Prevención de Riesgos Laborales: Organización, Gestión y Principios
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Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
El servicio de prevención es el conjunto de medios humanos y materiales designados por la empresa para realizar actividades preventivas.
Funciones del Servicio de Prevención
- Diseño, aplicación y coordinación de los planes de actuación preventiva.
- Realizar la evaluación de los riesgos que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.
- Determinar las prioridades en la adopción de medidas preventivas y vigilar su eficacia.
- Información y formación de los trabajadores.
- Prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia.
- Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados de su trabajo.
Características del Servicio de Prevención
- Será interdisciplinario.
- La formación, número y capacitación de los componentes será suficiente y adecuada.
- Deberá estar acreditado por la actividad laboral competente, así como por la administración sanitaria.
- Se deberá someter a las auditorías externas que se determinen reglamentariamente.
- Los integrantes del servicio de prevención tendrán las garantías establecidas para los representantes de los trabajadores en el Estatuto de los Trabajadores.
Programa de Prevención de Riesgos Laborales
Motivo
Establecer un marco organizativo que desarrolle la acción preventiva.
Objetivos
- Mejorar la eficacia y el control de los riesgos.
- Integrar la prevención en todos los niveles jerárquicos.
- Planificar la prevención optimizando los recursos.
- Desarrollar la acción preventiva de forma continuada.
- Controlar los riesgos.
- Mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores.
- Cumplir con la LPRL sobre el desarrollo de la acción preventiva en la empresa.
Dependencias de una Empresa que Intervienen en la Prevención de Riesgos
- Dirección: Es la responsable de todo lo que se realiza en la empresa y, por tanto, del nivel de prevención.
- Comité de Seguridad y Salud: Formado por representantes de la empresa y trabajadores. Controla y supervisa.
- Servicio de Prevención: Asesora técnicamente a la empresa y trabajadores. Planifica actividades.
- Ingenierías y Mantenimiento: Realizan mejoras técnicas.
- Personal: Mejora de las relaciones humanas y sociales.
Gestión de la Prevención. Parte A
La Gestión de la Prevención
La gestión de la prevención consiste en el conjunto de medidas integradas en la organización de la empresa, en todas sus actividades y niveles, para prevenir daños para la salud antes de que se produzcan. La organización de la prevención es una decisión del empresario de acuerdo con las características y las posibilidades que tiene. La LPRL y el Reglamento de los Servicios de Prevención establecen las modalidades con las cuales se puede organizar la prevención.
Gestión de la Prevención Asumida por el Propio Empresario
El empresario asume la prevención siempre y cuando:
- La empresa tenga menos de 6 trabajadores.
- Que no se trate de una de las actividades peligrosas recogidas en el anexo del Real Decreto sobre los Servicios de Prevención.
- Cuando se encuentre en el centro de manera habitual.
- Cuando tenga la capacidad correspondiente, excepto para la vigilancia de la salud.
Trabajadores Designados
El empresario podrá designar 1 o varios trabajadores para que se encarguen de la actividad preventiva. Los requisitos son:
- Tener la formación adecuada, que dependerá de la complejidad de las funciones asignadas. La formación podrá ser básica, intermedia o superior en función del número de horas lectivas en PRL.
- Disponer del tiempo necesario.
- Tener los medios necesarios.
- Ser suficientes en número.
- Tener acceso a la información y documentación sobre los riesgos y medidas preventivas.
Servicio de Prevención Propio
Este servicio se ha de constituir con el personal propio de la empresa. Se han de dedicar de manera exclusiva y disponer de todos los medios materiales y humanos necesarios para llevar a cabo la actividad preventiva. Se ha de tener al menos 2 de las especialidades preventivas. El empresario está obligado a constituirlo en los siguientes supuestos:
- Cuando la empresa tiene más de 500 trabajadores.
- Si tiene entre 250 y 500 trabajadores, pero realiza algunas de las actividades consideradas peligrosas recogidas en el anexo I del Real Decreto sobre los Servicios de Prevención.
- Cuando la autoridad laboral lo establezca por la peligrosidad de la actividad, salvo que recurran a la modalidad de servicio de prevención externo.
Servicio de Prevención Externo
Este servicio está constituido por entidades especializadas que se dedican a dar soporte y asesoramiento a las empresas en materia de PRL. Han de estar acreditadas por la autoridad laboral. El empresario ha de recurrir a este servicio cuando no lo asume personalmente y cuando la designación de 1 o diversos trabajadores es insuficiente.
Servicio de Prevención Mancomunado
Cuando varias empresas llevan a cabo simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial, pueden constituir un servicio mancomunado que tendrá la consideración de servicio de prevención propio de las empresas que las constituyan.
Gestión de la Prevención. Parte B
Órganos de Representación de los Trabajadores
La LPRL establece el derecho de los trabajadores a participar en cuestiones relacionadas con la seguridad y la salud de la empresa. Nos encontramos con:
- Delegados de Prevención: Representantes de los trabajadores en la empresa con funciones específicas en materia de PRL.
- Comité de Seguridad y Salud: Es el órgano paritario y colegiado de participación y consulta de las actuaciones de la empresa en materia de PRL.
Acción Preventiva
Conjunto de actividades en integración de PRL y decisiones de la empresa, tanto en los procesos técnicos, la organización del trabajo y las condiciones en que se presta, como en la línea jerárquica de la empresa.
Principios de la Acción Preventiva
- Evitar riesgos: Se han de adoptar las medidas necesarias para eliminar los riesgos que se puedan evitar.
- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar: Se han de evaluar los riesgos que no se han podido evitar, para determinar la probabilidad y la gravedad de los daños que se puedan producir.
- Combatir los riesgos en su origen: Se han de tomar medidas que permitan controlar el riesgo cuando surja.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la evolución técnica: Se han de utilizar equipos precisos o sustancias que eviten la aparición de riesgos cuando la evolución técnica lo permita.
- Sustituir los elementos que sean peligrosos por otros que no comporten peligro.
- Planificar la prevención integrando la técnica.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las instrucciones adecuadas a los trabajadores.