Exigencias Generales, Marcas e Identificaciones, Tableros y Alimentadores en Instalaciones Eléctricas

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EXIGENCIAS GENERALES (ESPACIOS DE TRABAJO Y DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD)

4.1.- Espacios de trabajo y distancias mínimas de seguridad

Para los efectos de fijación de los espacios de trabajo y distancias mínimas de seguridad, se considerará como zona alcanzable por una persona, a aquella que medida desde el punto donde ésta pueda situarse, esté a una distancia límite de 2,50 m por arriba, 1,0 m lateralmente y 1,0 m hacia abajo. En la hoja de norma Nº 2 se expresa gráficamente esta definición.

4.2.- Dimensionamiento de espacios de trabajo y accesos

Los espacios de trabajo y accesos a partes energizadas descubiertas que requieran de inspección, ajustes o mantenimiento estando bajo tensión, se dimensionarán tomando como mínimo los valores de distancias indicadas en la tabla Nº 5.1, salvo que en otros artículos de esta Norma se establezcan valores distintos para condiciones especiales.

4.3.- Espacios de trabajo frente a tableros

Si la parte energizada descubierta está ubicada en la parte frontal de un Tablero o Centro de Control, el espacio de trabajo libre mínimo será de 1,50 m.

4.4.- Acceso a espacios de trabajo

El acceso a los espacios de trabajo debe estar asegurado por lo menos por una entrada de ancho mínimo de 0,60 m y altura mínima de 1,50 m, salvo que la presencia de equipos de gran volumen dentro de la zona exija mayores dimensiones. Las puertas deberán abrir hacia fuera y estar premunidas de cerraduras que permitan abrir desde el interior sin el uso de llaves o herramientas.

4.5.- Altura libre sobre espacios de trabajo

La altura libre sobre los espacios de trabajo no debe ser inferior a 2,0 m.

EXIGENCIAS GENERALES (MARCAS E IDENTIFICACIONES)

5.1.- Identificación de aparatos y materiales eléctricos

En todo aparato, accesorio o material eléctrico deberá mostrarse en forma legible e indeleble el nombre del fabricante, país de origen, marca registrada o bien, otro tipo de marca que haga posible la inmediata identificación del responsable del producto.

5.2.- Características de equipos y materiales eléctricos

Todo equipo o material eléctrico deberá tener impresas en forma fácilmente visible e indeleble sus características dimensionales o de funcionamiento, indicaciones de tipo o clase y de la certificación de aprobación de uso.

5.3.- Identificación de canalizaciones eléctricas

Todos los sistemas de canalización eléctrica en ductos metálicos instalados a la vista u ocultos se identificarán con el color que corresponda conforme a la Norma Chilena respectiva, pintando el ducto en toda su extensión o en tramos de no menos de 0,20 m pintados cada 5,0 m o después de obstáculos que impidan ver alguna de esas marcas.

Tableros

Los tableros son equipos eléctricos de una instalación, que concentran dispositivos de protección y de maniobra o comando:

  • Tableros Generales
  • Tableros Generales Auxiliares
  • Tableros de Distribución
  • Tableros de Paso
  • Tableros de Comando
  • Centros de Control

Atendiendo a la utilización de la energía eléctrica controlada desde un tablero, éstos se clasificarán en:

  • Tableros de Alumbrado
  • Tableros de Fuerza
  • Tableros de Calefacción
  • Tableros de Control
  • Tableros de Computación

–Alimentadores

Los alimentadores de una propiedad no deben pasar por partes de una propiedad vecina. En el caso de edificios, para llegar desde el punto de empalme hasta la propiedad respectiva deberán utilizarse los espacios de uso común.

Especificaciones

  • En todo caso la sección mínima permisible será de 2,5 mm2.
  • La sección de los conductores de los alimentadores o subalimentadores será tal que la caída de tensión provocada por la corriente máxima que circula por ellos no exceda del 3% de la tensión nominal de la alimentación, siempre que la caída de tensión total en el punto más desfavorable de la instalación no exceda del 5% de dicha tensión.
  • Los alimentadores se deberán proteger tanto a la sobrecarga como al cortocircuito, con las protecciones adecuadas a cada situación. Los alimentadores se protegerán a la sobrecarga de acuerdo a la potencia utilizada, estando limitada la protección máxima por la capacidad de transporte de corriente de los conductores.

Dimensionamiento

El conductor neutro de un alimentador se dimensionará según el siguiente criterio:

  1. El neutro de alimentadores monofásicos tendrá la misma sección del conductor de fase.
  2. El neutro de alimentadores trifásicos que sirvan Cargas Lineales tales como alumbrado incandescente, calefacción y fuerza, se dimensionará de modo tal que su sección sea a lo menos igual al 50% de la sección de las fases.
  3. El neutro de alimentadores trifásicos o de circuitos trifásicos que sirvan cargas no lineales, tales como rectificadores, reguladores de velocidad, etc., se dimensionará de modo tal que su sección sea a lo menos igual a la sección de los conductores de fases

8 Materiales y canalización

  • La sección mínima a usar en circuitos de potencia será de 1,5 mm2.
  • Todo conductor que se instale en cualquier tipo de ducto, cuya sección sea superior a 10 mm2 deberá ser del tipo cableado.
  • En un mismo ducto cerrado sólo podrán llevarse los conductores pertenecientes a consumos de un mismo servicio y alimentados por una misma tensión de servicio. Esta disposición será aplicable también a cajas de paso, derivación, cámaras en canalizaciones subterráneas, etc. En un mismo ducto cerrado sólo podrán llevarse los conductores pertenecientes a un mismo circuito. Se exceptuarán de esta disposición los conductores canalizados en bandejas, escalerillas o canaletas.
  • Los ductos metálicos, sus accesorios, cajas, gabinetes y armarios metálicos que formen un conjunto, deberán estar unidos en forma mecánicamente rígida y el conjunto deberá asegurar una conductividad eléctrica efectiva.
  • Todo ducto debe ser continuo entre accesorio y accesorio y entre caja y caja. Los sistemas de acoplamiento aprobados no se consideran discontinuidad.
  • Todos los conductores deben ser continuos entre caja y  o entre artefactos y artefactos. No se permiten las uniones de conductores dentro de los ductos.
  • En cada caja de derivación, de enchufes o de interruptores, deberán dejarse chicotes, de por lo menos 15 cm de largo, para ejecutar la unión respectiva.

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