El Gobierno y la Administración Pública: Estructura y Funcionamiento

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El Gobierno: Definición y Composición

El gobierno es el órgano que dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Se compone del presidente, uno o varios vicepresidentes, los ministros y los demás miembros que establezca la ley.

Se constituye mediante el procedimiento de investidura de su presidente y cesa por la celebración de elecciones generales, por pérdida de confianza parlamentaria o por la dimisión o muerte de su presidente.

Nombramiento del Presidente del Gobierno

Pasos para el nombramiento de su presidente:

  1. El rey propone al Congreso un candidato a presidente del gobierno.
  2. El candidato expone su programa al Congreso de los Diputados y solicita la confianza respecto a su persona y a su programa.
  3. El Congreso debe otorgarla por mayoría absoluta de sus miembros (176 votos).
  4. Si no alcanza mayoría absoluta, 48 horas después habrá segunda votación, se otorga por mayoría simple.
  5. Si transcurridos 2 meses desde la primera votación ningún candidato obtiene la confianza del Congreso, el rey disolverá las Cortes y convocará nuevas elecciones.

La Administración Pública

Es el elemento no político del poder ejecutivo. Formada por organismos e instituciones y servida por funcionarios que gestionan los servicios públicos bajo la dirección del gobierno. Sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo a unos principios:

Principios de la Administración Pública

  • Eficacia: Han de obtener los mejores resultados con los mínimos trámites y en el menor tiempo posible. Han de ser conseguidos con el menor coste económico posible.
  • Jerarquía: Un órgano de la Administración se subordina a otro de mayor a menor rango. El órgano superior puede dirigir, vigilar, corregir, controlar y resolver problemas entre los órganos inferiores.
  • Descentralización: Traspaso de competencias de los órganos de una Administración a otra distinta. Ejemplo: transferencia de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas y ayuntamientos.
  • Desconcentración: Transferencia de funciones de forma permanente de los órganos superiores a los inferiores, pero manteniendo la posibilidad de control sobre el órgano inferior. Ejemplo: traspaso de funciones de órganos centrales del Estado a los órganos periféricos en las Comunidades Autónomas y en las provincias.
  • Coordinación: Realizar acciones conjuntas y evitar una duplicidad en la actividad de la Administración pública. Ejemplo: el presidente del gobierno coordina funciones del Consejo de Ministros.

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