Preguntas y Respuestas sobre Derecho Notarial y Registral en México

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Derecho Notarial

Criterios del Valor Jurídico de los Documentos Notariales

El valor jurídico de los documentos notariales, como escrituras y actas, se rige por los siguientes criterios:

  • Que no se declaren nulas por sentencia judicial ejecutoriada.
  • Se considerará que hacen prueba plena de su contenido.
  • El notario analizará las formalidades.
  • Las correcciones no hechas en las actas se tomarán como no realizadas.
  • Los protocolos de un documento acreditan su existencia.
  • En caso de diferencia entre palabra y guarismo, prevalecerá lo escrito en palabra.

Causas de Nulidad de Actas y Escrituras

Las actas y escrituras pueden ser declaradas nulas por las siguientes causas:

  1. Sentencia judicial ejecutoriada.
  2. Que el notario no esté en funciones al otorgarlas.
  3. Que se redacten en un idioma distinto al español.
  4. Que no se haya constatado la identidad de los otorgantes.
  5. Que la firma y el sello del notario no estén autorizados.
  6. Que carezcan de los requisitos legales.
  7. Que se autoricen fuera de la demarcación designada del notario.

Procedimientos que Pueden Autenticar y Dar Fe los Notarios

Los notarios pueden autenticar y dar fe de los siguientes procedimientos:

  1. Acreditar la existencia y la dependencia económica de una persona física.
  2. Pérdida y extravío de cosa u objeto.
  3. Recibir información sobre la construcción o mejoras de fincas a petición del propietario.
  4. Hechos, situaciones y abstenciones que guarden personas o cosas.

Procedimiento de Aclaración de Superficie por la Vía Notarial

Cuando una escritura que acredita la propiedad, medidas, colindancias y superficie no sean reales, habrá intervención notarial para rectificarlas.

Arancel Notarial

El arancel notarial es la retribución de los honorarios a los notarios por sus funciones, la cual se establece en proporción a la labor realizada.

Tramitación de Asuntos No Contenciosos

  1. Se podrá tramitar el procedimiento sucesorio cuando se tenga capacidad.
  2. El albacea o heredero presentará el testimonio del testamento, acta de defunción, etc.
  3. Cuando haya conflicto, el notario se abstendrá de conocer del asunto.

Supervisión de Notarios

Los Visitadores de Notarías son los encargados de supervisar a los notarios.

Visitas Notariales

La Dirección General ordena visitas a las notarías mínimo una vez al año, o cuando tenga conocimiento de irregularidades o quejas.

Sanciones a Notarios

  1. Multa.
  2. Amonestación por oficio.
  3. Suspensión temporal.
  4. Cesación de funciones.

Definición de la Dirección General de Notarías

Es una entidad pública que promueve el correcto ejercicio de la función notarial, vigilando el cumplimiento de los principios generales y actos notariales.

Definición del Colegio de Notarios

Es una persona moral, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que impulsa, capacita y mejora la actividad notarial.

Derecho Registral

Definición de Derecho Registral

El Derecho Registral regula y controla los registros públicos, garantizando la seguridad jurídica en los actos del Registro.

Principios del Derecho Registral

  • Legalidad.
  • Legitimación.
  • Publicidad.
  • Fe pública.
  • Inscripción.
  • Consentimiento.
  • Especialidad.

Composición del Registro Público de la Propiedad

  • Director del Registro Público de la Propiedad.
  • Oficiales del Registro Público de la Propiedad.
  • Secretario del Registro Público de la Propiedad.
  • Ejecutivo del Estado.

Organización Territorial del Registro Público de la Propiedad

  • En la capital del estado se encuentra la Dirección del Registro Público de la Propiedad.
  • En cada cabecera municipal hay una oficina del Registro Público de la Propiedad.

Plazo para Realizar una Inscripción

El plazo es de tres días a partir de la recepción del documento para su inscripción.

Dimensiones de los Libros de Registro

Las dimensiones son de 50 cm de largo por 32 cm de ancho.

Características del Registro de Inmuebles

  • Mencionar el bien del que se trate, su ubicación, extensión y linderos.
  • Antecedentes y registro del bien.
  • Los interesados exhibirán el documento original y una copia cotejada bajo la firma del notario que lo autorizó.
  • Cuando el acto se celebre por representantes, deberá acreditarse la existencia de la personalidad para la validez del acto.
  • Expresar la fecha y hora de la boleta de pago de derechos.
  • Todas las inscripciones serán claras, sin abreviaturas, guarismos ni correcciones.
  • Al realizar una inscripción, se pondrá al pie de página del título el número de sección, serie, tomo, volumen, fojas y número de inscripción.

Características Principales de las Diversas Secciones del Registro Público de la Propiedad

Sección 1:

  • Título y dominio de posesión.
  • Enajenación de inmuebles.
  • Resoluciones judiciales o administrativas.
  • Testamentos.
  • Fideicomisos.

Sección 2:

  • Título de dominio y derechos reales de inmuebles.
  • Limitación de dominio.
  • Vencimiento de obligaciones futuras.
  • Patrimonio familiar.
  • Contrato de arrendamiento.
  • Testamentos.
  • Declaración de herederos.

Sección 4:

  • Escrituras que reformen, disuelvan o constituyan sociedades civiles.
  • Estatus de asociaciones y sociedades civiles.
  • Fundaciones de beneficencia.

Objetivo y Características de las Anotaciones Marginales

  • Notas de otorgamiento o cancelación de fianzas.
  • Órdenes definitivas o provisionales en casos de amparo.
  • Inscripciones con relación a una principal.

Procedimiento para Rectificar Inscripciones

  • Se puede rectificar una inscripción por causa de error material o de concepto cuando haya discrepancia.
  • Aplica a inscripciones, cancelaciones o notas marginales.
  • No podrá hacerse la rectificación sin la conformidad del interesado o acuerdo unánime.

Extinción de Inscripciones

  • Cancelación por consentimiento de las partes.
  • Consentimiento del acreedor.
  • Resolución judicial.
  • La cancelación de la inscripción de un embargo, secuestro, intervención de inmuebles o cédula hipotecaria será por mandamiento escrito de la autoridad.

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