Proceso de Formación y Validez de los Tratados Internacionales
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Las Normas Convencionales en el Ordenamiento Internacional
a) Concepto de Tratado Internacional
Acuerdo celebrado por escrito entre Estados u otros sujetos de Derecho Internacional, regido por el Derecho Internacional, que consta en un instrumento único o en dos o más conexos, destinado a producir efectos jurídicos.
b) Elementos Constitutivos
Acuerdo internacional: Manifestación del consentimiento de dos o más sujetos de Derecho Internacional.
Celebrado por escrito: Forma de exteriorizar la voluntad concordante, aunque pueden existir acuerdos verbales.
Instrumento único o conexos: Texto escrito del tratado, que puede constar en un solo documento o en varios relacionados.
Dominación particular: El término tratado es genérico, aplicable a cualquier acuerdo con los elementos definidos.
Entre Estados u otros sujetos de Derecho Internacional: Los Estados son los principales sujetos, con capacidad para celebrar tratados.
Destinado a producir efectos jurídicos: Obliga a las partes a su cumplimiento de buena fe.
Regido por las normas del Derecho Internacional: Debe incluir una cláusula que lo especifique.
c) Clasificación de los Tratados Internacionales
Por la forma: Escritos o verbales.
Por el contenido: Convenios constitutivos de Organizaciones Internacionales.
Por el número de Estados parte: Bilaterales (dos Estados) o multilaterales (más de dos Estados).
El Proceso de Formación de las Normas Convencionales
a) Fases del Proceso de Celebración
Negociación: Representantes de los Estados dialogan para alcanzar un acuerdo.
Adopción del texto: Se fija el contenido del tratado.
Autenticación: Se certifica que el texto es correcto y definitivo.
Manifestación del consentimiento: Los Estados aceptan obligarse por el tratado.
Estados intervinientes: Negociador, tratante y parte.
b) Representación del Estado
Representación expresa: Plenos poderes o plenipotencia.
Representación tácita: Por la práctica o por la función del representante (Jefe de Estado, de Gobierno, Ministro de Asuntos Exteriores).
Negociación, Adopción y Autenticación del Texto
a) Negociación del Tratado
Intercambio de propuestas entre Estados, buscando un acuerdo de buena fe.
b) Adopción del Texto
Expresión del acuerdo sobre el texto, generalmente por consenso o mayoría de dos tercios en conferencias internacionales.
c) Autenticación del Texto
Acto que establece el texto como definitivo, mediante firma, firma ad referéndum o rúbrica.
d) Disposiciones del Sistema Constitucional Español
El Gobierno dirige la negociación, adopción y autenticación de tratados. Las Cortes Generales controlan la política exterior. El Rey no participa directamente en la celebración de tratados.
Enmienda y Modificación de los Tratados
a) Enmienda
Cambio formal en las disposiciones del tratado, requiriendo acuerdo entre las partes.
b) Modificación
Ajuste entre algunas partes del tratado, sin afectar los derechos de las demás.
La Nulidad de los Tratados
a) Nulidad y Anulabilidad
Nulidad: Invalidez desde el inicio.
Anulabilidad: Posibilidad de convalidación.
b) Causas de Nulidad
Coacción, amenaza o uso de la fuerza, violación de normas ius cogens.
c) Causas de Anulabilidad
Violación del Derecho interno, restricción de poderes, error, dolo, corrupción.
d) Consecuencias Jurídicas de la Nulidad
El tratado no produce efectos jurídicos.
La Terminación de los Tratados
a) Causas de Terminación
Voluntad de las partes, celebración de un tratado posterior incompatible, violación grave, imposibilidad de cumplimiento, cambio fundamental de circunstancias, ruptura de relaciones consulares, aparición de una norma ius cogens.
b) Consecuencias Jurídicas de la Terminación
Cese de las obligaciones del tratado.
La Suspensión de la Aplicación de los Tratados
a) Causas de Suspensión
Violación grave, imposibilidad temporal de cumplimiento, cambio fundamental de circunstancias, acuerdo entre las partes.
b) Consecuencias Jurídicas de la Suspensión
Exención temporal del cumplimiento del tratado.
Procedimiento en Casos de Nulidad, Terminación y Suspensión
Notificación a las partes, búsqueda de soluciones pacíficas según el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.