Evolución de la Legislación sobre Educación Física y Deporte: Desde 1883 hasta la Carta Olímpica

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Evolución de la Legislación sobre Educación Física y Deporte en España

Ley de 1883: Creación de la Escuela Central de Profesores de Gimnástica

  • Creación de la Escuela Central de Profesores de Gimnástica.
  • Enseñanza técnica y práctica con asistencia obligatoria.
  • Figura del director.
  • Derechos y consideraciones para los profesores.
  • Formación de profesionales: maestros, maestros-instructores, instructores y entrenadores.
  • Declaración oficial de la enseñanza de la gimnástica.
  • El Gobierno proporciona local y material.
  • El Gobierno pone a las órdenes del director una escuela elemental para desarrollar las clases de pedagogía y gimnástica.
  • En 1887 se forman 17 mujeres y 83 hombres.
  • En 1890 se crean cátedras de gimnastas higiénicos.
  • En 1893 se establecen escuelas de profesores de gimnástica en 30 institutos.
  • A finales del siglo XX, la escolarización alcanza el 50%.

Ley de 1961 sobre la Educación Física (EF)

  • Se considera la EF como una exigencia en la formación del hombre.
  • El Estado reconoce y garantiza el derecho de los españoles a la enseñanza y práctica de la EF.
  • Se delega la responsabilidad de la EF a la Delegación Nacional de EF y Deportes (DXT).
  • Organismos del Estado, del Movimiento, corporaciones públicas, instituciones oficiales y particulares colaboran con la Delegación Nacional de EF y DXT.
  • La EF es obligatoria en todos los centros educativos.
  • El Ministerio de Educación Nacional dicta las normas para hacer posible la EF en toda la enseñanza.
  • Se crea una Junta Nacional que coordina y planifica la enseñanza de la EF.
  • Los maestros imparten EF en los colegios, pero también existen maestros instructores de EF, instructores y profesores de EF, y entrenadores deportivos.
  • El personal docente de EF debe tener el título correspondiente.

Ley de 1980: Ley General de la Cultura Física y el Deporte

  • Derecho de todo ciudadano al conocimiento y práctica de la EF.
  • Los poderes públicos fomentan la EF facilitando los medios e impulsando la práctica de la EF y el deporte para todos.
  • Desaparece la facultad de Medicina y la del Ejército, y se unen los tres centros en una organización administrativa para el fomento y coordinación de la actividad física y el deporte (AFD).
  • El Consejo Superior de Deportes (CSD) coordina la administración en la promoción y difusión de la cultura física y el deporte.
  • La EF es obligatoria en preescolar, EGB, Bachillerato y FP.
  • Las federaciones nacionales realizan controles antidopaje basados en los reglamentos de los organismos deportivos internacionales.

Ley de 1990

Títulos que dispone:

  • CSD: Colabora con las Comunidades Autónomas (CCAA), federaciones deportivas españolas y ligas profesionales, promoviendo medidas de prevención, control y definición de las sustancias prohibidas.
  • Asociaciones deportivas.
  • Comité Olímpico Español (COE).
  • Deporte de alto nivel.
  • Investigación y enseñanzas deportivas.
  • Control antidopaje.
  • Prevención de la violencia en espectáculos deportivos.
  • Instalaciones deportivas.
  • Disciplina deportiva.
  • Asamblea General del Deporte.
  • Creación de la Comisión Nacional Antidopaje: lista de sustancias, lista de competiciones, protocolos de actuación y reglamento sancionador.

Principios generales:

  • El deporte es un elemento fundamental del sistema educativo, determina la calidad de vida y la utilización activa y participativa del tiempo de ocio en la sociedad contemporánea.
  • Todos los centros docentes, tanto públicos como privados, deben disponer de instalaciones deportivas para atender la EF y el deporte.
  • Promoción de la práctica del deporte para todos por parte de la Administración del Estado.
  • Fomento del asociacionismo deportivo.
  • Con ayuda de las CCAA: coordinación de la actividad deportiva en general, programación del deporte escolar, mejora de las instalaciones y formación de técnicos deportivos.

Objetivos:

  • Fomentar la práctica deportiva en todas las personas para su plena integración social y ordenar su funcionamiento.
  • Reconocer y facilitar la actividad deportiva organizada a través de estructuras asociativas.
  • Regular el espectáculo deportivo.
  • Regular el marco jurídico en el que se desenvuelve la práctica deportiva.
  • Creación de una comisión antidopaje y antiviolencia.

Establece:

  • La EF obligatoria en todos los niveles educativos previos a la universidad.
  • Todos los centros contarán con instalaciones deportivas suficientes.
  • Mejorar el deporte de alto rendimiento.

Carta Europea del Deporte (1992, Estrasburgo; 1975, Bruselas)

Protección del deporte contra la explotación política, comercial y contra las drogas.

Objeto de la Carta (de acuerdo con los principios del Código de Ética Deportiva):

  • Dar la posibilidad a todos los individuos de que practiquen deporte.
  • A los jóvenes, la posibilidad de beneficiarse de programas de EF que desarrollen aptitudes deportivas de base.
  • A todos, la posibilidad de que practiquen deporte y actividad física recreativa en un medio ambiente seguro y sano.
  • La posibilidad de mejorar su nivel de capacidad.
  • Proteger y salvaguardar las bases morales y éticas del deporte.

Definición y campo de aplicación de la Carta:

Se entiende por deporte cualquier forma de actividad física que, a través de una participación organizada o no, tiene por objeto la expresión o mejoría de la condición física y psíquica, el desarrollo de las relaciones sociales o la obtención de resultados en competiciones a todos los niveles. Esta carta completa los principios del convenio contra el dopaje y sobre la violencia.

El movimiento deportivo:

Se pretende que exista una cooperación con las organizaciones deportivas no gubernamentales, así como la aplicación de mecanismos para el desarrollo y la coordinación del deporte. Tanto los gobiernos como las organizaciones deportivas deben reconocer la necesidad de respetar mutuamente sus decisiones.

Instalaciones y actividades:

Los accesos a las instalaciones no deben hacer ninguna distinción de raza, sexo, religión, etc. Los responsables tomarán medidas para que permitan una buena gestión y la plena utilización de las instalaciones con total seguridad. Se deben adoptar las medidas necesarias para que puedan acceder los minusválidos a las instalaciones.

Crear la base:

Todos deben beneficiarse de programas deportivos, de actividades recreativas y de EF, así como de sus instalaciones. Se asegurará la formación de profesionales cualificados para todas las escuelas. Se ofrecerán actividades deportivas extraescolares. Se impulsará el lazo entre las escuelas y los clubes. Se velará para que a todos se les inicie en la ética deportiva.

Desarrollar la participación:

Será conveniente promover la práctica de las actividades deportivas con fines recreativos, de contribución a la salud o con miras a la mejora de resultados.

Mejorar el nivel de los resultados:

Se apoyará la práctica del deporte a un nivel más avanzado, mediante medios adecuados y específicos. Para ello se debe: identificar a los talentos, poner a su disposición las instalaciones adecuadas, desarrollar la atención y el soporte a los deportistas en colaboración con la medicina y las ciencias deportivas.

Apoyo al deporte de alto nivel y al deporte profesional:

Tiene que haber métodos para ayudar a los deportistas, darles la posibilidad de desarrollar sus capacidades deportivas y humanas respetando su personalidad y su integridad física y moral. Esto consiste en: detección de talentos, educación equilibrada en institutos de formación e inserción en la sociedad.

Recursos humanos:

Se fomentará el desarrollo de cursos de entrenamiento por las instituciones, para la obtención de diplomas y calificaciones que cubran todos los aspectos de la promoción deportiva.

Deporte y desarrollo estable:

Asegurar y mejorar de generación en generación el bienestar físico, social y mental. Será necesario: tener en cuenta los valores de la naturaleza y del medio ambiente a la hora de planificar y construir instalaciones; apoyar y estimular a las organizaciones deportivas en sus esfuerzos para conservar la naturaleza.

Información e investigación:

Se desarrollarán medios que difundan la información pertinente sobre el deporte a todos los niveles. Se impulsará la investigación científica en todos los temas referidos al deporte.

Financiación:

Se dedicarán ayudas provenientes de fondos públicos que permitan los objetivos de esta carta.

Cooperación nacional e internacional:

Se crearán estructuras necesarias para la buena coordinación del desarrollo y de la promoción del deporte entre las administraciones y organismos públicos implicados en el deporte.

Carta Olímpica

Es el código que resume los principios fundamentales, normas y textos de aplicación adoptados por el COI. Rige la organización y el funcionamiento del Movimiento Olímpico y fija las condiciones de celebración para los Juegos Olímpicos (JJOO).

Principios fundamentales:

  • Pierre de Coubertin (1894, Congreso Atlético de París).
  • 1894: Creación del COI.
  • Olimpismo: filosofía de vida que exalta y combina en un conjunto armónico las cualidades del cuerpo, la voluntad y el espíritu (estilo de vida basado en la alegría del esfuerzo, el valor del buen ejemplo y el respeto a los principios éticos universales).
  • Objetivo del Olimpismo: poner el deporte al servicio del desarrollo armónico del hombre, para favorecer una sociedad pacífica.
  • Del Olimpismo moderno al Movimiento Olímpico.
  • El Movimiento Olímpico agrupa a organizaciones, atletas y otras personas que se guíen por esta carta.
  • El Movimiento Olímpico tiene como objetivo contribuir a la construcción de un mundo mejor y más pacífico, educando a la juventud a través del deporte, exigiendo comprensión mutua, espíritu de amistad, solidaridad y juego limpio.
  • La actividad del Movimiento Olímpico simboliza los 5 anillos entrelazados (universal y permanente).
  • La práctica del deporte es un derecho humano.
  • Organiza a las federaciones y los derechos y deberes internacionales.
  • El delegado nacional del Comité Olímpico regula las federaciones.

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