Guerras Carlistas y Fueros Vascos: Orígenes y Consecuencias en el Siglo XIX

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Tras la muerte de Fernando VII en 1833, comenzaron en España una serie de cambios económicos, políticos y sociales. Fue también durante este año cuando comenzó la Primera Guerra Carlista (1833-1840) que se sucederá de dos guerras carlistas más: la Segunda Guerra Carlista (1846-1849) y la Tercera Guerra Carlista (1872-1876). Esta primera guerra tuvo su foco principal en las tierras del País Vasco, donde mantenían el foralismo, el cual defendía la estructura señorial de propiedad de la tierra y el legitimismo absolutista, y además contaban con leyes propias. Esta cuestión foral adquirió una gran importancia, ya que los fueros chocaban con el principio de igualdad liberal. Esto supone que el sistema económico y político definido en los fueros era incompatible con el liberalismo.

Las Guerras Carlistas

Primera Guerra Carlista (1833-1840)

Tuvo sus principales centros de acción en las tierras del País Vasco, aunque más tarde se extenderían por Cataluña, Aragón y El Maestrazgo. Las principales causas de esta guerra fueron el hábil juego de aunar la defensa de la religión en el orden social, el foralismo como expresión de tradición, la estructura señorial de propiedad de la tierra en el orden económico y el legitimismo absolutista en el plano político. El carlismo sobrevivió gracias al apoyo del mundo vinculado a los modos de vida tradicional, como los campesinos, artesanos o pequeños propietarios, que creían que, haciéndose carlistas, se defenderían mejor del incontenible orden capitalista. En el Convenio de Vergara, los carlistas pactan respetar a la reina Isabel y los isabelinos a respetar los fueros e integrar a los carlistas en el ejército. Fin de la Guerra del País Vasco en 1839.

Segunda Guerra Carlista (1846-1849)

La pervivencia del sistema foral permitió, además, aumentar la estabilidad y que la Segunda Guerra Carlista, que se iniciaba en 1846, no tuviese respaldo en el País Vasco. Esta guerra se desarrolló en Cataluña, Aragón, y el Maestrazgo, y el carlismo no contaba con suficientes apoyos.

Tercera Guerra Carlista (1872-1876)

El movimiento carlista estaba formado por quienes pensaban que la religión era la mejor réplica a la revolución social y que solo una política de orden podría detener la escalada revolucionaria. El miedo en las clases medias propietarias las obligó a apoyar el carlismo como último recurso militar. Del mismo modo, el carlismo se presentó en el País Vasco como defensor de la preeminencia de la Iglesia en la sociedad y de los fueros amenazados por el centralismo de los liberales radicales. Con Carlos VII como pretendiente al trono, los carlistas se alzaron de nuevo al combate, encabezados por Nicolás Ollo, que empezó a recordar al mitificado Zumalacárregui. Sin embargo, poco después los carlistas atraviesan la frontera camino del exilio. Los carlistas, derrotados militarmente, optarían por la lucha política en una posición marginal de la extrema derecha dentro del abanico político de la Restauración, pero determinante en las luchas electorales de los distritos vascos.
La victoria alfonsina supuso la abolición de los fueros. Sin embargo, la posible inestabilidad política fue evitada por Cánovas del Castillo con la creación de un régimen excepcional, los convenios económicos, que fue un primer intento para conseguir el principio de unidad constitucional.
Por último, tras la Guerra Carlista, se firma en 1876 la abolición de los fueros vascos.

Los Fueros Vascos

El fuero es un uso o costumbre que, cuando resulta beneficioso para la comunidad, tiene valor de ley y se recoge de forma escrita.
El Antiguo Régimen había guardado este modo de vida sin grandes cambios, aunque, poco a poco, el territorio que se gobernaba por códigos forales se iba empequeñeciendo. Después del decreto en el que se abolieron los fueros correspondientes a los territorios de la Corona de Aragón, únicamente el País Vasco y Navarra eran las zonas que mantenían en vigencia la peculiaridad foral. Las peculiaridades de estas constituciones se resumían en:
  • Exención fiscal
  • Exención del servicio militar
  • Derecho civil propio
  • Derecho penal
  • Hidalguía universal

La Cuestión Foral

La cuestión foral adquirió gran importancia, su crisis fue la forma que adquirió en el País Vasco la quiebra del Antiguo Régimen. La burguesía apoyó un nuevo sistema basado en la igualdad jurídica, en la propiedad privada, en la defensa de un sistema parlamentario y en la libertad económica. El sistema económico y político definido en los fueros era incompatible con los intereses y aspiraciones de la burguesía comercial. Esta reivindicaba una unidad de mercado con el resto de España. Por otra parte, los fueros consagraban un sistema político dominado por notables rurales, que relegaba a los comerciales urbanos.

Abolición de los Fueros y Conciertos Económicos

A raíz de la última derrota militar carlista, la ley del 21 de julio de 1876, elaborada por Cánovas del Castillo, procedía a la abolición de los fueros. En la práctica, esta ley no suprimió literalmente los fueros, pero sí aumentaba la intervención y el poder político y administrativo del Estado del País Vasco. La abolición significó el establecimiento de un nuevo marco jurídico, económico y administrativo que recibió el nombre de concierto económico.

Como afirma Dorronsoro (catedrático de la Universidad del País Vasco), “El régimen foral, pese a las diferencias que existían entre las diferentes provincias, significaba un sistema de gobierno que permitía al Señorío de Vizcaya, a las provincias de Álava y Guipúzcoa y al Reino de Navarra mantener un cierto grado de autogobierno”.

Legislación sobre la Cuestión Foral

La dificultad de encajar los fueros (leyes propias de cada territorio durante el Antiguo Régimen) en el sistema liberal (basado en la igualdad) es el origen de la cuestión foral del siglo XIX. Esta cuestión, unida a un problema sucesorio (carlistas e isabelinos) y diferencias ideológicas (Antiguo Régimen y liberalismo), dio lugar a tres guerras carlistas, y a abundante legislación. Así:
  • La Constitución de 1812 ignoraba la peculiaridad vasca de los fueros.
  • El Convenio de Vergara (1839) obligaba al gobierno liberal a respetar el régimen foral.
  • La ley de 25 de octubre de 1839 confirmaba los fueros, pero sin perjuicio de la unidad constitucional de la monarquía (de esta manera el Gobierno tenía libertad para emprender su modificación).
  • La Ley Paccionada de Navarra (16 de octubre de 1841) equivalía al final del régimen foral en Navarra.
  • El decreto de 29 de octubre de 1841 de Espartero quería abolir los fueros, pero la vuelta de los moderados en 1844 devolvió las atribuciones forales.
  • La abolición definitiva del régimen foral vasco vendrá con la derrota de los carlistas en 1876 con la ley de 21 de julio de Cánovas del Castillo que disponía que los deberes constitucionales de hacer el servicio militar y contribuir a los gastos del Estado se extenderían a las provincias vascas.
  • Los Conciertos Económicos de 1878 permitieron la autonomía financiera para las diputaciones. Las diputaciones se convertían así, gracias a Cánovas del Castillo, en la pieza clave de la administración de las provincias vascas. Los Conciertos Económicos, suprimidos durante el franquismo, fueron recuperados dentro del marco de la actual Constitución de 1978.

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