Relaciones Laborales: Sindicatos, Negociación Colectiva y Prevención de Riesgos
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Sindicatos: asociación de trabajadores destinada a defender y velar por los intereses y derechos de los trabajadores. Es una organización con autoridad legal para negociar con la gerencia en nombre de los empleados, y para velar por el cumplimiento de la normativa laboral. La libertad sindical es uno de los derechos básicos del trabajador.
Delegados de personal y Comité de empresa: Es el mismo organismo. El delegado de personal es para aquella empresa que tiene entre 10 y 50 trabajadores. El comité de empresa (órgano colegiado) funciona para empresas con 50 o más trabajadores. En general, son un grupo de personas compuesto por los representantes electos del personal dentro de una empresa para defender sus intereses.
Negociación Colectiva
Es el proceso encaminado a conseguir un acuerdo entre trabajadores y empresarios sobre las condiciones de trabajo tales como salarios, prestaciones sociales, políticas de contratación, de seguridad en el trabajo o cualquier otra que tenga que ver con las condiciones de trabajo.
Convenio Colectivo
Es un contrato negociado y celebrado por representantes de los trabajadores y empresarios para la regulación de las condiciones de trabajo dentro de un área geográfica y un sector determinado.
Conflictos Colectivos
Cuando la empresa y los trabajadores no están de acuerdo, se genera un conflicto colectivo. Los más relevantes son la huelga y el cierre patronal.
Huelga
Cesación del trabajo por un acuerdo colectivo de los trabajadores de una empresa, industria, región o país. Los motivos de una huelga son mejorar las condiciones de trabajo, remuneraciones, deberes o bien razones políticas o sociales. La Constitución Española (1978) reconoce expresamente este derecho en el artículo 28.2
Cierre patronal
Acto por el cual una empresa cancela su actividad temporalmente para presionar a sus empleados, impidiéndoles trabajar (Lock-out). Se puede producir cuando ocurra alguna de las causas siguientes: peligro de violencia o daños graves, ocupación ilegal del centro de trabajo, falta de asistencia o irregularidades que impidan el proceso normal de producción.
Control de personal
Trata de aplicar en la empresa una serie de procedimientos para registrar y controlar al personal que trabaja en la empresa, institución o entidad. Trata de controlar el acceso a las instalaciones, verificar el cumplimiento del horario de los trabajadores en su puesto de trabajo, realizar el seguimiento y verificación del cumplimiento de los permisos retribuidos tales como: bajas por enfermedad, maternidad, excedencias por cuidado de los hijos, incapacidad laboral, etc.
Gestión del conocimiento
Consiste en la gestión de los activos intangibles que generan valor para la organización, teniendo en cuenta que la mayoría de estos intangibles tiene que ver con procesos relacionados con la captación, estructuración y transmisión del conocimiento. Utiliza el aprendizaje y su principal herramienta, y es un concepto dinámico y de flujo. Es un nuevo concepto que abarca varias de las funciones de la empresa, entre ellas, una política de innovación permanente, las funciones del marketing estratégico, la política de recursos humanos, la dirección por objetivos, la calidad total de la empresa y de los productos ofertados, etc. Dentro de los recursos humanos, se deben vigilar los procesos de selección orientados a la gestión del conocimiento, las relaciones laborales, los procesos de formación internos y la gestión de la retribución específica en función de la productividad.
Prevención de riesgos laborales
Entendemos por prevención de riesgos laborales al conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. La Ley 31/95 del 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, señala en su Artículo 2 del Objeto de la ley:
1. La presente Ley tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. A tales efectos, esta Ley establece los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición.
Para el cumplimiento de dichos fines, la presente Ley regula las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas, así como por los empresarios, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas. 2. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en esta Ley y en sus normas reglamentarias tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos.
Esta actividad que gestionan los recursos humanos es una actividad reglada y obligatoria para la empresa de ámbito normativo de la Ley 31/95 del 8 de noviembre.