Rentabilidad de los Productos Financieros: Depósitos, Títulos e Indicadores Clave
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Productos Financieros y Rentabilidad
Cuentas Financieras
Depósitos que combinan liquidez con una importante rentabilidad, debido a que los saldos se invierten diariamente en activos financieros muy líquidos, generalmente deuda pública.
Depósitos Indiciados y Estructurados
Son depósitos similares a los plazos fijos, forman parte de los acreedores de la entidad. La disposición está limitada hasta una determinada fecha o vencimiento, y la rentabilidad es variable. Generalmente se exige una cantidad mínima y no suelen ser cancelables ni prorrogables, porque detrás de ellos existen operaciones de ingeniería financiera para cubrir el riesgo financiero de la entidad.
En los depósitos indiciados, la rentabilidad final del depósito está en función de la evolución de determinado índice o cesta de índices. La filosofía de los depósitos estructurados es similar. Ofrecen una rentabilidad final derivada de un mínimo fijo asegurado y una parte variable que depende de cómo evoluciona una determinada empresa o sector en el mercado bursátil.
Otros Depósitos y Títulos
- Certificados de Depósitos a Plazo: Poseen la característica de ser transmisibles mediante endoso sin la intervención de agente mediador. El tipo de interés es algo menor que el de las imposiciones a plazo, pues soportan el coste de los timbres, impuesto necesario para la transmisión, pero que permite obtener liquidez al transmitirlos por endoso. Son acreditaciones con cláusula a la orden: es decir, títulos que se libran a favor de una persona física o jurídica determinada.
- Bonos de Caja y de Tesorería: Son una especie de obligaciones a medio plazo, entre 3 y 5 años, siendo los intereses libres y pudiéndose pagar semestralmente. Ambos tipos son convertibles en acciones. En toda emisión de bonos debe constar al menos el importe nominal, el número de bonos, el importe nominal total emitido, si la emisión es ampliable, si son al portador o no, el plazo de suscripción, el tipo de interés y la fecha de amortización.
- Títulos Hipotecarios: Para la entidad constituyen una refinanciación de sus inversiones. Pueden ser:
- Bonos Hipotecarios: Su emisión está garantizada con bienes concretos y determinados.
- Cédulas Hipotecarias: Su garantía es la totalidad de los bienes raíces de la cartera hipotecaria afecta.
- Participaciones Hipotecarias: Donde la garantía es la cartera de préstamos hipotecarios, pero, a diferencia de las cédulas hipotecarias, la entidad cede todos los derechos y obligaciones al partícipe.
- Pagarés: Son depósitos similares a los plazos fijos, donde los títulos son emitidos al descuento.
- Financiación Subordinada: Consiste en la emisión de títulos cuya característica principal consiste en que, en caso de crisis de la entidad financiera, los suscriptores se encuentran a medio camino entre los acreedores y los accionistas, en el orden de prelación de cobro. El plazo original no es inferior a cinco años y los intereses se retribuyen si la entidad posee beneficios. Para la entidad forman parte de sus recursos propios.
Cálculo de la T.A.E.
Para comparar la rentabilidad financiera de dos productos de ahorro es necesario fijarse en la T.A.E. y no en el tipo de interés nominal. En dos productos con el mismo tipo nominal, resultará más rentable aquel que recupera la inversión y los intereses antes, el que tiene una T.A.E. mayor. La T.A.E. es el tipo de interés, referido al año, que iguala el valor actual de los desembolsos y reintegros de una operación financiera. Suele ser mayor que el tipo nominal.
El Crédito Comercial
La entidad de crédito anticipa al cliente el importe de los efectos comerciales hasta el vencimiento de los mismos, cobrando los intereses de la financiación y las comisiones de gestión que hayan pactado. Los efectos comerciales tienen que estar firmados necesariamente por el librador. Si están firmados por el librado, se dice que están «aceptados», lo que aporta mayores garantías de cobro al banco y las comisiones aplicadas son menores. En el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) se constatan tanto los librados que han aceptado y no han pagado los efectos, como los libradores cuyos clientes no han hecho efectivo sus obligaciones.
Dentro del concepto de descuento comercial pueden distinguirse:
- Descuento comercial, propiamente dicho, donde los efectos descontados respaldan una operación comercial entre proveedor y cliente.
- Descuento de certificaciones, donde se anticipa el importe de un pago mediante la presentación de certificados que los justifican.
- Anticipo de créditos sobre clientes. La entidad anticipa el importe de los créditos que posee el cedente sobre sus clientes.