El Derecho Romano: De Augusto a Justiniano
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Instauración del Régimen de Augusto
En el año 27 a. C., Augusto asume el nombre de Imperator Caesar Augustus. A partir de ese año, se consolida el Principado, y en el 23 a. C. se lleva a cabo una reforma que le otorga el Imperium Proconsulare vitalicio. Después del 23 a. C., Augusto recibe más poderes, incluyendo la máxima potestad. Los magistrados van perdiendo poder a medida que el emperador lo concentra, aunque Augusto seguía convocando las asambleas. Estas asambleas se encargaban de ratificar los nombramientos propuestos por Augusto.
Al comienzo del Principado, el Senado tuvo fuerza porque Augusto lo reorganizó, reduciendo el número de senadores y limitándolo a ciudadanos romanos. Su función consultiva se transformó en legislativa, adquiriendo el mismo poder que las leyes.
Augusto, como Princeps, concentraba todos los poderes. El problema de la sucesión se planteó tras su muerte. Aparentemente, Augusto recibió una investidura del Senado, pero al final, el poder militar también jugó un papel importante. Augusto adoptó a su sucesor. Posteriormente, gobernaron las dinastías Flavia y Severa, hasta la muerte de Alejandro Severo en el año 235 d. C.
A mediados del siglo III, Roma sufrió una crisis económica y social. La agricultura estaba en decadencia, con grandes latifundios, y se consideró un sistema semi-feudal. La solución fue emitir más monedas. También hubo una crisis moral y religiosa. En el año 212, el emperador Caracalla otorgó la ciudadanía a todos los habitantes del Imperio, lo que influyó en la cultura romana, especialmente por la influencia de los pueblos orientales. El cristianismo introdujo un Dios y una mentalidad diferentes. A esto se sumó una crisis política y militar debido a las invasiones bárbaras.
Surgieron luchas por el poder, y los emperadores eran elegidos por las regiones. Tras una época de enfrentamientos, en el año 284, el general Diocleciano fue aclamado emperador, poniendo fin a los conflictos. Diocleciano dividió el Imperio en dos: Oriente y Occidente. Creó una tetrarquía, con dos Augustos y dos Césares, uno para cada parte del Imperio. Diocleciano se quedó con el título de Augusto de Oriente. Reorganizó el ejército, fortaleciendo las fronteras, y buscó dar un carácter sagrado al Imperio. Estas reformas resultaron costosas y agravaron el problema monetario.
En el siglo IV, los dos Augustos abdicaron, y los Césares asumieron el poder, entrando en conflicto. Este conflicto civil culminó en el año 313 con la batalla del Puente Milvio, tras la cual Constantino reconoció el cristianismo como religión oficial del Estado. Constantino reconstruyó Bizancio en Oriente, renombrándola Constantinopla y estableciéndola como capital. Dividió el Imperio en distritos, colocando a sus hijos al mando, a quienes legó el Imperio tras su muerte. Hubo momentos de unidad y división en el Imperio.
El Imperio Justinianeo
En el año 527 d. C., Justiniano, sobrino del emperador de Oriente, fue adoptado y asumió el poder. Justiniano combinaba la idea imperial romana con los conceptos imperiales de Oriente. Intentó restaurar el Imperio Romano, buscando la unidad territorial, conquistando parte de la península Ibérica, imponiendo el cristianismo y utilizando el Derecho para lograr sus objetivos. A pesar de sus esfuerzos, la unidad territorial se rompió. Justiniano fue quien transmitió el Derecho Romano a la posteridad.
La Jurisprudencia: Concepto y Características
La jurisprudencia es la opinión de los jurisprudentes. En la época clásica, se define como el conocimiento de las cosas divinas y humanas, la ciencia de lo justo y lo injusto. Los pontífices controlaron la jurisprudencia durante más de cien años, dando respuestas solo a quienes les interesaba y manteniendo sus conocimientos en secreto.
La promulgación de las XII Tablas, la escritura de las Legis Actiones por un escriba y el nombramiento de un plebeyo como pontífice en el siglo III, quien comenzó a dar sus opiniones en público, contribuyeron a la pérdida del control de la jurisprudencia por parte de los pontífices.
Esta primera jurisprudencia laica tenía tres funciones específicas:
- Cavere: Indicar cómo realizar un negocio jurídico.
- Agere: Indicar a los interesados cómo actuar ante un tribunal.
- Respondere: Responder a cualquier consulta jurídica.
Las respuestas de los juristas eran condicionales y no modificaban el acto ni la decisión del juez. Además, creaban y adaptaban fórmulas jurídicas y enseñaban a sus alumnos. En la época republicana, la jurisprudencia tenía un matiz aristocrático, pero el derecho era para todos. Los juristas eran conservadores.
Etapas de la Jurisprudencia Republicana
- Primera etapa
- Segunda etapa
- Tercera etapa
En la época republicana destacaron juristas como Apio Claudio, los Escevolas, Julio Escevola, Trevancio y Tuvero, maestros de los primeros juristas de la época clásica: Testa, maestro de Labeón, y Tuvero, maestro de Capito.
La jurisprudencia clásica abarca desde el 27 a. C. hasta el final del Principado. Mantuvo un carácter conservador, pero tuvo una actuación más directa que la de los republicanos, con mayor influencia debido a la caída de estos y a la falta de una normativa imperial fuerte. Sus funciones eran las mismas que las de los juristas anteriores, destacando la enseñanza. Esta jurisprudencia se caracterizó por ser conservadora, aclarar y centrar los conceptos jurídicos, y ser práctica, enfocada en la resolución de problemas particulares.
Las Escuelas Clásicas
Etapas de la Jurisprudencia Clásica
- Del 27 al 96 d. C. (dinastías Julio-Claudia y Flavia)
- Del 96 al 192 d. C. (dinastía de los Antoninos)
- Del 192 al 235 d. C. (dinastía de los Severos)
En la primera etapa surgieron las escuelas jurídicas clásicas, donde los discípulos seguían a un maestro. Las dos principales fueron:
- La Proculeyana: Fundada por Labeón, con juristas como Censo, Nerva y Próculo.
- La Sabiniana: Fundada por Capito, con juristas como Sabino, Salvio Juliano y Casio Longino.
Los sabinianos eran más conservadores que los proculeyanos, quienes eran más innovadores. El apogeo de las escuelas se dio en la época de Marco Aurelio, desapareciendo en la de Gayo. Pomponio, Papiniano, Modestino, Paulo y Ulpiano comenzaron la sistematización del derecho.
La jurisprudencia clásica tuvo un gran esplendor debido a:
- El ius publice respondendi ex auctoritate principis otorgado por Augusto a los principales juristas, lo que les permitía responder como si lo hiciera el propio emperador. Esto generó el problema de la discrepancia entre las opiniones, aplicándose la de la mayoría.
- La creación del consilium principis por Augusto, un consejo de quince juristas y magistrados que lo asesoraban.
Además de estas atribuciones, el prestigio profesional de los juristas se basaba en la ratio (razón). Sus opiniones se fundamentaban en la lógica. Realizaban deducciones aplicables a diferentes problemas, basándose en argumentos lógico-jurídicos e interpretaciones del lenguaje común y la voluntad de las personas. Su esplendor residió en su capacidad de adaptar las normas a cada momento.