Introducción al Pensamiento Jurídico y la Lógica
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I. Relacione correctamente los paréntesis
(8) Juicio (3) Lógica Jurídica (4) Forma Mental
(9) Idea (6) Pensamiento Verdadero (7) Pensamiento (5) Pensamiento Correcto (2) Lógica Científica (10) Raciocinio
(1) Lógica Natural
- Aptitud natural del ser humano para conjugar las formas mentales del pensamiento (idea, juicio y raciocinio) en forma ordenada y coherente.
- Conjunto sistematizado de conocimientos con rigor científico, que desarrollan y perfeccionan la habilidad natural del ser humano de conjugar las formas mentales del pensamiento (idea, juicio y raciocinio) para facilitar el pensamiento correcto y verdadero.
- Conjunto sistematizado de conocimientos, con rigor científico, que desarrolla y perfecciona el estudio de las formas mentales del pensamiento (idea, juicio y raciocinio) en la creación, modificación y aplicación del derecho, así como en la elaboración del sistema conceptual inherente a esas funciones.
- Modo u orden de los pensamientos.
- Es el desarrollado conforme a los principios de la lógica.
- Es el congruente con la realidad.
- Representación interna intelectual.
- Es la afirmación o negación de una idea respecto de otra.
- Es la representación mental de un objeto, sin afirmar ni negar nada acerca de él.
- Es la obtención de un conocimiento nuevo a partir de otro ya establecido.
II. Instrucciones: Lea detenidamente las siguientes preguntas y desarrolle atendiendo a los elementos centrales
1. ¿Cuáles son los usos paradigmáticos del término “derecho”? (sistema, facultad, sentido valorativo)
- Sistema: Conjunto de normas impero-atributivas que regulan la conducta del ser humano en sociedad, y que se encuentran garantizadas por el Estado.
- Facultad: Posibilidad de hacer u omitir una conducta lícitamente.
- Sentido valorativo: Para calificar una persona o conducta como recta o correcta.
2. ¿Cuáles son las características del sistema jurídico? (institucional, normativo, exclusivo, coactivo, supremo)
- Institucional: Porque tanto su creación, modificación y aplicación se lleva a cabo por representantes de la persona moral Estado.
- Exclusivo: En cuanto impide la aplicación de un sistema jurídico diverso, salvo su permisión expresa.
- Normativo: Porque establece prescripciones conductuales.
- Coactivo: La aplicación de dicho sistema está garantizada por el Estado, aun en contra de la voluntad del sujeto, incluso mediante la utilización de la fuerza pública.
3. ¿Cuáles son las características del conocimiento científico? (sistematicidad, objetivo, universal, falible, solidez)
- Universal: Formula proposiciones válidas fuera de la condición de tiempo y lugar.
- Solidez: Resiste la comprobación.
- Falible: Es susceptible de error. (Representa la mejor respuesta a algo en este momento)
- Racional: Conocimiento que explica las relaciones de fenómenos a partir de sus causas últimas.
- Sistemático: Porque tiene un método determinado, y en su conjunto tiene orden y coherencia.
- Objetivo: Se apega a la realidad, no se formula a partir de posturas subjetivas.
4. ¿Cómo aplicaríamos el Principio de Razón Suficiente en la actividad de la autoridad respecto de los sujetos a un orden jurídico?
Todo tiene una razón de ser. Elementos contundentes para llegar a una verdad jurídica.
5. ¿Qué es la dogmática jurídica y cuáles son sus características?
Objeto de estudio: Su objeto de estudio es un sistema jurídico determinado, dotado de vigencia. (Una norma jurídica es vigente en cuanto tiene aplicación obligatoria en un espacio y un tiempo determinado).
Sujeto que emite las proposiciones: El sujeto que emite las proposiciones es destinatario de las normas jurídicas y las acepta como criterio exclusivo de regulación de conducta.
Funciones:
- Suministrar criterios para la creación, modificación y aplicación (Función Ejecutiva, Legislativa y Jurisdiccional) del Derecho.
- Suministrar criterios para la elaboración del Sistema Conceptual inherente a dichas funciones.
6. ¿Cuáles son los principios generales del Derecho? (Justicia, Equidad, Bien Común, Igualdad)
7. ¿Cuáles son las características de los principios lógicos? (evidentes, racionales, normativos, trascendentes)
Un postulado que tiene las siguientes características:
- Evidentes: En cuanto a su naturaleza no requieren explicación.
- Racionales: Se derivan de la razón y a la vez la constituyen.
- Normativos: Porque son parámetros del pensamiento.
- Trascendentes: Están presentes en toda operación mental.
8. ¿Cuál es la diferencia entre la Lógica Natural y la Lógica Científica?
- Lógica Natural: Aptitud innata presente en todo ser humano, presente en mayor o menor grado, que le permite conjugar en forma ordenada y coherente los pensamientos.
- Lógica Científica: Estudio, con rigor científico, de la conjugación de las formas mentales, que tiene como fin la obtención de pensamientos correctos y verdaderos.
9. ¿Cuál es la diferencia entre la Lógica Científica y la Lógica Jurídica?
- Lógica Científica: Estudio, con rigor científico, de la conjugación de las formas mentales, que tiene como fin la obtención de pensamientos correctos y verdaderos.
- Lógica Jurídica: Es el estudio de las formas mentales (Idea, Juicio y Raciocinio) en la creación, modificación y aplicación del Derecho, así como en la elaboración del Sistema Conceptual inherente a dichas funciones.
10. ¿Cuál es el objetivo de la Lógica Jurídica?
Es el estudio de las formas mentales (Idea, Juicio y Raciocinio) en la creación, modificación y aplicación del Derecho, así como en la elaboración del Sistema Conceptual inherente a dichas funciones.
- Función Legislativa: Actividad realizada por el Estado, consistente esencialmente en la creación y modificación del orden jurídico.
- Función Jurisdiccional: Actividad realizada por el Estado, consistente en la aplicación del orden jurídico para la resolución de controversias jurídicas y el esclarecimiento de situaciones jurídicas dudosas.
- Función Ejecutiva: Actividad realizada por el Estado, consistente en la aplicación del ordenamiento jurídico para la satisfacción de intereses generales.
11. ¿En qué se distingue el sistema normativo jurídico del resto de los sistemas normativos?
Características del Sistema Jurídico:
- Institucional: Porque tanto su creación, modificación y aplicación se lleva a cabo por representantes de la persona moral Estado.
- Exclusivo: En cuanto impide la aplicación de un sistema jurídico diverso, salvo su permisión expresa.
- Normativo: Porque establece prescripciones conductuales.
- Coactivo: La aplicación de dicho sistema está garantizada por el Estado, aun en contra de la voluntad del sujeto, incluso mediante la utilización de la fuerza pública.
12. ¿Cuáles son las reglas del discurso jurídico racional, según Robert Alexy?
13. ¿Qué es fundar y motivar y cómo se expresa la relación de adecuación entre ambos?
- Fundar: Obligación de la autoridad de citar en forma precisa los preceptos legales, sustantivos y adjetivos, que sirven como base para la emisión del acto.
- Motivar: Obligación de la autoridad de citar en forma precisa las circunstancias especiales, razones particulares y causas inmediatas, que sirven como base para la emisión del acto y que ostentan una relación de adecuación con la hipótesis normativa invocada como fundamento.
14. ¿En qué consiste el Principio del Tercero Excluso?
Entre dos proposiciones contradictorias no existen términos medios.
15. ¿Cómo aplicaríamos el Principio de Razón Suficiente en la actividad de la autoridad respecto de los sujetos a un orden jurídico?
Todo tiene una razón de ser.
16. ¿Qué es el Principio Lógico de Contradicción y cómo operaría el Principio de Contradicción en la determinación de responsabilidad en un proceso judicial?
Una cosa no puede ser y no ser a la vez y bajo el mismo respecto.
17. ¿Cuál es la diferencia entre la proposición indicativa y la proposición normativa?
- Proposición: Uso concreto del lenguaje que se refiere a la realidad, y según coincida o no con esta, es verdadera o falsa.
- Proposición Normativa: Es el uso del lenguaje que contiene la voluntad del sujeto volente (Estado).