Protección Integral del Menor: Prevención y Actuación frente al Maltrato Infantil
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Definición y Factores de Riesgo del Maltrato Infantil
El maltrato infantil se define como cualquier forma de abuso o desatención que afecte a un menor de dieciocho años. Abarca todo tipo de maltrato físico o afectivo, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otra índole que vaya o pueda ir en perjuicio de la salud, el desarrollo o la dignidad del menor o poner en peligro su supervivencia en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.
Factores de riesgo:
- Progenitores/cuidadores: No ejercen como tales por diversos motivos, como falta de recursos emocionales y morales.
- Socioeconómicos y culturales: Deficientes recursos sociales o económicos.
- Relacionados con los menores: No responden a las expectativas de sus padres por su salud, género o conducta.
- Familiares: Estructura familiar disfuncional o dificultades en las relaciones que provocan problemas.
Características de los progenitores que pueden indicar riesgo de maltrato:
- Padres muy jóvenes que todavía no han desarrollado la conciencia moral.
- Posibles víctimas de maltrato en la infancia.
- Trastornos psíquicos y de la personalidad no tratados.
- Discapacidad intelectual que, junto con la falta de información y de pautas, dificultan la crianza del hijo.
- Hijos parentificados, de quienes se espera el cuidado, atención y seguridad de los que fueron privados.
- Desempleo y desesperación por carecer de medios económicos.
- Consumo de alcohol o drogas.
- Actividades delictivas.
Características de los menores que pueden indicar riesgo de maltrato:
- Enfermos crónicos con mucha demanda de cuidados.
- Prematuros con retraso en el desarrollo.
- Discapacidades que avergüenzan a los padres.
- Niños clasificados como rebeldes.
- Género no deseado por los padres.
- Embarazo difícil, no deseado.
- Partos difíciles, prematuros, con dolor o muerte perinatal.
- Menores LGBT+.
Factores familiares, sociales, económicos y culturales:
- Familias socialmente aisladas.
- Estructuras familiares desorganizadas.
- Mala gestión ante la muerte de un familiar.
- Crisis económica.
- Familias que no tienen en cuenta al menor.
- Violencia entre miembros.
- Aceptación de la violencia para lograr objetivos.
- Falta de instrumentos institucionales y de legislación.
- Falta de apoyo social a familias con menores en paro o sin casa.
- Falta de medidas de protección a minorías en situaciones de aislamiento social.
- Viviendas con condiciones infrahumanas.
Causantes y Tipos de Maltrato
Causantes del maltrato:
- Personas: Maltrato intrafamiliar (el más frecuente, donde los menores crecen cerca de su agresor y no dan la voz de alarma) y maltrato extrafamiliar.
- Instituciones: Omisión de ayuda.
- Sociedad: Provoca u ofrece condiciones inadecuadas en su entorno.
Tipos de maltrato:
- Intrauterino.
- Negligencia.
- Explotación laboral.
- Síndrome de Munchausen.
- Psicológico, verbal o emocional.
- Abuso sexual.
- Bullying.
- Ciberacoso.
Indicadores de maltrato: Físicos, comportamentales y familiares.
Falsas Creencias sobre el Maltrato Infantil
- El maltrato infantil es poco frecuente (según la OMS, una cuarta parte de los adultos han sufrido maltrato).
- En una misma familia pueden coexistir la violencia y el afecto.
- Azotes o bofetones puntuales como medio de castigo no son maltrato.
- Gritar o insultar ante una mala conducta no es maltrato.
- Las mujeres no maltratan.
- El maltrato solo ocurre en familias desfavorecidas.
- Todas las víctimas serán maltratadores.
- El abuso sexual solo ocurre en niñas.
- Las familias con malos tratos se ven desorganizadas e infelices.
- Se denuncia cuando el caso es grave.
- La mujer que calla el maltrato es maltratadora.
- Los niños magnifican la situación.
Procedimientos en Centros Educativos: Ley Orgánica 8/2021
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, en su capítulo IV, indica los procedimientos a seguir en los centros educativos:
- Todos los centros educativos elaborarán un plan de convivencia, supervisado por las administraciones educativas.
- Las administraciones educativas y los directores de los centros supervisarán la seguridad en la contratación de personal a través de la aportación de certificados.
- Se promoverá el uso responsable de la tecnología como saber básico en los currículos de la etapa de educación infantil.
Plan de convivencia:
- Actividades para el buen trato y resolución pacífica de conflictos, para alumnos y profesores.
- Códigos de conducta ante situaciones de acoso escolar o cualquier otra situación que afecte a la convivencia en el centro.
- Medidas educativas que fomenten la protección de los derechos de los menores de edad ante cualquier forma de violencia (art. 34).
Protocolo de Actuación ante Situaciones de Violencia
Los protocolos de actuación ante la manifestación de violencia serán redactados por las administraciones educativas y serán de aplicación en todos los centros educativos, independientemente de su titularidad. Cuando cualquier miembro de la comunidad educativa detecte indicios de violencia, se iniciará el protocolo. Dicha coordinación deberá establecerse también en los ámbitos sanitario, de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y judicial.
Existen actuaciones específicas en casos de:
- Discapacidad.
- Problemas graves de neurodesarrollo.
- Problemas de salud mental.
- Edad.
- Prejuicios racistas o por lugar de origen.
- Orientación sexual, identidad o expresión de género.
- Violencia a través de las nuevas tecnologías.
Coordinador de Bienestar y Protección
Todos los centros tendrán un coordinador de bienestar y protección, cuyas funciones son:
- Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigidos a alumnos, profesores y familias.
- Coordinar los casos que requieran intervención por parte de los servicios sociales competentes, debiendo informar a las autoridades correspondientes.
- Identificarse ante la comunidad educativa como referente principal para las comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia.
- Promover medidas que aseguren el máximo bienestar, así como la cultura del buen trato.
- Fomentar métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.
- Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma.
- Fomentar el respeto a los alumnos con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.
- Coordinar con la dirección del centro educativo el plan de convivencia.
Fases del Protocolo de Actuación
Detección: Observar y recopilar información.
Información: Avisar a la dirección del centro, al coordinador de bienestar y protección, y al equipo de orientación. La familia debe ser avisada si el maltrato es extrafamiliar.
Notificación y valoración: Evaluar la urgencia de la situación y realizar notificaciones siguiendo los modelos de fichas de la comunidad autónoma correspondiente.
- Urgente: Avisar a los servicios sanitarios, servicios sociales y fuerzas de seguridad del Estado.
- No urgente: Avisar a los servicios sociales municipales.
Actuación: Coordinación de todos los servicios para crear un plan de actuación.
Seguimiento: Intervención educativa y realización de informes de seguimiento de la situación del alumnado en coordinación con los servicios implicados.
Declaración de los Derechos del Niño y Agenda 2030
Declaración de los Derechos del Niño: Proclamada por la ONU en 1959. La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada el 20 de noviembre de 1989, se convirtió en ley en 1990. El artículo 27 de la Constitución Española de 1978 reconoce el derecho a la educación, y el artículo 39 establece la protección a la infancia y la responsabilidad de la familia. Los poderes públicos aseguran la protección integral de los hijos.
Agenda 2030: En el año 2015, los Estados miembros de la ONU, junto con varias ONG y ciudadanos de todo el mundo, generaron una propuesta para desarrollar 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Estos objetivos buscan alcanzar tres dimensiones del desarrollo sostenible de forma equilibrada: el ámbito económico, social y ambiental. Cada objetivo está compuesto por metas, 169 en total, establecidas para la agenda internacional proyectada hasta el año 2030.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS):
- Fin de la pobreza.
- Hambre cero.
- Salud y bienestar.
- Educación de calidad.
- Igualdad de género.
- Agua limpia y saneamiento.
- Energía asequible y no contaminante.
- Trabajo decente y crecimiento económico.
- Industria, innovación e infraestructura.
- Reducción de las desigualdades.
- Ciudades y comunidades sostenibles.
- Producción y consumo responsables.
- Acción por el clima.
- Vida submarina.
- Vida de ecosistemas terrestres.
- Paz, justicia e instituciones sólidas.
- Alianzas para lograr los objetivos.