Derecho romano vulgar
Derecho Romano vulgar:Con la concesión de la ciudadanía a todos los habitantes del Imperio por Caracalla, el proceso de la romanización jurídica se cerró en el año 212 . Se especula que esta concesión se realizó para conseguir una unificación tributaria (más dinero por más impuestos) y para conseguir una unificación de tipo procesal.Con la constitucio Antoniniana del 212 culminó el proceso de territorialización del derecho romano, lo que suponía la desaparición de los ordenamientos jurídicos indígenas persistentes en todas las provincias del Imperio y la aplicación del Ius Civile a todos sus habitantes, excepto a dediticios (ROMANOS QUE LUCHARON AL LADO DE ANIBAL) y peregrinos.La puesta en práctica:1.-diferentes niveles de romanización existentes de unas provincias a otras.2.-distintas mentalidades de los pueblos indígenas. 3.- imposibilidad de conocer en su totalidad las normas que integraban el ius civile por la distancia con Roma, 4.- así como la crisis generalizada que se desencadena a partir del s. III, FUERON LAS QUE determinaron la aparición de un nuevo fenómeno jurídico: el derecho romano vulgar, que es fruto de la necesidad de adaptar el ius civile a las nuevas necesidades de la sociedad romana.En el Bajo Imperio este movimiento se acentuó y la práctica jurídica tiende a ir separándose cada vez más de las soluciones técnicas del derecho de la época clásica. Esta evolución del derecho se vio favorecida por la crisis política y económica, y por la dificultad de acceder a textos clásicos, lo que llevó consigo la necesidad de crear resúmenes de toda la literatura Jurídica (Instituciones, de GaIo). El desconocimiento o la imposibilidad de acceder a los textos obligó a los jueces y prácticos a improvisar soluciones o a acudir al ordenamiento jurídico local anterior, lo que incrementó la vulgarización.