Obligación instrumental

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 5,98 KB


Ciudadano:


persona comprometida en formar parta de una sociedad, aceptando para ello unas reglas de conducta comunes que hagan posible la convivencia pacifica.

Bien común:

conjunto de intereses generales, tanto comunes como complementarios, que favorecen la convivencia en paz y la prosperidad global de una sociedad.
un derecho es el reconocimiento que nos hace de una cierta capacidad en relación con determinadas acciones; en otras palabras, es la aceptación de que podemos ejercer esa capacidad.

Autoridad:

es la capacidad que tiene ciertas personas e instituciones de reconocer derechos y de obligar a cumplir deberes, dando ordenes si es preciso.

Deber:

obligación moral que tenemos hacia los demás o hacia nosotros mismos y cuyo cumplimiento se realiza por respeto a un derecho  ajeno o propio.

Obligación instrumental:

es la que tenemos  que llevar a cabo si queremos conseguir o evitar algo.

Obligación moral:

es la que hemos de cumplir si queremos respetar efectivamente un derecho de alguien.

Reglas del juego sociales:

son las pautas comúnmente aceptadas que siguen las personas en el curso de su interacción social.

Cauces adecuados:

en relación con el cambio de nuestros derechos y deberes, son los procedimientos que permiten realizar ese cambio de acuerdo con la ley.

Norma:

pauta de pensamiento o de conducta que los integrantes de un grupo social emplean para guiar su acción.

Normas opcionales:

son las no obligatorias. pueden ser seguidas o no por aquellos a quienes afectan.

Normas formales:

las oficialmente establecidas por la autoridad al frente de una institución.

Normas privadas:

las que crean grupos particulares dentro de una sociedad, a los que se pertenece de manera voluntaria.

Una ley:

es una norma publica con carácter general dentro de un país que es obligatorio y esta respaldada por el estado, el cual asume la tarea de hacerla cumplir.

Protestad:

es el poder reconocido que se tiene, en la esfera de las relacciones sociales, para  hacer algo o para obligar a otros a hacer algo.

Poder:

en el mundo social, es la capacidad de obligar a otros a hacer algo, incluso en contra de sus deseos.

Derechos humanos:

los que tiene cualquier ser humano por el hecho de serlo; con  independencia de su lugar de nacimiento y residencia, de su sexo, raza, religión, cultura, nacionalidad o cualquier otra característica diferenciadora.

Especialización del trabajo:

consiste en el empleo de trabajadores distintos en las diversa operaciones necesarias en el proceso de producción de un bien.

Diversidad social:

es la variedad de actividades, actividades, capacidades, formas de vida, ideas constumbres , creencias y actitudes de cada sociedad.

Principio de igualdad de oportunidades:

establece que las posiblidades de mejora que la sociedad pone al alcance de las personas deben depender solo  de capacidad y del merito  de estas.

Prejuicio:

opinión desfavorable que sin estar lo bastante apoyada en hechos, tenemos respecto a ciertas personas o cosas que conocemos mal.

Discriminación:

tratamiento desfavorable que se da a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de origen social, etc.

Igualdad política:

es el derecho de todo ciudadano a participar en los asuntos públicos;por ejemplo, eligiendo a los cargos políticos y pudiendo ser elegido para ellos.

Igualdad de trato:

 es el comportamiento que consiste en tratar a todas las personas como seres esencialmente libres e iguales a nosotros.

Renta:

es la totalidad de los bienes con valor económico que ingresa una persona o un colectivo de personas a lo largo de cierto periodo de tiempo- por ejemplo, un año.

Exclusión social:

falta de acceso de algunos individuos y grupos a ciertas oportunidades y ventajas que se consideran básicas en nuestra sociedad.

Integración social:

participación efectiva de individuos y grupos en las oportunidades y ventajas básicas que ofrece la vida social.

Justicia social:

es una situación ideal en la que todos los miembros de una sociedad se sentirían comprometidos con un pocto común de equilidad, negociado y aceptado por todos.

Justicia distribuida:

es la rama de la justicia que establece como se deben repetir -o distribuir- tanto los bienes producidos por una sociedad como las cargas necesarias para proteger el interés general.

Justicia:

actitud de procurar que cada uno reciba lo que le corresponde, porque uno es suyo o porque lo merece.

Equilidad social:

el reconocimiente de forma equilibrada, y de acuerdo con el principio de reciprocidad, de los derechos y los deberes de cada individuo y de cada grupo en una sociedad.

Derechos sociales:

garantiza a todos los ciudadanos un acceso equitativo a las oportunidades que ofrece la sociedad y unas condiciones de vida dignas.

Redistribución de la renta:

tasvase de rentas, de los sectores sociales mas favorecidos a los menos favorecidos, que se realiza mediante los impuestos.

Estado de bienestar:

conjunto de instituciones publicas, dirigidas por el poder político, que garantiza no solo   la convivencia pacifica, sino también unas condiciones de vida adecuadas para todos los ciudadanos.

Poder político:

es el poder supremo que, en una sociedad, decide, de manera obligatoria para todos, lo que debe hacerse y lo que no debe hacerse.

Entradas relacionadas: