Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales en Chile
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1. Concepto y Tipos de Remuneraciones
La remuneración es la retribución económica que recibe un trabajador por sus servicios personales prestados a otra persona o empresa.
2. Remuneración de Trabajadores Dependientes
Las remuneraciones contemplan tres componentes principales: los haberes, los descuentos y la remuneración líquida.
2.1. Haberes
Corresponden a las diversas denominaciones de la remuneración y a las asignaciones, todo lo cual se encuentra establecido en el contrato individual o colectivo de trabajo: figuran el sueldo y sobresueldo, las comisiones, participaciones y gratificaciones.
Siguiendo las definiciones del Código del Trabajo:
2.1.1. Sueldo
Es el estipendio fijo, en dinero, pagado por periodos iguales, determinado en el contrato de trabajo, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios.
2.1.2. Sobresueldo
Consiste en la remuneración de horas extraordinarias de trabajo. Se entiende por jornada extraordinaria la que excede del máximo legal.
2.1.3. Comisión
Es el porcentaje sobre el precio de venta o compra, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.
2.1.4. Participación
Es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o solo de una o más secciones o sucursales de la misma.
2.1.5. Gratificación
Corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.
2.2. Descuentos
Los descuentos son retenciones que el empleador efectúa a las remuneraciones de los trabajadores en cumplimiento de disposiciones legales y por mutuos acuerdos. Estos descuentos son previsionales, al pago de impuesto, retención judicial y voluntarios.
2.2.1. Esquema en Tipos de Descuentos
- Descuentos Legales:
- Previsional: Fondo de Pensiones, Seguro de Invalidez, Fondo de Salud.
- Impuesto: Impuesto Único a la Renta.
- Judiciales: Retenciones Judiciales.
- Descuentos Voluntarios:
- Anticipo de sueldos y préstamos.
- Cuotas sindicales, dividendo de vivienda.
- Otros descuentos voluntarios.
2.3. Descuentos Previsionales
Los descuentos o cotizaciones previsionales están dirigidos a la protección social del trabajador y su grupo familiar, mediante aportes al Fondo de Pensiones, al Fondo de Salud y un seguro de supervivencia.
El Fondo de Pensiones está destinado a la acumulación de los aportes mensuales del trabajador con el objeto de que pueda disponer de una pensión de jubilación.
2.4. Descuentos de Impuesto a la Renta
Se cobrará un impuesto a las siguientes rentas: sueldos, sobresueldos, salarios, premios, dietas, gratificaciones, participaciones y cualesquiera otras asimilaciones y asignaciones que aumenten la remuneración pagada por servicios personales, exceptuadas las imposiciones obligatorias que se destinen a la formación de fondos previsionales.
No constituyen renta, entre otras partidas, la asignación familiar, los beneficios previsionales y la indemnización por desahucio y la de retiro hasta un máximo de un mes de remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses.
2.5. Descuentos Judiciales
Corresponden a la retención de una parte de la remuneración ordenada por los tribunales de justicia en cumplimiento de fallos a beneficio de la familia directa del trabajador. Este descuento o retención judicial puede alcanzar hasta el 50% de la remuneración líquida.
2.6. Descuentos Voluntarios
Son aquellos que se efectúan por mutuo acuerdo del empleador y del trabajador o por el expreso consentimiento de este último.
Entre estos descuentos figuran, en primer término, los correspondientes a anticipos de remuneración y de préstamos otorgados; en segundo término están los descuentos por cuotas sindicales, dividendos por adquisición de viviendas y obligaciones con organismos públicos; y, en tercer término, se encuentran los descuentos destinados a otros pagos de cualquier naturaleza, los que no pueden exceder del 15% de la remuneración total del trabajador.
2.7. Remuneración Líquida
Corresponde al total de haberes menos los descuentos, la que, de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, debe pagarse al trabajador por periodos que no excedan de un mes.
3. Proceso de Liquidación y Pago de Remuneraciones
3.1. Etapas del Proceso
- Datos Personales: Estos se encuentran en los contratos individuales o colectivos de trabajo, en fichas, carpetas u hojas de vida laboral. Ejemplo: el nombre, el RUT, etc.
- Novedades del Personal: En la que figuran los antecedentes destinados a actualizar los datos permanentes y otros acerca de nuevos antecedentes del periodo de liquidación. Ejemplos: los retiros, contrataciones, etc.
- Cálculos: Los cálculos que se deben efectuar, teniendo en cuenta los datos permanentes y las novedades del personal. Ejemplos: los haberes, la remuneración afecta a leyes sociales y afecta a impuesto.
- Preparación de la Liquidación: En la que consta el periodo de pago, los conceptos y valores de los haberes, el tipo y monto de los descuentos y el líquido a pagar.
- Registro en el Libro de Remuneraciones: Se procede al registro de las liquidaciones en el libro de remuneraciones, el que es de uso obligatorio para los empleadores y empresas que tienen cinco o más trabajadores.
- Contabilización: Se contabilizan las liquidaciones registradas en el libro auxiliar de remuneraciones mediante asientos de centralización en el libro diario.
- Pagos: Corresponde al pago a los trabajadores de las remuneraciones líquidas determinadas en las liquidaciones individuales.
4. Costo para la Empresa
El costo de las remuneraciones para la empresa está formado por los valores consignados en el contrato individual o colectivo de trabajo más los aportes previsionales por leyes sociales a que están obligados los empleadores y toda otra erogación directa en beneficio del trabajador y su grupo familiar.