Derecho Comercial: Principios, Deberes y Registro Mercantil en Colombia

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Derecho Comercial

Historia del Derecho Comercial

Concepto: El conjunto de normas relativas al comerciante.

Formación histórica

Relaciones entre romanos y extranjeros.

En la Edad Media existían mercaderes y artesanos, y desde ahí comienza a organizarse el derecho comercial.

En la Edad Media aparecen las normas subjetivas que están afiliadas a una corporación.

Código Civil Francés: Acto objetivo: ejecución o acto comercial. Se transforma el derecho comercial en un derecho general.

Código de España adopta doble contenido: matrícula de los comerciantes.

Derecho Comercial en Colombia

En Colombia llega en 1971, y se establecen relaciones entre comerciante y empresario.

Fuentes del Código de Comercio

  • Propias
  • Impropias

Constitución Política

Código de Comercio: Ley de los comerciantes

Normas imperativas y normas dispositivas

Las imperativas son de obligatorio cumplimiento y las dispositivas son normas que suplen la necesidad de los comerciantes.

Criterio de analogía: Cuando no hay norma imperativa ni dispositiva.

Costumbre: Práctica pública, reiterada y uniforme.

Tipos de costumbre

  • Secundum legem: Interpretar la ley comercial.
  • Praeter legem: Regula situaciones particulares.
  • Contra legem: Está prohibida y va en contra de las leyes.

Costumbres locales, nacionales, internacionales, extranjeras.

Si no hay norma jurídica ni costumbre, se aplican las normas del Código Civil.

Impropias: Tratados o convenios internacionales, costumbre mercantil internacional.

Principios del Derecho

  • Autonomía Privada: Posibilidad que tiene una persona de crear o no crear una empresa.
  • Buena fe: Conducta del empresario; el comerciante se comporte con las reglas.
  • Onerosidad: Existe contraprestación por las actividades que realice el empresario.
  • Mercantilidad presunta: Si un empresario participa con alguien que no lo es, se establece el Código Civil.

Comerciantes

Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. Una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:

  1. Cuando se halle inscrita en el registro mercantil.
  2. Cuando tenga establecimiento de comercio abierto.
  3. Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.

Son inhábiles para ejercer el comercio, directamente o por interpuesta persona: Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades mercantiles que tengan relación con sus funciones.

Deberes de los comerciantes

  • Matricularse en el registro mercantil.
  • Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad.
  • Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
  • Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.

La Empresa como Agente Económico y Jurídico

Como categoría económica

Identificada como toda organización de los factores productivos de bienes o servicios.

Categoría jurídica

Son mercantiles para todos los efectos legales:

  • La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos.

No son mercantiles:

  • La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes.

Del Registro Mercantil

Art. 26.- El registro mercantil tendrá por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exigiere esa formalidad.

El registro mercantil será público. Cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que fuere llevado, tomar anotaciones de sus asientos o actos y obtener copias de los mismos.

Art. 27.- El registro mercantil se llevará por las cámaras de comercio, pero la Superintendencia de Industria y Comercio determinará los libros necesarios para cumplir esa finalidad, la forma de hacer las inscripciones y dará las instrucciones que tiendan al perfeccionamiento de la institución.

Elementos del Establecimiento de Comercio

Salvo estipulación en contrario, se entiende que forman parte de un establecimiento de comercio:

  1. La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y de servicios.
  2. Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento.
  3. Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares.
  4. El mobiliario y las instalaciones.
  5. Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al arrendamiento de los locales en que funciona si son de propiedad del empresario, y las indemnizaciones que, conforme a la ley, tenga el arrendatario.
  6. El derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama comercial.

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