Mecanismos de Protección Comercial y Controles Aduaneros en la UE
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Medidas de Defensa Comercial en la UE
La UE tiene que defender comercialmente los productos comunitarios frente a las importaciones originarias de países que pueden exportar mercancías con precios anormalmente reducidos o con usurpación de marca. Las medidas de defensa comercial previstas por las instituciones comunitarias son:
- Derechos antidumping
- Derechos compensatorios
- Mercancías con usurpación de marca y mercancías piratas
Derechos Antidumping
La palabra “dumping” procede del verbo inglés “to dump”, verter, tirar. El dumping se define como la venta de un producto exportado a otro país por debajo del precio normal o de su coste de producción en el mercado interior del país de origen.
Se utiliza para dar salida a las existencias en casos de excesos de producción, para desbancar a otros competidores y también para alcanzar series de producción que por su amplitud permitan la reducción de costes.
El dumping está prohibido por el artículo VI del GATT y por el Tratado Constitutivo de la CE.
Con el fin de evitar que se introduzcan en el mercado comunitario productos a precios excesivamente reducidos por efecto de las prácticas de dumping, la Comunidad aplica derechos suplementarios a la importación de estos productos, o derechos antidumping, que se repercuten sobre el precio de los mismos contrarrestando el efecto del dumping.
Derechos Compensatorios o Antisubvención
En el citado artículo VI del GATT se establece la posibilidad de imponer gravámenes arancelarios adicionales a la importación para las mercancías cuyos precios declarados hayan recibido “subvenciones”, generalmente oficiales para ser exportadas.
La finalidad, el mecanismo y el procedimiento de establecimiento de los derechos compensatorios son muy similares a los descritos sobre los derechos antidumping.
Mercancías con Usurpación de Marca y Mercancías Piratas
La globalización ha propiciado el aumento del comercio de mercancías con usurpación de marca. A fin de paliar el grave efecto que esto produce en el mercado interior, las instituciones comunitarias han ido regulando las condiciones de intervención de las aduanas de los Estados miembros cuando las mercancías presentadas a despacho de importación sean sospechosas de ser productos con usurpación de marca o mercancías piratas.
Controles Paraaduaneros a la Importación y Exportación en la UE
En la mayoría de los casos, la legislación que establece este tipo de medidas se caracteriza por:
- Estar regulada tanto por medidas comunitarias como nacionales. En el caso de las normas comunitarias, es un campo donde se utiliza con frecuencia la figura de la Directiva, que fija un marco común que ha de ser transpuesto a la legislación nacional para que sea de efectiva aplicación.
- Tratarse de normativa eminentemente técnica, en la que se establecen requisitos de seguridad, normas mínimas de comercialización, toma de muestras y análisis, listado de sustancias prohibidas, etc.
- No existir una asignación o identificación arancelaria del producto sobre el que recae el control.
- Sufrir constantes modificaciones: la armonización técnica, los controles sanitarios, veterinarios, fitosanitarios, etc.
Existen varios tipos de controles y organismos competentes:
Inspección Sanitaria
Control que se establece sobre las mercancías de origen animal o vegetal destinadas a uso o consumo humano, los medicamentos, los productos cosméticos, los productos sanitarios y los insecticidas.
Autoridad competente: Dirección General de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Inspección Veterinaria
Control que se establece sobre los animales vivos, productos de origen animal o vegetal que no se destinen a uso o consumo humano y medicamentos veterinarios.
Autoridad competente: Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Inspección Fitosanitaria
Se establece la inspección sobre los organismos nocivos para los vegetales, sobre ciertos vegetales que los pueden contener y abonos de origen vegetal.
Autoridad competente: Subdirección General de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Inspección de Calidad Comercial
Medida establecida sobre ciertos productos agrícolas, entre los que se encuentran la carne de ave, productos de la pesca, huevos, flores frescas cortadas, frutas y hortalizas, lúpulo y conservas de sardinas y atunes.
Medidas de Armonización Técnica
La importación y comercialización en la UE de ciertas máquinas y aparatos solo se puede realizar si se cumplen las condiciones técnicas de seguridad y fiabilidad establecidas por la legislación comunitaria y nacional.
Certificado CITES
La importación y exportación de ciertas especies de flora y fauna en vías de extinción están sujetas a la obtención de un certificado CITES.