Evolución del Derecho Penal: Desde la Antigüedad hasta el Estado Liberal
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El Principio del Derecho Penal
En el derecho arcaico, el principio del delito y el daño eran lo mismo. Nos encontramos características como el inmanentismo de la justicia, la coactividad de los usos jurídicos primitivos, y el delito y la sanción entendidos como ruptura y reintegración con la naturaleza.
Derecho Romano y Germánico
En el derecho romano no existía la noción del delito, se podía uno vengar. En el derecho germánico existían normas represivas transmitidas consuetudinariamente para mantener la paz, combinada con la religiosidad. Estas prácticas fueron prohibidas por los visigodos. Los jueces tenían que aplicar el Liber, pero sigue sin haber textos penales.
La Edad Media y la Introducción de la Justicia Pública
En la Edad Media se va introduciendo la justicia pública, que va recortando progresivamente las formas de ejecución privada mediante la ilimitada venganza inicial. La idea era que debía ser perpetua, o un pago por la paz. Además, el ius puniendi no se logró imponer por la poca participación real en la norma, como por la dispersión de los textos locales y tribunales.
De la Norma Represiva a la Ley Penal
La ley represiva es el mantenimiento del orden público y los valores que predominan en cada momento, por medio de normas discrecionales que el Estado dicta para reprimir conductas desviadas. Los Reyes Católicos intentan atraer para sí la justicia penal mediante medidas como la creación de organismos como la Inquisición. En el siglo XVI se intenta perfilar el derecho penal, que no se consigue a nivel normativo. La pena está prácticamente ausente.
Siglos XVI al XVIII: Evolución y Crítica
En los siglos XVI al XVIII hay poca receptividad en este campo. En el siglo XVI, juristas teorizan sobre la materia, entre ellos Alfonso de Castro, que aboga por la irretroactividad de las leyes y la exigencia de una ley que delimite las penas para poder reprimir las conductas, pero no tuvo éxito. Desde mediados del siglo XVIII, en los ambientes ilustrados se critica la represión en materia criminal que suponía la imposición de penas cada vez más duras. Este movimiento se extiende por toda Europa, destacando la obra de Beccaria De los delitos y las penas. Ideas que entraron en nuestro país gracias a Jovellanos o Lardizábal, conscientes de que nuestro país necesitaba un cambio.
El Código Criminal de 1787
A partir de estas ideas, el Consejo Real se anima a hacer un código criminal presentado por Floridablanca al Consejo en 1787. Comienza a distinguirse entre delito y pecado, quedando el crimen en lo ilícito. Aparecen el principio de responsabilidad individual, la exigencia de dolo para el delito, la elaboración de causas eximentes, atenuantes y agravantes de la responsabilidad, la delimitación de los grados de participación, pero se mantuvo la diferenciación estamental en la consideración del delito y de la pena, y se mantuvo en gran medida la medición por el resultado.
El Derecho Penal en el Estado Liberal
En el Estado liberal, el derecho penal se vincula al ius puniendi del Estado, cuya máxima expresión es el Código Penal de 1822. El bien jurídico protegido es la paz, el orden jurídico y su ruptura.
La Protección de Bienes Jurídicos en la Edad Media
En la Edad Media, el hecho de que no existan leyes penales no significa que las normas represivas no tuvieran como objeto la protección de bienes jurídicos. Nuestro sistema penal descansa sobre tal base. La paz, que era lo que se buscaba, podía ser una paz particular que procedía de un pacto particular en el caso de los nobles, o de un pacto particular entre libres. Tenían que ser denunciados para su ruptura. A partir de allí se iniciaba la enemistad y la venganza de sangre. La paz general condiciona la estabilidad jurídica.
Principios para Evitar Crímenes y Penas
Libro: Para evitar crímenes y penas > educación, recompensa, promoción, fomento y protección de las luces y conocimientos que disipen la ignorancia y el error, buena legislación. Los estoicos consideraban todos los delitos iguales, ya que había vicio, pero distinguían entre delitos que inspiran horror, vicio que genera odio y desprecio de los hombres, la debilidad que excita su compasión y la falta que merece su indulgencia. El único delito mundialmente reconocido es el homicidio. Si son voluntarios, hay que absolverlos, pero puede combinarse la maldad y la voluntariedad. El delito ha de ser una acción, por lo que la voluntad no será castigada, ni tampoco las faltas leves derivadas de la fragilidad humana.
Consideraciones sobre el Delito y el Acaso
En un Estado recién formado, habría que castigar los actos menores para que no pasen a más, y el soberano tampoco puede abusar de su derecho para reprimir con sus leyes a los ciudadanos. El delito se diferencia del acaso en que en el acaso sí hay culpa, pero no voluntad de violar la ley, aunque existe el riesgo de violarla.
Los 14 Axiomas de Farinacio y Otras Perspectivas
Farinacio > un delito es grave si se castiga con la pena severa, y leve si se castiga con la pena suave. Otros autores creen que se debe castigar según el grado de atentado contra la dignidad que se produce > así se castiga más el insulto a Dios que el asesinato. Otra postura dice que la mayor o menor gravedad del pecado debe tenerse por regla en la graduación del delito. No podemos aplicarla porque se encuentra en el corazón de los humanos. Lardizábal cree que deben ser castigados los actos que perturban la tranquilidad y seguridad de los particulares, y de eso queda excluido el pecado. Tampoco se debe juzgar con malicia. Así, el daño y agravio hechos a la sociedad son la medida de los delitos. Dentro del mismo delito puede haber mayor o menor perturbación, por eso el delito puede ser acompañado por el objeto, intención y malicia del culpado.
La Complicidad en los Delitos
En los delitos cometidos por varias personas, cada una es más o menos cómplice. Son culpados los que hubiesen prestado su consentimiento. Según un autor: la primera medida del delito o de la acción contraria a la ley se ha de tomar del influjo que tiene respecto a la conservación del orden social, y aquí hay que analizar las circunstancias que acompañan. Matar a un hombre y matar a un hombre en un lugar sagrado son dos delitos diferentes. También existen tres grados de dolo:
- Grado de dolo grande: Cuando la causa impulsiva es fuerte o el delito se cometió con el ímpetu de la pasión.
- Grado de dolo medio: Cuando la causa impulsiva es débil o la acción se cometió a sangre fría o con premeditación.
- Grado de dolo alto: Cuando se ha realizado sin causa o con causa, pero con crueldad excesiva > permite establecer la pena.
Si una persona participa directa o indirectamente en un delito, será reo, pero no todos los reos serán iguales. Habrá dos medidas: una para distinguir el valor relativo de los diferentes delitos y otra para distinguir el de un mismo delito acompañado de circunstancias diversas.
La Definición de Pena según Pastoret
Según Pastoret, no debemos dar una definición a la pena. No hay que entenderla como castigo por la consecuencia de un vicio o delito. Algunos autores creen que el origen de la pena está en el estado de naturaleza, así se rechazaría la fuerza con la fuerza. Otros opinan que la imposición de las penas no puede suceder en el estado de naturaleza en el que todos son iguales, sino con el establecimiento de la sociedad, cuando los soberanos quieren vengarse. La diferencia es que en el estado natural se busca la venganza privada y el soberano busca ya el bien de la comunidad.
La Finalidad de las Leyes y la Cesión de la Libertad
Los hombres no ceden libremente parte de su libertad para el bien común, lo hacen para garantizar sus bienes frente a las ansias de apoderación de los demás, porque las personas tienen afán de codicia. Así, el legislador debe garantizar los derechos individuales, pero no puede imponer su voluntad de una forma autoritaria, sino incluso ofreciendo ventajas a los que cumplan la ley. La finalidad de las leyes es la seguridad y tranquilidad de los ciudadanos. La corrección del reo cuando se le priva de su existencia o se le separa de la sociedad es importante, pero difícil de conseguir.
La Venganza y las Leyes Penales
Debemos tener cuidado porque cuando vemos que las leyes penales se dirigen a contener dentro de sus justos límites las pasiones de los hombres, sería en aquellas un mal ejemplo que no se hallasen libres de toda pasión, cual lo es la venganza. Las leyes no castigan sino con el mayor dolor, ya que, si no se frena, se provocarían daños mayores a la humanidad. Con la venganza no se consigue que un delito haya dejado de cometerse. Con la pena de muerte se está matando a otra persona. Pero la dificultad aumenta porque con el destierro o el presidio no se arregla el daño producido.
Condiciones para que las Penas sean Justas
Para que las penas sean justas se necesitan varias condiciones:
- Que las dicte el legislador y los jueces juzguen según sus leyes.
- Si no hay leyes fijas, existe arbitrio judicial.
- El legislador tiene que renovar las leyes, si no, también hay arbitrio judicial.
Las sentencias sólo deberían limitarse a la formación de un silogismo de tres proposiciones: la primera ha de ser la disposición general de la ley, la segunda el hecho por el que se procede, y la tercera la consecuencia de las otras dos proposiciones que se materializa en la absolución o condena. Aunque sería conveniente utilizar que los jueces puedan interpretar libremente la ley, pues los daños que se derivan de la interpretación literal pueden ser muy graves.
La Interpretación de la Ley por el Juez
El juez debe interpretar lo que el legislador quiso decir con la ley, que siempre hablan de una forma general. Se puede consultar al legislador en caso de duda, ya que el juez podría crear injusticia y además el legislador podría crear una nueva ley. Los jueces deben aplicar sus criterios aplicando el espíritu de la ley, que es condicionada con la buena o mala lógica del juez. Así, hay distintos criterios para el mismo caso. Para que una ley sea justamente aplicada hay que seguir el espíritu de la ley, que es aplicar la intención general a un caso particular y no tiene que ver con la arbitrariedad judicial como sugiere Lardizábal.
Características de las Penas
Las penas tienen que ser irremisibles (que no se pueden perdonar). Las penas también tienen que ser útiles, ya que la humanidad condena a una persona por haber hecho un mal. Debe mirarse por el bien de la sociedad o por el bien del culpable. Como deben ser útiles, deben ser lo más moderadas posible, situación que provocó el derramamiento de sangre en la historia. Muchas veces, para evitarlo, se deben sustituir leyes antiguas por nuevas o por el arbitrio del juez, o incluso quedando el condenado impune.
Condición para que haya Delito
Para que haya delito, el mal tiene que ser mayor al bien.