Iusnaturalismo vs. Positivismo Jurídico: Explorando la Relación entre Derecho y Moral

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El Derecho: Tres Perspectivas Fundamentales

El derecho puede ser entendido desde tres perspectivas principales:

  1. Derecho Objetivo: Se refiere al conjunto de normas que rigen una sociedad, como leyes, decretos y sentencias. Es el ordenamiento jurídico en sí mismo.
  2. Derecho Subjetivo: Representa las facultades, atribuciones, permisos o posibilidades que una norma otorga a un individuo. Es el derecho desde la perspectiva del sujeto.
  3. Ciencia del Derecho: Es el estudio e investigación de la realidad jurídica, tanto del derecho objetivo como del subjetivo. Se enfoca en el análisis del derecho como objeto de conocimiento.

Para evitar confusiones, se suele utilizar el término "derecho" para referirse al ordenamiento jurídico (derecho objetivo). Las otras perspectivas se mencionan como "derecho subjetivo" y "ciencia del derecho". Sin embargo, algunos juristas confunden estos tres sentidos.

El término "derecho" no solo describe hechos o cosas, sino que también puede usarse con fines emotivos y provocativos. Puede tener un significado descriptivo, emotivo y cognoscitivo.

Iusnaturalismo y Positivismo Jurídico: La Relación entre Derecho y Moral

La palabra "derecho" tiene una carga emotiva debido a su estrecha relación con los valores morales. Existe un vínculo esencial entre el derecho y la moral, reflejado en las siguientes tesis:

  1. Las normas jurídicas reflejan valores y aspiraciones morales de la comunidad.
  2. Las normas jurídicas deben ajustarse a principios morales y de justicia universales.
  3. Las normas jurídicas deben reconocer las pautas morales vigentes en la sociedad.
  4. No existe una distinción conceptual tajante entre normas jurídicas y normas morales.
  5. Los jueces aplican normas morales en sus decisiones.
  6. Los jueces deben recurrir a normas morales para resolver cuestiones no resueltas por las normas jurídicas.
  7. Los jueces deben negarse a aplicar normas que contradigan principios morales.
  8. La ciencia jurídica debe formular principios de justicia para distintas situaciones.
  9. Una norma jurídica tiene fuerza obligatoria moral.
  10. Para identificar un sistema normativo como jurídico, no basta verificar que cumpla ciertas condiciones formales.

Estas tesis, que sostienen una relación relevante entre derecho y moral, son en su mayoría independientes entre sí y no siempre compatibles.

La Concepción del Iusnaturalismo

El iusnaturalismo sostiene dos tesis principales:

  1. Existen principios morales y de justicia universales, válidos y accesibles a la razón humana.
  2. Un sistema normativo o una norma no pueden ser considerados jurídicos si contradicen estos principios morales.

Algunos rechazan estas tesis, mientras que otros las apoyan. Los iusnaturalistas coinciden en que estas tesis conforman los principios del derecho natural.

Iusnaturalismo Teológico

Representado por Tomás de Aquino, sostiene que el derecho natural es parte del orden eterno del universo originado en Dios. Víctor Cathrein, filósofo tomista, argumenta que el derecho natural se fundamenta en su aptitud para la sociedad humana.

Iusnaturalismo Racionalista

Originado en el movimiento iluminista (siglos XVII y XVIII), con exponentes como Spinoza, Pufendorf y Kant. Sostiene que el derecho natural deriva de la razón humana, no de mandatos divinos.

El Positivismo Ideológico

Defendido por algunos positivistas teóricos, establece que los criterios formales del derecho tienen consecuencias jurídicas y morales. La existencia del derecho implica un mínimo de justicia y genera implicaciones morales. Como dijo Goethe: "Prefiero la injusticia al desorden".

Existen dos versiones: la débil, que considera el derecho como fuente de seguridad personal y componente necesario de la moralidad, y la fuerte.

El Formalismo Jurídico

(Siglos XIX y XX, exponentes: Rodolfo Stammler y Hans Kelsen). Se centra en la forma de la acción para que sea jurídica, no en su contenido justo o injusto. Su metodología se basa en la lógica formal.

Realismo Jurídico

  • Indeterminación del derecho: El derecho positivo no determina las soluciones a los casos. Jerome Frank afirmó que el desayuno del juez puede influir en su decisión.
  • Enfoque interdisciplinario: Se interesa en estudios estadísticos (Holmes), sociológicos (Ross), antropológicos (Llewellyn).
  • Enfoque instrumentalista: El derecho debe servir como instrumento para alcanzar propósitos sociales.

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