Examen de fol 3

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Las horas extraordinarias
Son aquellas horas de trabajo que exceden de la jornada inicialmente pactada en el contrato de trabajo, convenio colectivo o la fijada por ley.
El empresario esta obligado a registra las horas extraordinarias realizadas .
Las horas extras se pueden retribuir o compensar con descansos según lo establecidos en el convenio colectivo y en el contrato de trabajo, teniendo en cuenta que:
·Si se pagan, el importe debe ser como mínimo igual al de una hora ordinaria.
·Si se compensan con descansos, deben disfrutarse dentro de los 4 meses siguientes al la fecha en que se realizaron las horas extras.

Existen dos tipos de horas extraordinarias.
·Voluntarias :las realiza el trabajador porque asi lo desea.
·Obligatorias: son las pactadas en el contrato de trabajo y las recogidas en los convenios colectivos, son obligatorias las horas por fuerza mayor dedicadas a reparar daños.
El limite máximo legal es de 80 horas extras anuales se prohíbe la realización de horas extraordinarias a:
·Trabajadores menores de 18 años.
·Trabajadores nocturnos,salvo para actividades especiales y autorizadas.
·Trabajadores a tiempo parcial, salvo las horas extras por fuerza mayor, siempre que el contrato sea indefinido y asi se pacte por escrito.

La reducción de jornada
En atención as sus circunstancias personales o familiares,tienen derecho a solicitar un reducción de su jornada en laos siguientes supuestos, recogidos en el et:



  • Lactancia: por lactancia de un hijo menor de 9 meses el padre o la madre en caso de que ambos trabajen,tienen derecho a reducir su jornada diaria en media hora .Podran estar media hora mas tarde o salir media hora antes de su horario habitual.
  • Guarda legal:reducción de la jornada y salrio entre un octavo y la mitad de la jornada solicitada por los trabajadores que tengan a su cuidado:
1.un menor de 8 añors
2.una persona con discapacidad física,psicquica o sensorial.
3.Un familiar hasta de 2º grado que por razones de edad,accidente o enfermedad no puedea valerse por si mismo y no desempeñe una actividad retuibuida.
·Hospitalización de recién nacidos:si tras un parto del bebe tuviera que permanecer hospitalizado, el padre o la madre tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo una hora diaria sin reducción de salario.
Viliencia

LA JORNADA DE TRABAJO Y LOS DESCANSOS
Se regula en la et o en el convenio colectivo a la relación laboral.
Con estas normas se regula se indican las características, referidas a su duración máxima así como los limites legales.
La jornada laboral permite al empresario:
-fijar los salarios.
-controlar la productividad delimitado el tiempo de relación laboral.

DURACION DE LA JORNADA.
Jornada semanal: duración máxima 40 horas semanales trabajo en efectivo, puede ser inferior pero nunca más de 40 horas semanales de media al año.
Jornada diaria: según la et diaria puede ser de 9 horas diarias salvo k el convenio colectivo o el acuerdo de la empresa permita una distribución irregular.
Jornadas especiales: algunas actividades y sectores puede hacer necesarias ampliaciones o reducciones de la jornada de trabajo

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