Historia de la Segunda República Española: Auge, Crisis y Caída
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La Segunda República Española (1931-1936)
La Segunda República (1931-1936) fue una etapa trascendental en la historia contemporánea de España. La República trató de poner en marcha una serie de reformas. Sin embargo, su confuso nacimiento en las urnas, el antagonismo entre las clases acomodadas y las clases populares, y la radicalización de unos y de otros obstaculizaron el desarrollo de las mismas. El marco de solución democrática que representaba la República fracasó debido a un contexto internacional inapropiado y a la fuerte polarización de la sociedad española, cuyo extremismo propició una nueva conspiración militar y una sangrienta guerra civil.
Antecedentes
El último gobierno de la monarquía, presidido por el almirante Aznar, convocó elecciones municipales dentro del programa de retorno a la normalidad constitucional, tras la Dictadura de Primo de Rivera. La campaña electoral fue intensa, y la participación alcanzó el 65% de los varones censados. El resultado electoral fue desigual: aunque el número global de concejales monárquicos (41.224) superó al de la Conjunción Republicano-Socialista (39.248), en las capitales de provincia los monárquicos fueron derrotados. El 14 de abril, la marea popular proclamó la República en los núcleos urbanos más importantes del país. El comité republicano, tras la suspensión del ejercicio del poder real por parte de Alfonso XIII —quien no renunció a sus derechos, según se expresa en su Manifiesto de despedida, para evitar una fratricida guerra civil—, facilitó un cambio político revolucionario de manera pacífica.
Para preparar el nuevo marco político, se constituyó un Gobierno Provisional, integrado casi en su totalidad por los miembros del Comité Revolucionario creado un año antes en el Pacto de San Sebastián. El nuevo gobierno fue presidido por Niceto Alcalá-Zamora. El Gobierno Provisional convocó elecciones a Cortes Constituyentes (elegidas por sufragio universal de los varones mayores de 23 años) para redactar una nueva constitución y otorgar legitimidad al régimen republicano. La fecha de las elecciones quedó fijada para el 28 de junio.
El ministro de Trabajo, Largo Caballero, adoptó las primeras medidas de reforma agraria: Decreto de Términos Municipales; Decreto de Prohibición de Laboreo Forzoso; y de reforma laboral: Caja Nacional contra el Paro, Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo, y la jornada laboral de ocho horas en el campo. Marcelino Domingo promovió una importante legislación educativa e impulsó la renovación educativa a través del Consejo de Instrucción Pública. Manuel Azaña, como ministro de la Guerra, inició la reforma de un ejército cuyos mandos eran mayoritariamente monárquicos, aunque aceptaron el cambio político. Para la preservación del orden republicano, el Gobierno promulgó la Ley de Defensa de la República, que le otorgaba plenos poderes y le permitía suspender las garantías constitucionales.
Desarrollo
Las elecciones a Cortes Constituyentes
En mayo de 1931, se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes. La Cámara estaría integrada por 470 diputados, elegidos por sufragio universal masculino (varones mayores de 23 años), pudiendo ser elegidas las mujeres, aunque no podían ser electoras. Las elecciones se celebraron el 28 de junio de 1931 con una amplia participación (70% del electorado y unos 4,5 millones de votantes). Días después, se constituyeron las Cortes, que ratificaron al Gobierno que hasta entonces había actuado de manera provisional.
La Constitución de 1931
El objetivo fundamental del Gobierno y de las Cortes era elaborar una nueva Constitución que sustituyese a la monárquica de 1876. La Constitución fue aprobada el 9 de diciembre de 1931 y constaba de un Título Preliminar, 125 artículos repartidos en nueve Títulos y dos disposiciones transitorias. Se inicia con una definición del nuevo Estado, al que califica de “República democrática de trabajadores de toda clase”. A continuación, se desarrolla una extensa declaración de derechos y libertades individuales, sociales y colectivos. Se proclama la soberanía popular, que se consagra en el sufragio universal para mayores de 23 años, reconociendo por primera vez el voto de la mujer. Se establece una división de poderes, aunque el poder legislativo, representado por unas Cortes unicamerales (Congreso de los Diputados), tiene cierta primacía sobre el poder ejecutivo (presidente de la República y jefe del Gobierno) y sobre el Tribunal Supremo. La Jefatura del Estado corresponde al Presidente de la República, elegido cada seis años por los diputados y unos compromisarios. Se afirma la aconfesionalidad del Estado (Art. 3) y la consideración de todas las religiones como meras asociaciones (Art. 26).