Elementos Clave de Lesiones y Homicidio Calificado: Dolo, Culpa y Defensa

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Elementos Clave de Lesiones y Homicidio Calificado

Lesiones y Homicidio Calificados

Agravantes

Premeditación

El agente decide cometer un delito y elige los medios adecuados para ejecutarlo.

Alevosía

El autor del delito actúa de manera sorpresiva o traicionera, aprovechándose de la indefensión de la víctima e impidiendo que se pueda defender.

Ventaja

El delincuente tiene una ventaja física o no se ha armado.

Traición

El delito se comete en perjuicio de alguien con quien el delincuente tiene una relación de confianza o amistad.

Formas de Comisión del Delito

Doloso

Acciones que son realizadas con plena intención o malicia para causar daño.

Culposo

Aquellas en las que el daño resulta de una falta de cuidado, o sea negligencia o imprudencia.

Diferencia entre Doloso y Culposo

Doloso

  • Se hace con la intención de causar daño.
  • El agente sabe lo que hace y quiere hacerlo.

Culposo

  • No se hace con la intención de causar daño.
  • El agente no sabe lo que hace o no quiere hacerlo.

Delito de Lesiones

Persona que haga un menoscabo en la salud del otro. Ej: si yo hago un homicidio en línea recta primer grado es parricidio, ir con un doctor y no pagar es fraude, si un amigo me presta su coche y hago delito es abuso de confianza.


Elementos del Delito

CONDUCTA: La acción u omisión realizada por el autor del delito debe ser voluntaria. Hay 2 formas de ejercerla: acción u omisión.

TIPICIDAD: Debe corresponder a una descripción específica de un delito en el código penal o en una ley penal especial.

ANTIJURICIDAD: Conducta del autor del delito viole una norma jurídica válida.

CULPABILIDAD: El autor del delito haya actuado con dolo o culpa al cometer la conducta ilícita, o sea, tenía la capacidad mental para comprender la naturaleza ilícita de su acción y la voluntad de llevarla a cabo.

Causas de Exclusión o Justificación

Ejemplos

  • La demencia es una causa de imputabilidad.
  • El error de hecho es una causa de inculpabilidad.
  • La legítima defensa es una causa de justificación.
  • Cobrar el incumplimiento de un deber es justificación.

Legítima Defensa

LEGÍTIMA DEFENSA: Debe ser evaluada caso por caso considerando las circunstancias específicas de cada situación. En muchos sistemas legales, la persona que ejerce la legítima defensa tiene el deber de demostrar que actuó de acuerdo con los principios de la legítima defensa.

Autoridad Judicial

AUTORIDAD JUDICIAL: Forma de decisión final de existencia o inexistencia de un delito.

Sujetos del Delito

LOS 2 SUJETOS DE UN DELITO:

Sujeto activo: la persona que comete el delito.

Sujeto pasivo: la persona que sufre las consecuencias del delito.

Tipos de Personas

Persona física: Un humano tiene derechos y obligaciones.

Persona moral: Entidad creada por la ley que no tiene existencia física. Pueden ser organizaciones, empresas.

Física y moral: Física: individuo con cuerpo, moral: organismo.


Personalidad Jurídica y Capacidad

Personalidad jurídica: Se adquiere por el nacimiento, se pierde por la muerte.

Capacidad de goce: La aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.

Capacidad de ejercicio: La aptitud para ejercer derechos y cumplir obligaciones de manera activa. Se adquiere al cumplir los 18 y se pierde al morir o en estado de interdicción.

Estado de interdicción: Incapacidad mental. A esta persona se le designa un tutor. Se le reconoce al tutor cierta autonomía para tomar decisiones. Los menores de edad y personas en estado de interdicción no tienen capacidad de ejercicio.

Diferencia: Hay actitudes de derechos y obligaciones y de ejercicio, la posibilidad de hacerlos valer.

Otros Conceptos

Derecho epistolar: Derecho a que se repare el derecho de privacidad en la comunicación por medio de cartas penales.

Delito: Conducta típica o antijurídica. El delito cuenta con 4 elementos: conducta, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.

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