La autoria de un delito
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LA AUTORIA
El autor del delito es kien cuenta con el dominio del acto, osea, al realizar la acción descrita por el tipo penal domina la conducta típica al ejecutar precisamente la hipótesis contemplada en la ley.
Existen 3 clases de Autores:
>El Autor Material o Ejecutor. Es quien realiza en todo o en parte la conducta descrita
por el tipo penal, es quien cuenta con el dominio del acto o la acción típica.
>Autor Mediato o Intelectual. Es aquel que para ejecutar la conducta típica, se sirve como instrumento de un 3ero de quien abusa, a fin de obtener que realice material% el delito. (art15 nro 2 CP)
>Coautores. Son los que se han dividido la ejecución del hecho típico en términos tales que disponen de un codominio sobre el mismo, y sobre cuya realización decide un conjunto. Art15 nro 3 CP. Ej: 2 sujetos que apuñalan a la vez a una misma victima.
LA PARTICIPACIÓN Y SUS FORMAS
Participe es el que interviene dolosamente en un hecho ajeno, sin ejecutar la conducta típica, realizando ciertos actos descritos en la ley y que gral% son de carácter reparatorio o de colaboración posterior a su consumación. Existen 3 tipos de Participes:
**** Los Instigadores. La instigación esta en el CP art 15 nro 2. Sus requisitos son, en 1er lugar, actuar directamente por actos positivos, osea se excluye por ende una conducta homicida. En 2do lugar, para que se castigue la instigación se necesita al menos un ppio de ejecución del delito ppal.
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
El Roboes la apropiación de una cosa mueble con animo de lucro sin el consentimiento del ofendido, habiendo a su vez violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas.
Elementos del Robo.
1.Apropiación. Osea el sujeto activo se hace dueño de algo ajeno que pertenece a otra persona
2. Recae sobre cosa mueble. Osea aquellas que puedan trasladarse de un lugar a otro, no existiendo nunca robo de cosas inmuebles porque ese es un delito distinto e independiente, llamado Usurpación. Ej: una toma. La Usurpación consiste en apoderarse x la fuerza de un bien raíz, o cuando regresando los dueños se les repele a estos x la fuerza.
3.Es con animo de lucro. Osea enriquecerse en el patrimonio.
4. Se efectua sin consentimiento del ofendido o de la víctima porque sino, existiría una causal de justificación llamada consentimiento del ofendido.
5. Debe haber violencia e intimidación en las personas o fuerza en las cosas. Existe V o I en las personas cuando se ejerce directa% violencia sobre la persona o cuando se le amenaza o amedrenta.
El Hurto se diferencia del robo solo en que en este no existe violencia o intimidación y tampoco fuerza en las cosas. Además se diferencia en que la pena aplicable al autor de un hurto se determina considerando el monto de las especies hurtadas.
I.Robo con Fuerza en las Cosas.
1)Robo en lugar habitado: Este tipo de robo requiere que se cometa en un lugar habitado o destinado a la habitación, bajo alguna de las sgtes formas:
a.Mediante escalamiento de techos o paredes, mediante fractura de puertas o ventanas, o por el rompimiento de paredes, o entrando x un lugar no destinado para tal efecto.
b.Mediante el uso de llaves verdaderas sustraídas, llaves falsas o ganzúas.
c.Mediante la seducción de un domestico, o simulándose autoridad o fingiendo persona conocida.
2)Robo en lugar No habitado: No destinado a la habitación de una familia.
a.Robo de los bienes nacional de uso publico. Osea, de los bienes que pertenecen a toda la nación como la línea de ferrocarriles, los cables de la luz etc.
II.Robo con Violencia o Intimidación en las Personas.
a.Robo Calificado: Es el que junto con el robo se comete otro tipo de delitos que son: homicidio, violación o secuestro, con o cual la pena se agrava notablemente por el resultado producido.
b.Robo Simple: Solo se comete el robo en específico, no hay otros delitos que agraven la pena.
c.Robo por Sorpresa: Aquel en que el autor del delito se aprovecha de una aglomeración para cometerlo de forma sorpresiva aprovechándose de la victima indefensa.
El autor del delito es kien cuenta con el dominio del acto, osea, al realizar la acción descrita por el tipo penal domina la conducta típica al ejecutar precisamente la hipótesis contemplada en la ley.
Existen 3 clases de Autores:
>El Autor Material o Ejecutor. Es quien realiza en todo o en parte la conducta descrita
por el tipo penal, es quien cuenta con el dominio del acto o la acción típica.
>Autor Mediato o Intelectual. Es aquel que para ejecutar la conducta típica, se sirve como instrumento de un 3ero de quien abusa, a fin de obtener que realice material% el delito. (art15 nro 2 CP)
>Coautores. Son los que se han dividido la ejecución del hecho típico en términos tales que disponen de un codominio sobre el mismo, y sobre cuya realización decide un conjunto. Art15 nro 3 CP. Ej: 2 sujetos que apuñalan a la vez a una misma victima.
LA PARTICIPACIÓN Y SUS FORMAS
Participe es el que interviene dolosamente en un hecho ajeno, sin ejecutar la conducta típica, realizando ciertos actos descritos en la ley y que gral% son de carácter reparatorio o de colaboración posterior a su consumación. Existen 3 tipos de Participes:
**** Los Instigadores. La instigación esta en el CP art 15 nro 2. Sus requisitos son, en 1er lugar, actuar directamente por actos positivos, osea se excluye por ende una conducta homicida. En 2do lugar, para que se castigue la instigación se necesita al menos un ppio de ejecución del delito ppal.
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
El Roboes la apropiación de una cosa mueble con animo de lucro sin el consentimiento del ofendido, habiendo a su vez violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas.
Elementos del Robo.
1.Apropiación. Osea el sujeto activo se hace dueño de algo ajeno que pertenece a otra persona
2. Recae sobre cosa mueble. Osea aquellas que puedan trasladarse de un lugar a otro, no existiendo nunca robo de cosas inmuebles porque ese es un delito distinto e independiente, llamado Usurpación. Ej: una toma. La Usurpación consiste en apoderarse x la fuerza de un bien raíz, o cuando regresando los dueños se les repele a estos x la fuerza.
3.Es con animo de lucro. Osea enriquecerse en el patrimonio.
4. Se efectua sin consentimiento del ofendido o de la víctima porque sino, existiría una causal de justificación llamada consentimiento del ofendido.
5. Debe haber violencia e intimidación en las personas o fuerza en las cosas. Existe V o I en las personas cuando se ejerce directa% violencia sobre la persona o cuando se le amenaza o amedrenta.
El Hurto se diferencia del robo solo en que en este no existe violencia o intimidación y tampoco fuerza en las cosas. Además se diferencia en que la pena aplicable al autor de un hurto se determina considerando el monto de las especies hurtadas.
I.Robo con Fuerza en las Cosas.
1)Robo en lugar habitado: Este tipo de robo requiere que se cometa en un lugar habitado o destinado a la habitación, bajo alguna de las sgtes formas:
a.Mediante escalamiento de techos o paredes, mediante fractura de puertas o ventanas, o por el rompimiento de paredes, o entrando x un lugar no destinado para tal efecto.
b.Mediante el uso de llaves verdaderas sustraídas, llaves falsas o ganzúas.
c.Mediante la seducción de un domestico, o simulándose autoridad o fingiendo persona conocida.
2)Robo en lugar No habitado: No destinado a la habitación de una familia.
a.Robo de los bienes nacional de uso publico. Osea, de los bienes que pertenecen a toda la nación como la línea de ferrocarriles, los cables de la luz etc.
II.Robo con Violencia o Intimidación en las Personas.
a.Robo Calificado: Es el que junto con el robo se comete otro tipo de delitos que son: homicidio, violación o secuestro, con o cual la pena se agrava notablemente por el resultado producido.
b.Robo Simple: Solo se comete el robo en específico, no hay otros delitos que agraven la pena.
c.Robo por Sorpresa: Aquel en que el autor del delito se aprovecha de una aglomeración para cometerlo de forma sorpresiva aprovechándose de la victima indefensa.