periodo de Disfrute
Se extiende desde la finalización del permiso retribuido por nacimiento durante el descanso por maternidad.
Cuantía de la Prestación
Es del 100% de la base reguladora (BR) del trabajador.
Los periodos de descanso por maternidad o paternidad pueden disfrutarse a tiempo completo o parcial, previo acuerdo con el empresario. Si se opta por disfrutar el descanso a tiempo parcial se contabiliza el salario con el subsidio que corresponda, también proporcional al descanso que se disfrute.