Requisitos Legales y Éticos para Odontólogos

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Competencias y Responsabilidades del Odontólogo

El ejercicio de la odontología implica una serie de competencias y responsabilidades clave, reguladas por la legislación vigente. Estas incluyen:

  • Actividad Preventiva y Diagnóstico: Realización de actividades preventivas, diagnóstico y tratamiento de anomalías y enfermedades de dientes, boca, maxilar y tejidos anexos.
  • Prescripción de Medicamentos: Prescripción de medicamentos, productos y productos sanitarios correspondientes al ámbito de su ejercicio profesional.

Higienista Dental

El higienista dental desempeña un papel fundamental en la atención bucodental, con las siguientes funciones:

  • Recopilación de datos para uso clínico o epidemiológico.
  • Educación sobre higiene y control dietético.
  • Control de medidas de prevención.
  • Examen de salud bucodental.

Técnico Asistencial

En el ámbito técnico asistencial, se realizan las siguientes tareas:

  • Aplicación de fluoruros.
  • Colocación y retirada de hilos de retracción.
  • Colocación de selladores de fisuras.
  • Pulido de obturaciones.
  • Colocación y retirada de dique.
  • Eliminación de cálculos y detartrajes.

Protésico Dental

El protésico dental colabora en la elaboración de prótesis y aparatos de ortodoncia:

  • Positivado de impresiones.
  • Diseño y elaboración de prótesis y aparatos de ortodoncia.
  • Reparación de prótesis y dispositivos.

Tipos de Ejercicio Profesional

Cuenta Propia

El ejercicio por cuenta propia se caracteriza por:

  • Habitualidad.
  • Carácter personal de los servicios.
  • Realización de actividad económica a título lucrativo.
  • No sujeción a un contrato laboral.
  • Posibilidad de tener trabajadores a su cargo.

Ejercicio por Cuenta Ajena

El ejercicio por cuenta ajena implica:

  • Prestación de servicios a otra entidad.
  • Destino de los frutos del trabajo a la empresa.
  • La empresa fija precios y selecciona la clientela.
  • La empresa emite la factura al cliente.
  • Dependencia de la empresa en cuanto a horario, lugar de trabajo y organización.
  • Retribución fijada por la empresa.
  • La empresa asume el riesgo de la explotación.
  • Voluntariedad en la relación laboral.

Relación Paciente-Dentista

La relación entre paciente y dentista se establece a través de un contrato de prestación de servicios, cuyo objeto es la provisión de servicios odontológicos de diagnóstico, prevención y tratamiento, incluyendo productos sanitarios. Existe también un contrato de arrendamiento de obra entre dentista y protésico, que implica una obligación de hacer y dar, pero no de compraventa.

Intrusismo Profesional

El artículo 403 del Código Penal establece sanciones para quienes ejerzan actos propios de una profesión sin la titulación académica requerida. Los tipos de intrusismo son:

  • Atenuado: Ejercicio de actos propios sin titulación académica.
  • Básico: Sin titulación oficial.
  • Agravado: Sin titulación y atribución pública de la cualidad profesional.
  • Penal: En un local abierto al público.

Requisitos para la Apertura de una Clínica Dental

Para la apertura de una clínica dental, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Área de recepción y sala de espera.
  • Área clínica para diagnóstico y tratamientos.
  • Área de servicios e instalaciones.

Equipamiento

El equipamiento debe incluir:

  • Equipos y mobiliario de las salas de consulta y tratamiento.
  • Equipos de higiene, desinfección y esterilización.
  • Equipos de higiene personal.
  • Equipos para urgencias.
  • Equipos de seguridad e higiene del centro.

Personal

Se requiere:

  • Un responsable de la actividad asistencial.
  • El titular de la clínica.

Secreto Profesional

El secreto profesional es un principio fundamental en la odontología. Existen diferentes tipos:

  • Confiado: Información dada con la obligación de no revelarla.
  • Institucional: Miembros que han tenido acceso a datos.
  • Sacramental: Caracterizado por la confidencialidad.
  • Profesional: Silencio sobre lo conocido en el ejercicio de la profesión.

El secreto profesional puede ser:

  • Absoluto: No violado bajo ninguna circunstancia.
  • Relativo: Con excepciones que generen un grave perjuicio a la sociedad.

Nivel de Prestación

La atención odontológica se presta a:

  • Población general.
  • Personas mayores de 75 años.
  • Personas con discapacidad.
  • Embarazadas.
  • Población infantil.

Responsable de la Actividad Asistencial

Las clínicas y consultas de odontología y estomatología deben estar organizadas y atendidas por un médico estomatólogo u odontólogo con la titulación oficial correspondiente, inscrito en el Colegio Oficial y responsable de la actividad.

Excepciones al Secreto Profesional

Existen excepciones al secreto profesional, como:

  • Por mandato legal.
  • Por motivo disciplinario colegial.
  • Enfermedades de declaración obligatoria.
  • Cuando el dentista se vea injustamente perjudicado.
  • Si el silencio profesional perjudica al paciente.
  • En caso de duda ante situaciones de revelación.
  • Por imperativo legal.

Acto Odontoestomatológico

Los principios del acto odontoestomatológico son:

  • Buscar el bien del enfermo.
  • Consentimiento informado.
  • Actuación basada en evidencia científica.
  • Ajustarse a las normas éticas.
  • Cumplir con los objetivos de la odontología.

Aspectos Legales Relevantes

Algunos aspectos legales importantes incluyen:

  • Titulación necesaria para el ejercicio profesional.
  • Requisitos para la apertura de clínicas.
  • Póliza de responsabilidad civil.
  • Contratación de personal.

Estomatólogo vs. Odontólogo

El estomatólogo puede ejercer como médico y también realizar funciones de odontólogo. Los licenciados en medicina y cirugía pueden realizar actividades de atención primaria, pero no actividades específicas de la especialización médica en estomatología.

Principios del Ejercicio por Cuenta Propia

  • Libertad de elección del odontólogo.
  • Libertad de aceptación por parte del paciente.
  • Libertad de instalación.
  • Libertad de prescripción.

Ejercicio en Sociedades Asistenciales

En las sociedades asistenciales, las relaciones pueden ser laborales (trabajadores por cuenta ajena) o contractuales (trabajadores por cuenta propia).

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