La Inquisición Española: Orígenes, Características y Procedimiento Judicial
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Antecedentes
Cuando los Reyes Católicos deciden actuar contra los judíos, la Inquisición tuvo que reorganizarse profundamente. La Inquisición Española fue establecida en todos los reinos de la monarquía, separada de la competencia jurisdiccional ordinaria y sometida a la Corona. En 1483, para dar unidad a los tribunales inquisitoriales, nombraron a un Inquisidor General: Fray Tomás de Torquemada, a quien se le considera artífice y creador del Santo Oficio. A él se debe la redacción de las instrucciones procesales de 1484.
La Inquisición Española tuvo tres frentes principales:
- Los falsos conversos judíos.
- Los falsos conversos moriscos.
- Los cristianos sospechosos de luteranismo.
Con el tiempo, se estabilizó como un instrumento político.
Características Generales de la Inquisición Española
- La Inquisición está estrechamente sujeta a la Corona, dependía del Consejo de la Suprema y General Inquisición.
- Su organización incluía una completa red de tribunales que cubrían todos los reinos y territorios.
- Normalmente, los tribunales estaban compuestos por dos inquisidores, un asesor, un alguacil y un fiscal.
- Su financiación dependía del dinero obtenido en las confiscaciones de los condenados y en las multas pecuniarias.
- Procedimiento fiscal: la pieza clave lo constituía el secreto, ya que se incomunicaba al reo del mundo exterior y, en muchos casos, desconocía el contenido de la acusación.
Los delitos para los cuales la Inquisición era competente eran: herejía, receptación, obstaculización de la justicia inquisitorial, poligamia, solicitación, blasfemia... Las penas que podían imponer eran la muerte, inhabilitación del hereje para el ejercicio de cargos públicos, privación de títulos y honores, pérdida de bienes...
Procedimiento Judicial de la Inquisición
El proceso comenzaba con el llamado "periodo de gracia". Los inquisidores establecían dicho periodo, durante el cual podían presentarse los heréticos sin ser por ello condenados a penas graves. Pasado este periodo (30 o 40 días), las denuncias eran utilizadas para detener a todos los delatados. A partir del año 1500, estos periodos de gracia fueron suprimidos y sustituidos por edictos que anunciaban la obligación de denunciar a los sospechosos.
Antes de la detención de un sospechoso, se llevaba el caso ante una junta de teólogos que determinaban si los cargos presentados constituían delito. Si había pruebas suficientes, el fiscal redactaba la orden de arresto que iba acompañada de la confiscación de los bienes. Las prisiones no diferían en absoluto de las corrientes utilizadas en la época, y la misma reflexión debe hacerse respecto a la utilización de la tortura, general en todos los tribunales de la época.
El secreto de las denuncias permitía mayores abusos en el procedimiento inquisitorial. A la persona detenida no se le comunica la causa de detención. Los inquisidores le amonestaban para sondear su conciencia por tres veces, la última acompañada de la advertencia de la acusación que presentaría el fiscal. Finalmente, éste presentaba la acusación, a la cual el acusado debía responder inmediatamente.
Al preso se le daba una copia de la evidencia que había contra él. Tenía como medios de defensa para poder probar su inocencia, llamar a testigos favorables, desarmar a los testigos demostrando enemistad personal y recusar a los jueces. Podía alegar circunstancias atenuantes de sus delitos como embriaguez, locura, extrema juventud...
El proceso se componía de varias audiencias, tras lo cual quedaba el caso visto para sentencia. Para dictar sentencia, se formaba una consulta de fe constituida por inquisidores, un representante del obispo y algunos consultores. Bastaba que los dos primeros se pusieran de acuerdo para que la sentencia pudiera dictarse; en caso contrario, se pasaba al Consejo de la Suprema y General Inquisición.
Cabía la apelación de los tribunales inferiores al Consejo de la Suprema y General Inquisición e incluso a Roma. Habiendo recaído sentencia condenatoria, se procedía a la realización del auto de fe, solemne confesión en la que los condenados abjuraban públicamente y, en caso de haber sido condenados a muerte, eran entregados a la justicia ordinaria.
En el primer caso (los que abjuraban), los penitentes llevaban un sayo amarillo con dos cruces de San Andrés llamado sambenito. En el segundo caso (los relajados, entregados al brazo secular), llevaban otro sayo en el que figuraban demonios y llamas. La ejecución se verificaba en la hoguera después de haber dado muerte a los reos por garrote.