Prevención de Riesgos Laborales: Ley 16.744 de Chile
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Prevención de Riesgos Laborales
La prevención de riesgos comprende la detección y control de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales. Antiguamente, los riesgos se relacionaban fundamentalmente con la naturaleza: sismos, tormentas, inundaciones y animales salvajes.
El riesgo es un proceso abstracto y, por lo tanto, difícil de definir. Normalmente, se asocia a sucesos negativos o indeseables o a situaciones que pueden tener un alto potencial de daño. Todas las definiciones de riesgo involucran la noción de daño y de probabilidad de ocurrencia.
- Daño: la consecuencia física o material de una situación que ocasiona el detrimento o la destrucción de los bienes y/o de la integridad individual.
- Probabilidad: la posibilidad, mayor o menor, de que un evento o suceso ocurra.
Ley 16.744 de 1968
Esta ley establece el Seguro Social Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales e incorpora a su administración organismos privados sin fines de lucro como las mutuales de empleadores.
Títulos importantes de la ley:
- Título 3: Establece el Seguro Social Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Título 5: Protección de los trabajadores desde el punto de vista de prestaciones médicas y económicas.
- Título 7: Obliga a las empresas y a los trabajadores a realizar actividades de prevención de accidentes y de enfermedades profesionales.
- Título 8: Obliga al trabajador a participar responsablemente en la conducción de la prevención, a través de los Comités Paritarios.
Principios básicos de la ley:
- Solidaridad: Todos los beneficios se financian con aporte patronal o empresarial.
- Integridad: Los recursos, producto de los aportes de todas las empresas, se destinan al trabajador para prevenir los riesgos ocupacionales y otorgar las prestaciones médicas y económicas, en caso de ocurrir el accidente o enfermedad profesional.
- Universalidad: Protege a todos los trabajadores (Título I), incluso cubre también a los estudiantes, de acuerdo a lo establecido en el decreto 313.
- Unidad: Todos los beneficios que otorga la Ley 16.744 son iguales para todos los trabajadores.
Objetivos de la ley:
- Prevenir los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.
- Otorgar prestaciones médicas para curar o sanar al trabajador y restituirle su capacidad de trabajo.
- Rehabilitar profesionalmente al trabajador accidentado o enfermo profesional.
- Otorgar prestaciones económicas durante el período de incapacidad como compensación de las consecuencias del accidente o enfermedad profesional, incluyendo el caso de muerte.
Personas protegidas por la ley:
- A: Todos los trabajadores por cuenta ajena, cualquiera que sean las labores que ejecuten, sean ellas manuales o intelectuales o cualquiera que sea la naturaleza de la empresa o institución, servicio o persona para quién trabajen; incluso los servicios domésticos y aprendices.
- B: Los funcionarios públicos de la Administración civil del Estado, Municipalidades y de instituciones administrativamente descentralizadas del Estado.
- C: Los estudiantes que deben ejecutar trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el respectivo plantel. También están protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional (Decreto 313).
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
Accidente del trabajo: se define como “toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”.
Enfermedades profesionales: son aquellas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Seguridad Laboral
La seguridad es un valor personal que se adquiere y se aplica, pero que lamentablemente tenemos muy poco desarrollado. Un accidente es todo hecho no deseado, que interrumpe nuestro actuar normal y que tiene como consecuencias:
- Daños a las personas
- Daños a la propiedad
- Pérdidas de tiempo
Acción insegura (hombre):
Es todo lo que hacemos o dejamos de hacer, que da la posibilidad a que ocurra un accidente. Mientras más veces repitamos la acción insegura, mayores son las probabilidades de que se produzca el accidente.
4 factores:
- Falta de conocimientos (no sabe)
- Limitación física o mental (no puede)
- Problemas de motivación (no quiere)
- Presiones emocionales (tensiones)
Condición insegura (ambiente):
Son todas aquellas condiciones físicas peligrosas, que dan la posibilidad a que se produzca un accidente. Mientras más tiempo esté presente la condición, mayor es la posibilidad de que el accidente ocurra.
6 factores:
- Estándares de trabajo muy altos
- Desgaste normal
- Uso anormal o abuso
- Problemas de diseño
- Mala especificación de compra
- Mantención incompleta
Consecuencias de los accidentes:
Producir graves trastornos a las personas, como asimismo causar daños a los recursos materiales (maquinarias, equipos, materia prima) o una pérdida de tiempo en la producción.
Lesiones Eléctricas
La gravedad de la descarga eléctrica está determinada por la cantidad de corriente que circula a través de la víctima. Otros factores son la duración de la circulación de la corriente a través de la víctima y la frecuencia (si se trata de corriente alterna). El peligro de muerte o lesiones puede producirse en las descargas eléctricas como consecuencia de los siguientes efectos de la corriente en el cuerpo:
- Contracción de los músculos pectorales, causando asfixia cuando la exposición es prolongada.
- Parálisis temporal del sistema nervioso.
- Interferencia del ritmo cardíaco normal, con fibrilación ventricular. Las fibras de los músculos del corazón, en lugar de contraerse en forma coordinada, lo hacen separadamente y a tiempos distintos. La circulación de la sangre cesa y sobreviene la muerte.
Accidentes en los que no hay circulación de corriente a través del cuerpo humano:
- Efecto de un arco eléctrico, sea por contacto directo o por radiación.
- Quemaduras por proyección de materiales fundidos.
- Incendios debidos a causas eléctricas.