Derecho Laboral: Contratos, Nóminas y Prevención de Riesgos

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Nóminas

Base de Cotizaciones de Contingencias Comunes (BCCC)

  • Remuneración total: Total devengado - Indemnizaciones o suplidos - Horas extras
  • Prorrata de pagas extras: (Salario base + Antigüedad) x 2 / 12

La base 2 = Total de la base 1 + Horas extras.

Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo

Modificación

Turno, jornada, régimen de turno, sistema de renovación…

Suspensión

Maternidad, huelga, excedencias

Extinción

Finalizar

Modificación Funcional (Funciones del trabajador)

  • Ascendente:
    • Categoría superior
    • + 6 meses en un periodo de un año
    • + 8 meses en un periodo de dos años
  • Horizontal:

    Funciones del mismo grupo profesional, solo cambia de puesto de trabajo.

  • Descendente:

    A categorías inferiores por razones urgentes y conservando el salario.

Modificación Geográfica

  • Desplazamiento (temporal) -1 año:

    Dietas, gastos de locomoción y 4 días libres cada 3 meses.

  • Traslado (definitivo) +1 año:

    Rescindir el contrato con derecho a indemnización: 20 días por año de servicio.

Modificaciones Sustanciales

  • Turno: De mañana a tarde o jornada completa
  • Jornada: Aumentar el número de horas
  • Horario: Cambio de horario
  • Sistema de trabajo
  • Sistema de retribución
  • Turno, jornada y horario: Si el trabajador no acepta, puede rescindir el contrato con derecho a indemnización: 20 días de salario por cada año de servicio. Límite 12 mensualidades.

Suspensión

Maternidad (16 semanas)

Obligatorio

Riesgo durante el embarazo

100% de la base reguladora

16 semanas + 2 semanas por cada hijo más

10 semanas siguientes

6 semanas

Permiso de paternidad: 13 días (INSS) y 2 días (empresa)

Reducción de la Jornada

  • Lactancia: De un hijo menor de nueve meses, el trabajador/a tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo o a una reducción de su jornada en media hora.
  • Nacimiento de hijos prematuros: Que deban permanecer hospitalizados, el trabajador/a podrá ausentarse del trabajo durante una hora o pueden reducir su jornada hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.
  • Cuidado derecho:
    • Por razones de guarda legal, a algún menor de 8 años o a una persona discapacitada que no desempeñe una actividad retribuida.
    • A un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no se valga por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
    • Por ser víctima de violencia de género, la trabajadora podrá reducir la jornada con disminución proporcional del salario o reordenar el tiempo de trabajo para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.

Suspensión del Contrato

  • Maternidad
  • Adopción o acogimiento
  • Riesgo durante el embarazo y por riesgo durante la lactancia natural de un menor de 9 meses
  • Permiso de paternidad
  • Violencia de género

Excedencia

  • Forzosa: Cargos políticos, sindicatos, etc.
  • Voluntaria: Como mínimo 1 año de antigüedad (duración según el convenio)
  • Por cuidado de hijos: Hasta 3 años
    • Dos tramos o intervalos
    • El primer año se reserva el mismo puesto de trabajo
    • El segundo y tercer año no se reserva el mismo puesto, solo tienes preferencia para reingresar cuando se produce una vacante
  • Por cuidado de familiares (de 1º o 2º grado)
  • Violencia de género: 6 meses

Despido Disciplinario

  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo
  • Transgresión de la buena fe contractual
  • Acoso, discriminación, xenofobia, etc.
  • Faltas repetidas e injustificadas (+20%)
  • Disminución continuada y voluntaria del rendimiento
  • Toxicomanía, embriaguez, solo si repercute de forma negativa en el trabajo.

Carta de despido → 20 días → SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) → Acto de conciliación.

Despido Objetivo

  • Falta de adaptación a las modificaciones técnicas
  • Ineptitud
  • Faltas justificadas (si son injustificadas sería disciplinario)
  • Amortización de un puesto de trabajo por causas técnicas, organizativas o de producción.

Despido Colectivo

  • Más del 10% plantilla (ERE)
  • Periodo de consultas de 30 días al menos (Indemnización = 20 días)
  • Causas económicas, técnicas, organizativas y de producción

Calificación Jurídica del Despido

  • Procedente: Que se han acreditado las causas. Queda consolidado el despido y tiene derecho a desempleo.
  • Improcedente: En el plazo de 5 días deberá:
    • Indemnización (45 días/año de indemnización con límite → 42 mensualidades)
    • Readmisión (con abono de salarios de tramitación)
  • Nulo: Cuando es discriminatorio o se basa en motivos contrarios a los derechos y deberes constitucionales: raza, sexo, maternidad, condición sexual, etc.

Acciones Legales Contra las Decisiones del Empresario

Acción

Plazo y Cómputo

Contra despido y resolución de contratos temporales

20 días hábiles desde el cese de la prestación de servicios, desde la entrega de la carta de despido o desde la comunicación verbal.

Impugnación de la extinción del contrato por causas objetivas y otras causas

20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de extinción efectiva

Impugnación de las decisiones empresariales en materia de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

20 días

Impugnación de las sanciones impuestas por el empresario

20 días

Interposición de demanda por fijación de la fecha de disfrute de vacaciones

20 días naturales desde que el trabajador tenga conocimiento de la fecha

Reclamación de percepciones económicas

1 año desde el día en que la cantidad debió pagarse

Cualquier acción derivada del contrato de trabajo que no tenga señalado plazo especial

1 año desde la fecha de terminación del contrato de trabajo

Presentación de una reclamación previa ante la Seguridad Social

30 días desde el día siguiente a la fecha de la resolución

Faltas leves del trabajador

10 días desde que la empresa tuvo conocimiento de su comisión

Faltas graves del trabajador

20 días desde que la empresa tuvo conocimiento de su comisión

Procedimiento de Actuación en Caso de Desacuerdo del Trabajador con las Decisiones del Empresario

  • Presentar una solicitud de acto de conciliación previa o una reclamación previa.
  • Acudir al acto de conciliación:
    • Que haya acuerdo
    • Que no haya acuerdo
    • Que no se presente el empresario
    • Que no se presente el trabajador
  • Presentar demanda ante el Juzgado de lo Social competente
  • Conciliación judicial
  • Celebración del juicio oral
  • Sentencia

Prestación por Desempleo

Intervalos (según el tiempo trabajado)

Días

De 360 a 539

120

De 540 a 719

180

De 720 a 899

240

De 900 a 1079

300

De 1080 a 1259

360

De 1260 a 1439

420

De 1440 a 1619

480

De 1620 a 1799

540

De 1800 a 1979

600

De 1980 a 2159

660

De 2160 al infinito

720

Prestaciones de la Seguridad Social

  • Contributivas: Hemos cotizado lo establecido y tenemos por ello derecho (prestación de desempleo).
  • No contributivas o asistencial: Cuando se reciben, pero sin suficiente cotización (subsidio por desempleo).

Base reguladora diaria = Σ las bases de cotización por desempleo 6 últimos meses / 180

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Los primeros 180 días de baja → 70% de la base reguladora

El resto de días → 60% de la base reguladora

Medidas de Prevención y de Protección

Medidas de prevención → Tratan los riesgos en su origen (evaluación de riesgos)

Medidas de protección (trabajadores):

  • Colectivos: Barandillas, red de seguridad, vallas de seguridad, material ignífugo, extractores de humo, ventiladores, etc.
  • Individuales: Cascos, chalecos, zapatos, arnés, guantes, mascarillas, etc.

Principios de la Acción Preventiva

  • Eliminar los riesgos, en la medida de lo posible.
  • Reducir los riesgos al máximo (cuando no sea posible eliminarlos).
  • Sustituir el proceso de trabajo que entrañe mayor riesgo por el de menor riesgo. Incluso cuando resulte más costoso.
  • Informar y formar a los trabajadores.
  • Evaluación de riesgos…

Ramas o Técnicas de Prevención

  • Seguridad en el trabajo (prevenir los accidentes de trabajo)
  • Higiene en el trabajo (previene y trata las enfermedades profesionales)
  • Ergonomía (estudia la disposición… la adaptación del puesto de trabajo, posturas)
  • Psicosociología (insatisfacción laboral, burnout, estrés)
  • Medicina del trabajo (vigilancia de la salud)

La Gestión de la Prevención

Evaluación de riesgos laborales:

  • Definir el riesgo
  • Analizar
  • Valorar el riesgo

Probabilidad de que el riesgo se materialice en un daño:

  • Baja
  • Media
  • Alta

Calificación del daño:

  • Ligeramente dañino
  • Dañino
  • Extremadamente dañino

En función de estos parámetros se califica a posteriori:

  • Daño trivial (leve)
  • Daño moderado
  • Daño tolerable
  • Daño intolerable

Organización de la Prevención en las Empresas

  • Se tiene menos de 6 trabajadores → Puede encargarse el empresario; siempre que trabaje en la empresa, tenga el curso básico de prevención y no realice actividades calificadas como peligrosas.
  • Si tiene más de 500 empleados o más de 250 empleados si es actividad peligrosa: Tiene que crear un servicio de prevención propio.
  • En el resto de empresas puede controlar un servicio de prevención ajena (Mutuas) y/o nombrar trabajadores en número suficiente.
  • Crear un servicio de prevención mancomunado.

El Prevencionista de Nivel Básico

  • Fomentar el interés y la cooperación de los trabajadores en la acción preventiva.
  • Promover la correcta utilización de los equipos de trabajo y de protección, los comportamientos seguros y las actuaciones preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general. Efectuar su seguimiento y control.
  • Realizar evaluaciones elementales de riesgos y, cuando proceda, establecer medidas preventivas compatibles con su grado de formación.
  • Colaborar en la evaluación y el control de los riesgos generales y específicos de la empresa, efectuando visitas al efecto, atención a quejas y sugerencias, registro de datos, y cuantas funciones análogas sean necesarias.
  • Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios gestionando las primeras intervenciones al efecto.
  • Cooperar con los servicios de prevención, en su caso.

La Representación de los Trabajadores en PRL

Delegados de Prevención

Nº de trabajadores en la empresa

Delegados

De 1 a 30

1 delegado

De 31 a 49

1 delegado

De 50 a 100

2 delegados

De 101 a 500

3 delegados

De 501 a 1000

4 delegados

De 1001 a 2000

5 delegados

De 2001 a 3000

6 delegados

De 3001 a 4000

7 delegados

De 4001 en adelante

8 delegados

Competencias:

  • Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
  • Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
  • Ser consultados por el empresario.
  • Vigilar y controlar que se cumpla con la normativa de prevención de riesgos laborales.

Facultades:

  • Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de prevención que realicen y a los inspectores de trabajo y Seguridad Social en sus visitas a los centros de trabajo.
  • Recibir información por parte de la empresa.
  • Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control de las condiciones de trabajo.
  • Formular propuestas al empresario sobre medidas de carácter preventivo y acciones para mejorar la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Proponer al órgano de representación de los trabajadores que paralice la actividad de la empresa, en caso de riesgo grave e inminente.

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Plan de Prevención

  • Identificación de la empresa
  • Organigrama. Funciones de la empresa. Actividades. Política de prevención.
  • Estructura organizativa de la empresa en materia de prevención: personal implicada, funciones y responsabilidades.
  • Formación en materia de prevención.
  • Plan de autoprotección; forma de actuar ante emergencias; incendios, peligrosos para las instalaciones y personas y Plan de Evacuación → Plan de emergencias.
  • Vigilancia de la Salud.

Vigilancia de la Salud

  • Se recogerá información sobre la salud de cada trabajador y la posibilidad de que se halle en una situación de especial sensibilidad.
  • Se diseñan las pruebas/medidas que examinarán la salud de los trabajadores y su periodicidad, teniendo en cuenta el tipo de riesgo. Los resultados se entregarán al trabajador con los consejos y la garantía de confidencialidad oportunos.
  • Se realizarán estudios epidemiológicos y un análisis de las enfermedades profesionales desarrolladas durante y después de la relación laboral con la empresa.

Reconocimientos Médicos: Obligatoriedad

  • Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
  • Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para sí mismo, para los demás trabajadores o para terceras personas.
  • Cuando lo exija una disposición legal para la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.

Plan de Evacuación

  • Rapidez
  • Orden
  • Control
  • Eficacia

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