Derechos Indígenas y Justificación del Dominio Español en América: Análisis Histórico y Legal

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Indígena: Vasallo Libre con Privilegios en el Derecho Indiano

La corona española declaró al indígena como vasallo libre, aunque con una capacidad jurídica limitada, considerándolo en ocasiones como "rústico" o "miserable". Esta situación paradójica generó una serie de privilegios del indígena en el derecho indiano:

  • No se le presumía el conocimiento de la ley.
  • Debía actuar representado.
  • Podía presentar pruebas pasado el término probatorio.
  • Podía retractarse de la confesión.
  • Se debía evitar que declarara para que no cometiera perjurio.
  • Tenía derecho a que se mantuviera su costumbre, salvo tres limitaciones.
  • No estaba sometido al Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, por considerarse cristiano nuevo y susceptible de error en materia de fe.
  • Los bienes raíces del indígena debían venderse con al menos 30 días de anticipación y previa oferta pública.

El Sistema Premial de la Corona

Este sistema estaba compuesto por las mercedes de tierra, aguas, minas, encomiendas de indígenas y otros repartimientos, así como por oficios y cargos.

Mercedes de Tierra

Eran concesiones de tierras urbanas o rurales otorgadas a beneméritos de Indias por actos meritorios. La corona española poseía un "dominio eminente" sobre los territorios de Indias, lo que le permitía administrar el territorio y otorgar mercedes de tierra. Estas podían ser:

Clasificación de las Mercedes

  • Urbanas: Solares o manzanas dentro del perímetro de la ciudad, bajo el sistema fundacional de ciudades ajedrezado.
  • Rurales: Chacras (pequeñas porciones para hortalizas) o estancias de labor/haciendas (para cultivos mayores y pastoreo), ubicadas fuera del perímetro de la ciudad.

Para obtener la plena propiedad de la tierra, el beneficiario debía edificar, cercar y habitar el terreno.

Mercedes de Aguas

Concesiones de aguas superficiales o subterráneas para uso y goce. Se clasificaban en:

Clasificación de las Mercedes

  • Superficiales: Aguas en la superficie.
  • Subterráneas: Pozos y manantiales.
  • Urbanas: Para el regadío de una ciudad.
  • Rurales: Para el regadío de los campos.
  • Para molinos e ingenios: Para procesar harina y metal, respectivamente.

Mercedes de Minas

Derecho real de aprovechamiento o concesión de una pertenencia minera para su explotación. Se requería un mínimo de trabajadores (amparo) para mantener la propiedad minera.

Problemática de los Justos Títulos

Esta discusión doctrinaria y jurídica abordaba dos aspectos principales:

  1. Los derechos de la corona española sobre el territorio de las Indias Occidentales.
  2. Los derechos de la corona española sobre los habitantes de estos territorios.

Se invocaron varios títulos para justificar la dominación española:

Título basado en la Donación Pontificia

El Papa Alejandro VI, mediante la bula Inter Caetera (1493), concedió a los Reyes Católicos el dominio y posesión de las tierras descubiertas y por descubrir en las Indias Occidentales, con la condición de evangelizar a los indígenas. La bula Inter Caetera II y otras complementarias (Dudum Siquidem y Eximiae Devotionis) trazaron una línea imaginaria para dividir las zonas de influencia entre España y Portugal.

Las denuncias de abusos, como la de Fray Antón de Montesinos en 1511, llevaron a la creación de las Leyes de Burgos (1512), que protegían al indígena, y el Requerimiento de Juan López de Palacios Rubio, que exigía la sumisión de los indígenas a la corona y la fe cristiana.

Títulos basados en el Derecho Común

  1. Pensamiento de Aristóteles: Justificación de la superioridad española y el derecho a gobernar a los indígenas, considerados "bárbaros" por Juan Ginés de Sepúlveda.
  2. Pecados contra la naturaleza: Los indígenas que cometían actos considerados pecaminosos podían perder sus bienes y ser gobernados.
  3. Emperador Carlos V: Como emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, se consideraba dueño de las Indias.
  4. Obligación de evangelizar: La resistencia a la fe cristiana justificaba la pérdida de bienes y la sumisión.
  5. Premio divino: El descubrimiento y conquista de América como recompensa por la lucha por la fe cristiana.
  6. Res nullius: Las tierras de las Indias no pertenecían a nadie, justificando la adquisición por parte de la corona española.

Títulos basados en el Pensamiento de Francisco de Vitoria

Francisco de Vitoria, en sus Relecciones de Indias, rebatió los títulos anteriores y propuso nuevos argumentos:

  1. Sociedad y comunidad natural: Derecho a la libre circulación e intercambio de bienes, justificando la presencia española en las Indias.
  2. Amentes: Si los indígenas eran considerados incapaces, se justificaba una "obra de caridad gubernamental".
  3. Persecución a cristianos: La defensa de los indígenas convertidos al cristianismo justificaba la intervención española.
  4. Crímenes contra la naturaleza: Los indígenas que cometían estos crímenes podían perder sus bienes y ser gobernados.

La polémica sobre los justos títulos concluyó en tiempos de Felipe II, distinguiendo entre territorios ocupados y no ocupados, y aplicando un "protectorado" en los primeros, donde los indígenas mantenían cierta administración, como en el caso de los incas en Perú.

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