Protección y Derechos Laborales: Seguridad Social y Desempleo en España
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La Seguridad Social
Tiene como finalidad garantizar a las personas trabajadoras y a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten.
Regímenes que integran la Seguridad Social
- Régimen General: Españoles o extranjeros que trabajen habitualmente en territorio nacional por cuenta ajena y no estén incluidos en ningún régimen especial.
- Regímenes Especiales: Trabajadores del mar, de la minería del carbón, autónomos, funcionarios públicos civiles y militares, estudiantes y otros grupos que determine el Ministerio de Trabajo.
Gestiones que realiza la Tesorería General
Tesorería General: En ella se unifican todos los recursos financieros. Tiene a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos, los servicios de recaudación y el pago de obligaciones de la Seguridad Social. Entre sus funciones se encuentran:
- Afiliación y alta de los trabajadores y autónomos.
- Solicitud del código de cuenta de cotización.
- Baja de la empresa.
- Variación de datos de la empresa y trabajadores.
Incapacidad Permanente
Definición: Es la situación en que se encuentra una persona que, después de haber sido dada de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad para el trabajo.
Grados de incapacidad
- Incapacidad permanente parcial: Para la profesión habitual. Es la que produce al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma.
- Incapacidad permanente total: Para la profesión habitual. Inhabilita al trabajador para la realización de las tareas fundamentales de su profesión, siempre que pueda dedicarse a otras distintas.
- Incapacidad permanente absoluta: Impide al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio.
- Gran invalidez: Situación en la que se halla un trabajador afectado por incapacidad absoluta y que necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.
Cobertura del Desempleo
- Nivel contributivo, prestación por desempleo: Tiene como objeto proporcionar prestaciones a las personas que se encuentran en situación de paro o de reducción de jornada. Para disfrutar de esta prestación es necesario un periodo mínimo de ocupación y cotización a la Seguridad Social.
- Nivel asistencial, subsidio por desempleo: Se concede a quienes, en situaciones de paro, carecen de rentas superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. No pueden percibir el subsidio por desempleo las personas que buscan su primer empleo y, por tanto, no han cotizado nunca a la Seguridad Social.
Suspensión del Derecho a la Prestación por Desempleo
Durante un mes cuando el titular del derecho:
- No comparezca, previo requerimiento, ante la entidad gestora.
- No renueve la demanda de empleo en la forma y fechas que se determinen.
- No devuelva en plazo, al SEPE, el justificante de haber comparecido en el lugar y fechas indicadas para cubrir las ofertas que le hayan facilitado.
Cuando el titular del derecho cumpla una condena que implique privación de libertad.
Inscripción de los Trabajadores Autónomos
¿Quién, dónde y cuándo?
- Quién: Los empresarios individuales y las comunidades de bienes, y opcional para trabajadores de cooperativas.
- Cuándo: La afiliación y el alta se llevará a cabo dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad.
- Dónde: En las agencias de la Seguridad Social.
Definición y Obligaciones de la Afiliación
Los empresarios están obligados a inscribir en el sistema de la Seguridad Social a todos los trabajadores que contraten. La afiliación de los trabajadores es obligatoria para todo el personal dentro del campo de aplicación de la Seguridad Social y única para toda la vida de los trabajadores, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a su afiliación.
¿Quién, cuándo y dónde se realizan las altas?
- Quién: El empresario o, en su defecto, los trabajadores o la Inspección de Trabajo.
- Cuándo: Con anterioridad a la iniciación de la relación laboral.
- Dónde: En las direcciones provinciales de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que corresponda.
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Los empresarios, mediante oferta de empleo, podrán solicitar los trabajadores que precisen a cualquier oficina de empleo, preferentemente a la que corresponda al domicilio de la empresa o del centro principal de trabajo. La oficina de empleo, una vez estudiada la solicitud de la empresa, realizará una selección y enviará a la empresa los trabajadores demandantes de empleo que reúnan las características solicitadas.