El Reinado de Isabel II: Regencias, Reformas y Consolidación del Estado Liberal en España

Enviado por ivan y clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 5,55 KB

Las Regencias y el Camino hacia el Liberalismo

La Regencia de María Cristina (1833-1840)

Tras las revueltas en varias ciudades, la Regente María Cristina se vio obligada a aceptar la dimisión de Toreno y a nombrar a Mendizábal Jefe del Gobierno. Con Mendizábal en el poder, se convocaron Cortes para reformar el Estatuto Real, proponiéndose acabar con dos males que padecía España:

  • La guerra carlista
  • La crisis de la Hacienda

Ambos problemas estaban relacionados, ya que para afrontar la guerra civil era preciso reformar la Hacienda. La solución de Mendizábal al problema de la Hacienda tenía dos partes:

  1. La consecución de créditos del exterior
  2. La expropiación de las tierras de la Iglesia, es decir, una desamortización eclesiástica. Según él, con los bienes obtenidos se pagaría la deuda nacional y se obtendrían créditos extranjeros.

La Desamortización no tenía únicamente una razón económica; junto a este intento, los liberales buscaban la adquisición de simpatizantes para su partido. Sin embargo, este intento fracasó porque los beneficiados fueron los que tenían poder económico para comprar las tierras. En 1836, el Motín de la Granja llevó a dar al gobierno de María Cristina un matiz más liberal que el del Estatuto Real, promulgando la Constitución de 1837. Esta, pese a su tendencia progresista, tenía importantes concesiones a los moderados. Caracterizada por su brevedad, lo que la convierte en mucho más escueta que la de Cádiz, tiene como rasgo diferencial el contemplar la existencia de soberanía compartida entre el rey y las Cortes.

La Constitución de 1837 tenía dos cámaras:

  • Congreso de los Diputados, por elección directa y sufragio censitario.
  • Senado, cuyos miembros eran elegidos por el Rey entre ternas propuestas por los electores.

El Rey nombraba a sus ministros, pero estos podían ser objeto de censura por las Cortes, lo que obligaba a la Corona a inclinarse por la mayoría parlamentaria. Se reconocía la soberanía nacional y realizaba una amplia declaración de derechos individuales.

La Regencia de Espartero (1840-1843)

La renuncia de María Cristina creó un problema constitucional, lo que llevó a celebrar elecciones en mayo de 1841 que aprueban la Regencia de Espartero, que es unipersonal. De esta forma, se convirtió en el líder de los progresistas, frente a los moderados. Pero el personalismo de Espartero y su talante militarista le granjearon enemigos y provocaron un levantamiento general encabezado por Narváez, que triunfó en agosto de 1843. Espartero abandonó España refugiándose en Inglaterra.

Finalizada la Regencia de Espartero y ante la falta de alternativas, diputados y senadores votaron en las Cortes del 8 de noviembre de 1843 adelantar la mayoría de edad de Isabel II (13 años). Aprobada tal propuesta, Isabel II pasó a ser reina de España.

El Reinado de Isabel II (1843-1868)

Isabel II juró la Constitución de 1837 y se hizo cargo del gobierno. En 1846 se le impuso un matrimonio por razones de Estado, con su primo Francisco de Asís. Su reinado apenas se diferenciará del período de las regencias: militarismo, bicameralismo y predominio moderado, con algún breve período progresista (el Bienio 1854-1856) y el período indeciso de la Unión Liberal. Sin embargo, se afianzó el constitucionalismo, se normalizaron las relaciones con la Iglesia a través de la firma del Concordato de 1851, y, sobre todo, se logró la unificación administrativa. El juego de los partidos políticos permanecía igual.

Etapas del Reinado de Isabel II

La Década Moderada (1844-1854)

Con el gobierno en manos de los moderados y dirigido por el general Ramón María Narváez, se inicia la Década Moderada. En estos años se hicieron importantes logros:

  1. Creación de la Guardia Civil en 1844 por el duque de Ahumada, un cuerpo de policía rural para la defensa de la propiedad y el orden.
  2. Aprobación de una nueva Ley de Ayuntamientos en 1845 y la reorganización de las Diputaciones Provinciales, que reservaba a la Corona el nombramiento de alcaldes y jefes políticos (gobernadores civiles).
  3. Reforma del sistema fiscal elaborada en 1845. Con esta reforma, los impuestos quedaron clasificados en:
    • Impuestos directos: La contribución territorial sobre las propiedades inmobiliarias urbanas y sobre los rendimientos de las fincas rústicas cultivadas y por actividades industriales y comerciales.
    • Impuestos indirectos: Sobre transmisión de bienes y los consumos, impuesto sobre el consumo de algunos artículos.
  4. Aprobación de la Ley Electoral de 1846. El sufragio restringido era típicamente liberal y existía también en países como Gran Bretaña o Francia.
  5. Configuración de la Administración Central.
  6. Firma del Concordato con la Santa Sede (1851), por el que se normalizaban las relaciones del Estado liberal con la Iglesia Católica, relaciones deterioradas desde las leyes desamortizadoras.

Entradas relacionadas: