República y Democracia en Chile: Conceptos y Principios Fundamentales

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Conceptos clave: República y Democracia

El artículo 4 de la Constitución chilena señala lo siguiente: Chile es una república democrática. Esta sencilla y breve norma declarativa constitucional tiene enormes y complejas consecuencias políticas, tanto para la organización del Estado y de sus instituciones como para la vida y práctica cotidiana de las personas. Algunas de esas consecuencias las estudiaremos en este capítulo. Pero, primero, es necesario definir los conceptos claves de la declaración: república y democracia.

¿Qué es una República?

El concepto de república tiene una larga tradición en la historia de Occidente, desde la antigüedad clásica grecolatina (especialmente en su aplicación romana), pasando por las repúblicas italianas de fines de la Edad Media hasta su elaboración contemporánea, desarrollada por la Ilustración.

¿Qué es la Democracia?

El concepto de democracia es uno de los más polisémicos (es decir, de muchos significados) que existen en la ciencia política. Desde el punto de vista de su origen etimológico, democracia proviene de las raíces griegas: demos, que quiere decir pueblo, y kratos, que quiere decir poder o autoridad; gobierno en que el pueblo ejerce el poder. La Real Academia Española de la Lengua establece como acepciones de la palabra, las siguientes:

  • Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno.
  • Predominio del pueblo en el gobierno político del Estado.

En estas definiciones se reiteran dos conceptos: pueblo y gobierno, para definir la democracia. Precisamente en ellos reside la polisemia del concepto. El principal problema que se debe despejar para determinar una definición de la democracia es determinar el sentido de la expresión gobierno del pueblo. En primer lugar, es necesario establecer qué es el pueblo. En su versión original, en Atenas, en el siglo V a. de C., el demos era un distrito de ciudadanos, a cargo de un funcionario (el demarca) que se encargaba de registrarlos. El pueblo era una minoría ínfima en la totalidad poblacional, ya que solo podían ser ciudadanos los hombres libres, mayores de edad, que hubieran nacido en los límites de la ciudad; quedando excluidos los menores de edad, todas las mujeres, los esclavos y los extranjeros —incluyendo los griegos libres que no hubieran nacido en los límites de la ciudad—. Sin lugar a dudas, esas limitaciones de lo que era considerado pueblo en Atenas hay que situarlo en su contexto histórico, ya que en la evolución política ateniense el 10 % de la población total, que significaban los ciudadanos, era un progreso notable comparado con otros regímenes anteriores en los que gobernaba un solo ciudadano (la Tiranía) o unos pocos (la oligarquía), y que fueron bastante comunes en las ciudades estado griegas.

Principios de nuestra Democracia

Participación Ciudadana

La democracia no existe sin la actividad política, entendiendo esta en su acepción clásica: actividad que se interesa por los asuntos de la ciudad y del Estado.

Pluralismo y Tolerancia

Para que exista una participación sustancial del pueblo se precisa que exista una efectiva libre elección de alternativas.

Las libertades públicas garantizan e institucionalizan el pluralismo: todos pueden disfrutar de sus derechos para reunirse, para exponer sus ideas, para publicarlas o publicitarlas, para informarse, para asociarse, para discutir.

Consenso Fundamental

La existencia de diversas fuerzas políticas y de diversas ideologías puede presentar, en ocasiones, un alto grado de divergencia y una gran intensidad de la lucha política, poniendo en riesgo la estabilidad y existencia del propio régimen democrático.

Características de la Democracia Chilena

Carácter Presidencial

Esta característica deviene de la relación entre el ejecutivo y el legislativo. En la Constitución se establece una primacía del presidente de la República, ya que este cuenta con numerosas facultades políticas (como Jefe de Gobierno), administrativas (como Jefe de Estado) e incluso legislativas (como colegislador).

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