El Plan Concertado para el Desarrollo de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales

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4. Aspectos Relevantes de las Leyes de 2ª Generación

  • - Introducción del concepto de **derecho subjetivo**.
  • - Fijan el contenido de los servicios sociales a través de los **catálogos/cartera**.
  • - Se contempla con mayor detalle la **financiación**.
  • - Se mantiene el carácter **mixto público-privado** de los servicios sociales públicos.
  • - Importancia de la **calidad** de los servicios sociales.
  • - Se constata el inicio de nuevas tendencias que deberán confirmarse: necesidad de **seguimiento y evaluación** del desarrollo.

El Plan Concertado para el Desarrollo de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales

¿Qué es?

Un Convenio-Programa que articula la colaboración económica y técnica entre las distintas administraciones para la prestación de Servicios Sociales.

Finalidad

  • • Lograr la colaboración entre la Administración de Estado y las CC.AA con las Entidades Locales en el cumplimiento de las obligaciones (LBRL) que han de llevar a cabo en relación con la prestación de Servicios Sociales.
  • "... financiar conjuntamente una red de atención de Servicios Sociales municipales que permita garantizar unas prestaciones básicas a los ciudadanos en situación de necesidad".

Destinatario del Apoyo Financiero

Las corporaciones locales

¿Cómo?

Mediante Convenios-Programa con las Comunidades Autónomas

Prestaciones Básicas de Servicios Sociales

  • Información y Orientación: (irá dirigida a individuos, grupos e instituciones sobre los derechos que pudieran corresponderles y los recursos sociales existentes, así como asesoramiento especializado sobre problemas sociales y su canalización cuando sea necesario, a los demás servicios sociales existentes)
  • Ayuda a Domicilio: (tiene como objetivo la prestación de una serie de atenciones a los individuos y/o familias en su domicilio, cuando se hallen en situaciones en las que no es posible la realización de sus actividades habituales, o en situaciones de conflicto psicofamiliares para alguno de sus miembros)
  • Prevención e Inserción social: (intervenciones realizadas por equipos profesionales dirigidas a personas y colectivos en situaciones de riesgo o marginación social, con el objeto de prevenir marginaciones sociales y, en su caso, lograr la reinserción familiar y social)
  • Alojamiento y Convivencia: (supone una alternativa para las personas que carecen de ambiente familiar adecuado)
  • (Cooperación Social y Voluntariado)

Equipamientos Básicos

  • Centros de Servicios Sociales: (Equipamientos de carácter comunitario, dotados de los equipos técnicos, incluidas las Unidades Básicas de Trabajo Social o denominación similar, y los medios necesarios que den soporte a las prestaciones básicas enumeradas)
  • Albergues: (Servicios destinados a procurar con carácter temporal, la prestación de alojamiento a transeúntes sin medios económicos y a otras personas marginadas, atendiendo asimismo a su inserción personal y social)
  • Centros de Acogida: (Establecimientos residenciales no permanentes, destinados a acoger, en medida de urgencia, a personas en situación de graves conflictos convivenciales o carentes de medio familiar adecuado, procurando el necesario tratamiento para la normalización de la convivencia)

Mecanismos de Cooperación entre las Administraciones Firmantes del Plan Concertado

  • Compromisos de Gestión: (titularidad local de servicio como garantía de responsabilidad aun cuando la gestión de determinadas atenciones pueda ser contratada o concertada)
  • Compromisos Económicos: (consignación específica en los Presupuestos Generales del Estado, CC.AA aportarán la misma cifra o superior, y las corporaciones locales lo que determine la CC.AA)
  • Compromisos de Información: (necesidad de conocer los resultados de la concertación, disponer de estadísticas de cobertura, demanda y resultados, a través de memorias semestrales y financieras, evaluaciones anuales)
  • Compromisos de Asistencia Técnica: (el plan concertado se configura como un espacio de consenso adecuado para realizar planificaciones y programas de contenido homologable, que permitan valoraciones y evaluaciones comunes de su gestión, resultados y efectos)

Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (Ley 11/2003, 27 de marzo)

Finalidad de los Servicios Sociales

  • • Promoción del **Bienestar Social**
  • • Prevención de las situaciones de **riesgo**
  • • Compensación de los déficits de **apoyo social**, es decir compensar a aquellas personas con carencias en el ámbito de los apoyos sociales.

Todo esto se lleva a cabo centrando el interés en patrones de **vulnerabilidad o dependencia** en cada etapa de la vida.

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