Ley de Ordenación de la Edificación y Normativa Técnica

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Ley de Ordenación de la Edificación

Capítulo I: Objeto y Ámbito de Aplicación

Artículo 1: Objeto

Esta ley tiene por objeto regular en sus aspectos esenciales el proceso de la edificación, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso.

Artículo 2: Ámbito de Aplicación

Esta ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:

  • Administrativo, sanitario, religioso, residencial, docente y cultural.
  • Aeronáutico.

Artículo 3: Requisitos de los Edificios

Los edificios deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Funcionalidad: Utilización, accesibilidad, accesos a los servicios de telecomunicación.
  • Seguridad: Seguridad estructural, seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización.
  • Habitabilidad: Higiene, salud y protección del medio ambiente, protección contra el ruido, ahorro de energía y aislamiento térmico, otros aspectos que contemple el CTE.

Artículo 4: Proyecto

El proyecto es el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras contempladas en el Artículo 2.

Artículo 6: Recepción de la Obra

La recepción de la obra es el acto por el cual el constructor hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por este. La recepción deberá consignarse en un acta firmada.

Capítulo III: Agentes de la Edificación

Artículo 8: Definición de Agentes

Personas, físicas o jurídicas, que intervienen en el proceso de la edificación.

Artículo 9: El Promotor

Persona física o jurídica que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa o financia las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros.

Artículo 10: El Proyectista

Agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondientes, redacta el proyecto.

Artículo 11: El Constructor

Es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas, con sujeción al proyecto y al contrato.

Artículo 12: El Director de Obra

Es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define. Podrán dirigir las obras de los proyectos parcelas otros técnicos, bajo la coordinación del director de obra.

Artículo 13: El Director de la Ejecución de la Obra

El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.

Artículo 14: Las Entidades y los Laboratorios de Control de Calidad de la Edificación

Entidades capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y la ejecución de la obra.

Artículo 15: Los Suministradores de Productos

Son los fabricantes, almacenistas, importadores o vendedores de productos de construcción.

Artículo 16: Los Propietarios y Usuarios

Tipificación del Hormigón

Es el término o concepto por el cual se define un hormigón. T-R/C/TM/A = HA-25/P/20/IIA

  • T: Tipo de hormigón (hormigón en masa, armado y pretensado)
  • R: Resistencia (N/mm2)
  • C: Consistencia (seca, plástica, blanda, fluida y líquida)
  • TM: Tamaño máximo del árido (mm)
  • A: Ambiente (nivel de agresividad)

Plan de Control

Indica el número de ensayos que se deben hacer en cada fase de la estructura. Hay diferentes tipos de ensayos: alta, media y baja.

Coquera: Poros que se abren en el hormigón.

Tapajunta: Listón moldeado que se emplea para tapar la unión del cerco de una puerta o una ventana con la pared, para evitar el paso de la luz, humo, etc.

Humedad

Humedad por Capilaridad

Es aquella humedad producida por el fenómeno de ascensión capilar del agua y se transmite a través de la porosidad de los materiales. Para que no se forme hay que ventilar las habitaciones, se suelen dar más en construcciones antiguas. Para solucionarlo se hacen pequeñas perforaciones. Se debe utilizar el mortero de cal siempre que haya humedades.

Humedad por Condensación

Se produce cuando la temperatura superficial de una pared es inferior al punto de rocío del ambiente. Por lo general, es un fenómeno que se da en invierno. Se producen en puentes térmicos, habitaciones poco ventiladas.

Otros Términos

Barra antipánico: Barra puesta en las salidas de las puertas de emergencia donde se ejerce la fuerza para abrirla y está puesta en el sentido de la evacuación.

Borlete: Masilla elástica que se coloca como un tapajuntas.

Electroimán: Mecanismo eléctrico que se utiliza para mantener cerradas las puertas de emergencias.

Sumidero: Receptáculo situado en una cubierta que recoge el agua de la misma y la canaliza hasta un bajante de aguas pluviales.

Berenjeno: Hueco que se deja para cuando llueve no entre el agua.

Línea repartidora: Parte de la instalación en baja tensión que enlaza una caja general de protección con las derivaciones individuales que alimenta.

Manómetro: Mide la presión.

Caja general de protección: Elemento de la red interior del edificio donde se efectúa la conexión con la acometida de la compañía suministradora de energía eléctrica.

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