Plan Parcial: Desarrollo y Ordenación del Suelo Urbanizable
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Plan Parcial: Instrumento de Ordenación del Suelo Urbanizable
El Plan Parcial es un instrumento de planificación que desarrolla en detalle la ordenación del suelo urbanizable (delimitado, sectorizado o programado), de acuerdo con las determinaciones previas del Plan General y, en su caso, de las Normas complementarias y subsidiarias del planeamiento. No podrán redactarse Planes Parciales sin que previa o simultáneamente, pero en expediente separado, se haya aprobado definitivamente el Plan General o las Normas Subsidiarias que, en ningún caso, podrán ser alterados por el planeamiento de desarrollo.
Contenido del Plan Parcial
Un Plan Parcial debe incluir:
- Delimitación del área de planeamiento a desarrollar.
- Asignación de usos pormenorizados (CALIFICACIÓN) y tipologías edificatorias.
- Señalización de reservas para parques y jardines en proporción adecuada a las necesidades colectivas. La superficie de tales reservas será como mínimo de 18 metros cuadrados por vivienda o por cada 100 metros cuadrados de edificación residencial, sin que pueda ser inferior al 10% de la total.
- Fijación de reservas para centros culturales y docentes, públicos y privados.
- Trazado de redes de abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica y aquellos otros servicios que prevea el Plan.
- Evaluación económica de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización.
- Plan de etapas para la ejecución de la urbanización y, en su caso, de la edificación.
Documentación Necesaria
La documentación de un Plan Parcial debe contener:
- Memoria justificativa de la ordenación y de sus determinaciones. Adecuación de la ordenación a las directrices de planeamiento de rango superior que desarrolle, demostrando su coherencia interna, la correlación entre la información y los objetivos del Plan con la ordenación propuesta, así como las posibilidades de llevar a la práctica sus previsiones dentro de las etapas establecidas para su ejecución.
- Planos de información urbanística.
- Planos de proyecto. Planos de Zonificación (Residencial, terciario o industrial). Planos de Red Viaria, Esquema de las redes de abastecimiento de agua, riego e hidratantes contra incendios, alcantarillado, distribución de energía eléctrica, y alumbrado público.
- Ordenanzas reguladoras. Normas de edificación, etc.
- Plan de etapas.
- Estudio económico financiero.
Fases de Aprobación
Las fases de aprobación de un Plan Parcial son:
- Aprobación inicial por el Alcalde.
- Información pública.
- Aprobación provisional por el Pleno municipal por mayoría simple.
- Aprobación definitiva por el órgano competente autonómico.
- Publicación en el boletín oficial correspondiente del acuerdo de aprobación definitiva.
Objetivo del Plan Parcial
El objetivo principal es la transformación urbanística de suelo rural susceptible de desarrollo urbano a través de actuaciones de transformación urbanística. Por consiguiente, una vez aprobado definitivamente y publicado un plan parcial, entra en juego la ejecución urbanística.
El suelo rural susceptible de desarrollo urbano o suelo urbanizable, con la ordenación pormenorizada de un Plan Parcial, y una vez ejecutado el mismo, adquiere el carácter de suelo urbanizado o urbano consolidado.
Es importante destacar que no pueden aprobarse planes parciales sin que, previa o simultáneamente, pero en expediente separado, se haya aprobado definitivamente y publicado el Plan General o instrumento equivalente, así como el Programa de Actuación Urbanística, Plan de Delimitación o Plan de Sectorización.