Juicio de Amparo en México: Conceptos y Procedimientos Clave
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Partes en el Juicio de Amparo
- Quejoso: La persona que interpone el amparo porque considera que sus derechos fundamentales han sido violados.
- Autoridades Responsables: Aquellas que emitieron, ordenaron, ejecutaron o tratan de ejecutar el acto reclamado.
- Tercero Interesado: Parte que tiene un interés directo en el resultado del juicio de amparo, ya que el fallo puede afectarlo.
- Ministerio Público: Actúa como garante del interés social y puede intervenir para proteger el orden jurídico y los derechos de la sociedad.
Capacidad y Personalidad
- Capacidad de Goce: Facultad de ser titular de derechos y obligaciones.
- Capacidad de Ejercicio: Habilidad para ejercer por sí mismo los derechos y obligaciones sin necesidad de un representante.
Interés Legítimo y Jurídico
- Interés Jurídico: Derecho subjetivo que ha sido afectado directamente por un acto de autoridad.
- Interés Legítimo: Situación que, aunque no implica un derecho subjetivo, afecta la esfera jurídica de la persona y permite la defensa de intereses colectivos o difusos.
Principios Fundamentales del Juicio de Amparo
- Principio de Relatividad: Las sentencias solo afectan a las partes en el juicio.
- Principio de Definitividad: Antes de interponer un amparo, deben agotarse todos los recursos ordinarios.
- Principio de Estricto Derecho: El juez debe resolver en base a lo solicitado sin ir más allá.
Notificaciones y Términos
- Notificaciones: Comunicación formal de los actos procesales a las partes del juicio.
- Términos: Plazos en los que las partes deben presentar recursos o realizar actos procesales.
Competencia y Jurisdicción
- Competencia: Atribución que tiene un tribunal para conocer de un determinado asunto.
- Jurisdicción: Poder de los tribunales para aplicar la ley en casos específicos.
Sentencia y Obligaciones
- Sentencia: Resolución judicial que pone fin al juicio, estableciendo si el acto reclamado es constitucional o no.
- Obligaciones en la Sentencia: Las autoridades responsables deben cumplir con lo que se resuelve en la sentencia, restableciendo al quejoso en el goce de sus derechos.
Incidentes, Impedimentos y Recusaciones
- Incidentes: Cuestiones accesorias al juicio principal que deben resolverse antes de continuar.
- Impedimentos: Causas legales que impiden que un juez intervenga en el juicio.
- Recusaciones: Petición de una de las partes para que un juez se excuse del caso por causas justificadas.
Principio Pro-Persona
- Principio Pro-Persona: Interpretación de la ley de la forma más favorable para la protección de los derechos humanos.
Control Constitucional, Convencional y Difuso
- Control Constitucional: Revisión de la conformidad de actos de autoridad con la Constitución.
- Control Convencional: Verificación de que los actos de autoridad respeten los tratados internacionales sobre derechos humanos.
- Control Difuso: Faculta a todos los jueces para aplicar directamente la Constitución, incluso sobre las leyes ordinarias.
Tipos de Notificaciones en el Juicio de Amparo
- Personal: Se hace directamente a la persona interesada o a su representante. Se utiliza en actos importantes como la notificación del auto que admite la demanda, citaciones a audiencias o sentencias.
- Plazo: Generalmente, el plazo para contestar comienza a partir del día siguiente de haber sido notificado personalmente.
- Plazo: Los plazos empiezan a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista.
- Plazo: A partir de la publicación en el boletín o diario, al siguiente día comienza a contar el término.
- Plazo: Comienza a correr el día hábil siguiente a la fecha de la publicación en estrados.
- Plazo: Normalmente, la ley establece que se deben hacer tres publicaciones consecutivas, y el plazo comienza después de la última.
Plazos o Términos
- Plazos Ordinarios: En amparo indirecto, las autoridades tienen 15 días hábiles para rendir informes previos y justificados.
- Interposición de Recurso de Revisión: Generalmente, tienes 10 días hábiles después de notificada la sentencia.
- Presentación de la Demanda de Amparo: En términos generales, tienes 15 días hábiles desde que conoces el acto reclamado.
- Suspensión Provisional: El quejoso tiene 24 horas para solicitar la suspensión de un acto, en casos urgentes.