Derecho de la Unión Europea: Principios, Competencias y Mecanismos de Protección

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Principios y Actuaciones de las Instituciones de la UE

1. ¿Qué exige el principio de buena administración respecto de las actuaciones de las instituciones de la UE?

El principio de buena administración exige que las instituciones de la UE lleven a cabo las siguientes acciones:

  • Un tratamiento imparcial y equitativo (principio del derecho a la igualdad de trato).
  • Derecho de audiencia para dar la oportunidad de salvaguardar sus derechos.
  • El deber de motivación (justificación).
  • La tramitación en un plazo razonable.
  • La presunción de legalidad.

Efectos de las Sentencias del TJUE y Cuestiones Prejudiciales

2. ¿Cuáles son los efectos de una sentencia del TJUE en un recurso por incumplimiento del derecho de la UE por parte de un Estado miembro?

Las principales consecuencias son:

  1. Declaración de incumplimiento.
  2. Obligación de adoptar medidas para poner fin al incumplimiento y garantizar el cumplimiento efectivo del derecho de la UE.
  3. Posibilidad de sanción pecuniaria.
  4. Posibles efectos para particulares.
  5. Efecto disuasorio.
  6. Interpretación auténtica del derecho de la UE.
  7. Posibilidad de reapertura de procedimientos nacionales.

3. La cuestión prejudicial ante el TJUE, en el ordenamiento español, ¿debe plantearla en todo caso el TS o el TC, una vez agotada la vía jurisdiccional interna?

No. Cualquier juez o tribunal español puede plantear una cuestión prejudicial siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el órgano judicial nacional tenga dudas sobre la interpretación o validez del derecho de la UE.
  • Que la resolución de dichas dudas sea necesaria para dictar sentencia en el asunto principal.
  • Que no exista jurisprudencia previa del TJUE sobre la cuestión planteada.

Principio de Primacía y su Aplicación

4. El principio de primacía del derecho de la UE, ¿determina que una norma nacional contraria a una norma vinculante y directamente aplicable de la UE deba considerarse inválida, sin que sea necesario que un tribunal nacional lo declare expresamente?

No. El principio de primacía es una regla de colisión directa que se da cuando existen conflictos insalvables entre el derecho nacional y europeo. No equivale a un principio de jerarquía, sino de prevalencia aplicativa. Establece si se selecciona la norma europea o la nacional. En caso de seleccionar la norma europea, no quiere decir que la norma nacional sea contraria. El derecho europeo, cuando aplicamos su primacía, desplaza el derecho nacional, no lo deroga.

Competencias de la UE y Derechos de la Ciudadanía Europea

5. Conforme a las disposiciones de los tratados constitutivos de la UE, ¿qué tipos de competencias ostenta la UE en relación con los Estados miembros?

  • Exclusivas: Solo la Unión podrá legislar. Los Estados miembros únicamente podrán hacerlo si son facultados por la Unión.
  • Compartidas: Cuando los Estados atribuyen a la Unión una competencia compartida con los Estados miembros, ambos podrán legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes.
  • De apoyo: Carácter complementario de la UE. La Unión dispondrá de competencia para definir una política exterior y de seguridad común.

6. ¿Puede regular un Estado miembro los derechos que conforman la ciudadanía europea?

No. La ciudadanía europea es un estatuto jurídico autónomo que goza de primacía sobre el derecho nacional de los Estados miembros. Los derechos que confiere la ciudadanía europea son directamente aplicables en todos los Estados miembros, que tienen la obligación de respetar y garantizar los derechos de los ciudadanos europeos. Sin embargo, sí que pueden adoptar medidas para desarrollar o precisar el ejercicio de algunos de estos derechos.

Mecanismos de Salvaguarda del Estado de Derecho

7. ¿Qué procedimientos de salvaguarda establece el ordenamiento de la UE para garantizar que los Estados miembros respetan el estado de derecho?

  • Procedimiento de alerta: Se da un aviso al infractor. Se invoca por el Consejo sobre previa propuesta motivada de 1/3 de los Estados miembros, la decisión del Consejo que constate un riesgo claro y la previa aprobación por el Parlamento Europeo.
  • Procedimiento sancionador: Se invoca por el Consejo Europeo y hay que dar audiencia. La decisión del Consejo constata la existencia de un riesgo claro y la previa aprobación del Parlamento Europeo. Solo se puede interponer al Estado infractor en el plazo de 1 mes y debe ser resuelto en el mismo plazo. Se controlan aspectos procedimentales, no materiales.

Protección de los Derechos Fundamentales

8. ¿Cómo se articula la protección de los derechos fundamentales garantizados por la CDFUE y su relación con la tutela otorgada por la CE?

El TJUE y los tribunales nacionales deben garantizar un nivel de protección que no prive de efecto útil al DUE. La CDFUE se aplica cuando se aplica el DUE. La protección de los derechos fundamentales de la UE se basa en la CDFUE y es vinculante para todas las instituciones europeas y para los Estados miembros. En caso de conflicto entre la CDFUE y la CE, se aplicará el principio de primacía usando la norma que ofrezca mayor protección.

Control de Actos Delegados

9. ¿Qué técnicas de control establece el derecho primario respecto de los actos delegados adoptados por la Comisión sobre la base del art. 290 TFUE?

Los elementos de control que se establecen respecto de los actos delegados son:

  • En cualquier momento se podrá revocar la delegación, aunque no afectará a actos ya dictados.
  • El acto delegado está sometido a una condición suspensiva porque el legislador europeo puede formular objeciones en el plazo de dos meses.
  • Solo entran en vigor si no hay objeciones.

Límites a la Autonomía Procesal de los Estados Miembros

10. ¿Qué límites establece el ordenamiento de la UE al principio de autonomía procesal de los Estados miembros en la ejecución del derecho de la UE?

Dos límites:

  • Principio de equivalencia: Aunque cada Estado miembro regula el derecho europeo de forma diferente, esa regulación no puede suponer nunca una discriminación.
  • Principio de efectividad: La regulación de la ejecución del derecho europeo no puede dificultar el mismo, pues estaríamos ante un incumplimiento del derecho europeo.

Preguntas Adicionales

1. ¿Qué exige el principio de buena administración respecto de las actuaciones de las instituciones de la Unión Europea?

El procedimiento administrativo en la actuación de los órganos de la UE debe establecer un tratamiento imparcial y equitativo, debe garantizar la audiencia del interesado, debe tramitar el procedimiento en un plazo razonable, y debe motivar suficientemente su decisión.

2. ¿Por qué puede el órgano administrativo de recursos contractuales de la Comunidad Autónoma del País Vasco plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al considerar que el vigente Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 2011 no realiza una adecuada trasposición de las Directivas en materia de contratación?

El concepto de órgano jurisdiccional es un concepto autónomo del Derecho europeo que concurre en un órgano administrativo si éste resuelve aplicando criterios jurídicos sobre la base del principio de legalidad (Derecho), tiene una estructura independiente e imparcial, su creación y atribución de competencias tiene origen legal, y existe un carácter obligatorio en la interposición de los correspondientes recursos administrativos ante el mismo.

4. ¿Cuál es el contenido de los actos delegados del art. 290 TFUE, teniendo en cuenta su relación con los actos legislativos?

Conforme al art. 290 TFUE, los actos delegados pueden complementar la regulación esencial establecida por el acto legislativo, desarrollando elementos accesorios no establecidos en el acto legislativo. También puede modificar elementos accesorios incorporados por el acto legislativo, actualizándolos o suprimiéndolos.

3. ¿Es posible que un Reglamento de la Unión Europea sea desarrollado por una normativa de un Estado miembro? ¿Cuándo y con qué límites?

Conforme a la jurisprudencia del TJUE, cuando el propio Reglamento remita a los Estados miembros la adopción de medidas de desarrollo o complemento de la regulación establecida por el Reglamento que resulten necesarias para que las disposiciones del referido reglamento puedan aplicarse efectivamente. La remisión, que puede ser expresa o implícita, sólo es lícita si el Reglamento contiene la regulación de las reglas esenciales o de fondo de la materia, sin que los Estados miembros puedan ampliar el régimen de derechos u obligaciones establecidas por el Reglamento, quedando limitados a precisar tal régimen. Todo ello dentro del plazo fijado por el Reglamento.

5. ¿Qué requisitos exige el Derecho de la UE para que competencias de la Comisión Europea se deleguen en una Agencia Europea (p.e., la Agencia Europea del Medio Ambiente)?

Conforme a la jurisprudencia del TJUE, el régimen jurídico de la delegación implica:

  1. Que la autoridad delegante no puede atribuir otras competencias y facultades que las que ella misma tenga reconocidas.
  2. El ejercicio de las facultades delegadas se sujeta a los mismos requisitos que si se ejercitasen directamente por el delegante, especialmente su motivación y publicidad.
  3. La delegación debe ser expresa.
  4. La delegación sólo puede referirse a facultades de ejecución, definidas con precisión.

6. ¿Qué es un acto transnacional para la ejecución del Derecho de la Unión Europea por un Estado Miembro?

Es aquel acto adoptado por parte del órgano competente de un Estado miembro que tiene efectos jurídicos transfronterizos en el conjunto del espacio administrativo de la Unión Europea. El efecto trasnacional no exige ninguna actuación ejecutiva específica de la Administración nacional receptora. Sólo impone el respeto a la situación jurídica ya creada por resolución de otra Administración nacional.

8. La ejecución del Derecho de la Unión Europea en España corresponde en todo caso al Estado central, al tener atribuido éste la competencia exclusiva en materia de relaciones exteriores. ¿Es cierta esta afirmación? Razona tu respuesta.

No es correcta, ya que la ejecución del Derecho de la UE corresponde al Estado o a las CCAA según que la materia sea de competencia estatal o autonómica con arreglo al reparto constitucional de competencias. La ejecución del derecho de la UE es neutra respecto de la distribución constitucional de competencias.

7. ¿Cómo interpreta el Tribunal Constitucional español el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea respecto de la Constitución española de 1978?

Para el TC, el Derecho de la UE no constituye un canon de constitucionalidad de las Leyes españolas. Respecto del derecho nacional constitucional, debe realizarse una interpretación constitucional conforme al Derecho de la UE, salvo que suponga una lectura contra constitutionem. En dicho supuesto debe plantearse una cuestión de inconstitucionalidad que, si es estimada, requerirá, bien reformar la Constitución, bien la retirada de la UE. El TC no tiene como misión garantizar la aplicación del Derecho de la UE, siendo éste relevante desde la perspectiva del art. 10.2 CE, en cuanto criterio de interpretación del alcance de los derechos fundamentales constitucionales.

9. ¿Cuáles son los efectos de una sentencia del TJUE en un recurso de anulación cuando estima el recurso? ¿Y cuando lo desestima?

Si es desestimatoria de la pretensión de anulación, cuando se trata de un acto legislativo ello no impide plantear un nuevo recurso sobre la base de nuevos argumentos en el marco de una impugnación indirecta vía excepción de ilegalidad o cuestión prejudicial. Si se trata de un acto de ejecución, el mismo deviene firme, teniendo la sentencia efectos de cosa juzgada. Si es estimatoria de la pretensión de anulación, el acto legislativo o el acto resolutivo se anulan con efectos erga omnes. Si la causa de la anulación fueron motivos formales, se puede reproducir el acto subsanando el defecto de forma. En todo caso, el TJUE puede considerar definitivos efectos producidos por el acto anulado.

10. En la aplicación del Derecho de la Unión por un Estado miembro, ¿qué supone el principio de equivalencia?

El principio de equivalencia supone una prohibición de discriminación. No cabe que el procedimiento nacional para la aplicación del Derecho de la UE otorgue una menor protección al ciudadano que un procedimiento adoptado para la implementación de una norma nacional. No se permite introducir diferencias procedimentales sobre la base de la norma de aplicación, europea o nacional. Requiere que las normas aplicadas por los Estados miembros para la ejecución del Derecho de la Unión establezcan una protección de los derechos e intereses legítimos basados en el Derecho de la Unión equivalente a la que el ordenamiento interno proporciona a los derechos e intereses basados en normas puramente internas.

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