Estado y Poder: Perspectivas de Locke, Rousseau y Formas de Gobierno

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John Locke y la Transición al Estado Civil

Locke no defiende un estado absoluto, pero parte de que todos tienen los mismos derechos. Además, Locke diferencia entre el estado de naturaleza (los hombres viven juntos según la razón) y el estado de guerra (usa la fuerza fuera del ámbito del derecho). El estado de naturaleza se rige por la razón, y este permite saber que todos los humanos son iguales; por ello, un estado natural se fundamenta en una ley moral natural. Así se justifica la existencia de derechos naturales. El hombre tiene como necesidad natural de vivir en sociedad, siendo la primera forma de asociación la familia. La satisfacción de ciertas necesidades humanas es posible si los individuos se organizan socialmente. La sociedad política surge cuando un grupo de personas en estado de naturaleza pasan a constituir un pueblo, bajo un gobierno. “Ningún hombre puede ser apartado de la sociedad o sometido a un poder político sin su consentimiento”. Aceptación del estado civil como fuerza del estado de naturaleza. Locke apuesta por el estado civil, ya que hay menos posibilidades de que se trate de forma tiránica que en un estado de naturaleza. De manera que cuando un individuo pasa a formar parte de una sociedad política queda obligado a aceptar las decisiones tomadas por la mayoría de los miembros.

Jean-Jacques Rousseau y la Desigualdad Social

Rousseau plantea que la miseria y la desigualdad han ido aumentando a lo largo de la historia, y para frenar esa tendencia, se instaura un acuerdo para originar una sociedad más justa. Se diferencia de Hobbes y Locke en que el hombre es bueno por naturaleza, y es la vida social la que crea desigualdad entre los individuos respecto al reparto de las riquezas. Rousseau apuesta por una democracia en la que haya unas leyes que contenten a la voluntad de los individuos, siempre legitimado moralmente. Democracia directa. Rousseau creía que el contrato social era un engaño, ya que este legitimaba el derecho a la propiedad privada. Sin embargo, los únicos propietarios eran los ricos burgueses, que saldrían beneficiados de este pacto.

Formas de Estado

Estado Autoritario

La autoridad es ilimitada, no está sometida a ningún tipo de control, ni reconoce ningún tipo de organismo que pueda ejercer su crítica. Este monopolio de la autoridad se manifiesta en la imposibilidad por parte de los ciudadanos para ejercer alguna actividad política o intervenir en los «asuntos de estado». Tampoco existen órganos judiciales independientes respecto de los órganos de gobierno y de sus intereses y, como consecuencia, el individuo se encuentra totalmente indefenso frente a los abusos del estado.

Se distinguen dos tipos:

  • Estado Absolutista: Forma característica del estado en el inicio de la Edad Moderna. Ejemplos típicos de estos modelos de estados absolutistas serían el reinado de Felipe II en España, Enrique VIII en Inglaterra o Luis XIV en Francia.
  • Estado Totalitario: En este tipo de dictaduras el estado controla todos los ámbitos en los que se desenvuelve el sujeto, llegando a controlar aquellos organismos e instituciones que no son propiamente estatales e incluso, la vida privada de los individuos, llegando a ejercer su control sobre los medios de comunicación, las creencias religiosas y las normas morales, la familia, etc.

Estado de Derecho

La autoridad estatal está sometida al dominio de la ley. El poder político solo puede ejercerse dentro de los límites que impone la ley que afectan tanto a los súbditos como a los gobernantes. El objetivo último es proteger los derechos individuales frente a los abusos de la autoridad.

Rasgos característicos:

  • La existencia de una constitución, entendida esta como la ley máxima que regula y estructura el funcionamiento de un estado de derecho. En la constitución quedan fijadas las normas generales, los órganos y procedimientos para el ejercicio del poder, así como la relación que estos órganos tienen con los individuos y sus derechos. Señala de forma explícita los derechos individuales y colectivos.
  • La división de poderes: Se considera a Montesquieu como al filósofo que introduce esta noción con el objetivo de evitar los abusos que el poder político puede ejercer.
    • Poder Legislativo: Elabora las leyes y controla al poder ejecutivo (Parlamento).
    • Poder Ejecutivo: Aplica las leyes y dirige la administración del estado (Gobierno).
    • Poder Judicial: Aplica las leyes y sanciona su incumplimiento. Vela por la constitucionalidad de las leyes aprobadas por el parlamento (Tribunales).

Estado Social de Derecho

Es la forma típica en la que se presenta el estado en los países democráticos, en la que los ciudadanos pueden participar en la elección de los representantes políticos y, en algunos casos, en la elección de los miembros que representan a los tres poderes en los que se divide el estado, e incluso en la participación directa en la administración del poder, al poder ser electores y elegibles y participar en los tribunales de justicia mediante la constitución de jurados populares.

La constitución de este tipo de estado requiere:

  • El abandono o renuncia de los particulares a la violencia, entendiendo por tales no solo a los individuos, sino también a los grupos, corporaciones o clases sociales.
  • El monopolio de la fuerza por parte del estado y de sus aparatos especializados.
  • La resolución de los conflictos interindividuales, grupales, corporativos o entre clases por la vía civil (la ley).
  • La existencia de límites al ejercicio de la dominación que se hacen explícitos en la ley.

La Legitimación del Estado

La clasificación clásica de las distintas formas de legitimar el poder se debe a Max Weber. Según Max Weber, existen tres formas de legitimación del poder:

  • Tradicional: Se apela a la tradición para legitimar el poder que ciertas familias o dinastías han venido ejerciendo desde siempre. Esta forma de autoridad no se fundamenta en principios racionales, sino que se basa en la creencia del carácter hereditario o divino. Debido a su falta de racionalidad es difícil poder argumentar tanto a su favor como en su contra. Ejemplos de esta forma de legitimación del poder serían las monarquías hereditarias o las formas clásicas de imperios que se han dado en la historia.
  • Carismática: El poder se legitima por el recurso al carisma, esto es, una especie de don que poseen algunas personas que las hace especialmente dotadas para atraer y movilizar a la población. La legitimación carismática se diferencia de la tradicional en que la capacidad se considera personal y no hereditaria. El prestigio que adquieren estas personas no tiene una explicación exclusivamente racional, pues intervienen factores psicológicos y emocionales. Ejemplos de legitimación carismática la podemos ver en el surgimiento de los regímenes fascistas y la aparición de caudillos como Hitler o Franco.
  • Racional-Legal (Burocrática): El poder se legitima por el recurso a la ley. Los procedimientos legales-burocráticos confieren autoridad siempre que la ley esté legitimada a su vez por procedimientos democráticos. El estado posee un poder legitimado porque es fruto de un convenio o acuerdo racionalmente aceptado por los ciudadanos. Esta forma de legitimación sí permite establecer mecanismos de argumentación racional. El ejemplo más claro de legitimación racional del poder lo encontraríamos en las democracias actuales.

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