Contratos de Compraventa y Facturación: Guía Completa para Empresas
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Contrato de Compraventa: Aspectos Clave
El contrato de compraventa: se define como aquel contrato por el que uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa, y el otro a pagar por ella.
Tipos de Compraventa
- Compraventa civil: Se rige por el código civil, puede ser sobre bienes muebles, sin necesidad de revender, sin ánimo de lucro. Se formaliza entre particulares o al menos una de las partes no es comerciante. En caso de litigio, son competentes los tribunales civiles.
- Contrato mercantil: Se rige por el código de comercio, es solo sobre bienes muebles, con intención de revender, existe una finalidad de lucro. Las partes son comerciantes. En caso de litigio, son competentes los tribunales mercantiles.
Compraventa mercantil: El código de comercio establece que será mercantil la compraventa de bienes muebles con ánimo de lucrarse en la reventa. No se considera mercantil en los siguientes casos:
- Productos para el consumo del comprador.
- Reventa realizada por personas no comerciantes de los restos de copias que hicieran para su consumo.
- Venta realizada por artesanos en sus talleres de objetos que ellos mismos consumen o fabrican.
- Venta realizada por agricultores y ganaderos de sus cosechas.
Compraventas mercantiles: Compra de bienes muebles para revender, con ánimo de lucro.
Elementos del Contrato de Compraventa Mercantil
Elementos Personales
- Vendedor: Entrega la mercancía en el lugar pactado.
- Comprador: Recibe la mercancía y paga el precio.
Elementos Materiales
- El bien objeto del contrato debe ser un bien mueble (mercancía o mercadería).
- El precio se ha de pagar en dinero o un signo que lo represente (cheque).
Formas de Materialización de los Contratos
- Contrato verbal: Se formaliza con palabras y su contenido se conserva solo en la memoria de los que intervienen. Es conveniente que haya testigos.
- Contrato escrito: Su contenido se refleja por escrito.
Cuando el contrato se realiza, se denomina perfeccionamiento del contrato. Sigue el contrato escrito, la firma, y si el contrato es verbal, con ambas partes.
Obligaciones del Contrato de Compraventa
Obligaciones del Vendedor
- Conservar la cosa vendida en perfecto estado.
- Entregar el pedido en el tiempo y lugar pactado.
- Pagar los gastos de entrega.
- Garantizar la posesión pacífica.
- Garantizar que no existen vicios ocultos.
Obligaciones del Comprador
- Pagar el precio en el tiempo y lugar fijado en el contrato.
- Recibir la mercancía comprada.
- Pagar los gastos de transporte.
- Pagar los intereses del precio.
La Factura: Tipos y Requisitos
Tipos de Factura
- Factura completa u ordinaria: Debe incluir número (y serie, si aplica), fecha de expedición, fecha de la operación documentada, número de identificación fiscal, domicilio del expedidor y del destinatario, descripción de las operaciones, base imponible, tipo o tipos impositivos, cuota tributaria, sede de actividad, y otros datos como moneda, lengua, localidad y medio de expedición.
- Facturas simplificadas: Se emiten en ciertos casos cuando el importe no supera los 400 euros (IVA incluido), o 3000 euros (IVA incluido) en ventas al por menor, servicios de ambulancia, hostelería, discotecas, servicios telefónicos, etc.
- Factura electrónica: Documento electrónico equivalente a la factura en papel, con transmisión telemática y firma electrónica avanzada.
- Factura recapitulativa: Agrupa varias facturas mensuales, con pago antes del 16 del mes siguiente.
Duplicados y Copias de Facturas
- Duplicados: Se pueden pedir en caso de pérdida del original o cuando hay varios destinatarios en una misma operación.
- Copia de facturas: Se obtiene una copia del original.
Excepciones a la Obligación de Expedir Facturas
No es obligatorio expedir facturas en operaciones realizadas por comerciantes minoristas con recargo de equivalencia, operaciones exentas de IVA, sujetos pasivos en régimen simplificado del IVA, y actividades acogidas al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
Plazos para la Expedición de la Factura
- Destinatario no empresario ni profesional: Máximo el último día del mes natural en que se efectuaron las operaciones.
- Destinatario empresario o profesional: Antes del día 16 del mes siguiente a la fecha en que se consideran entregados los bienes o prestados los servicios.
- Facturas recapitulativas: Recogen varias entregas realizadas en un mes natural.
Conservación de la Factura
Las facturas recibidas y las copias de las facturas expedidas deben conservarse. La conservación puede ser electrónica o material, incluso por un tercero en nombre del empresario.
Período de Conservación de la Factura
Según la normativa mercantil, seis años; según la normativa fiscal, cuatro años.
Descuentos en Facturas
Tipos de Descuentos
- Descuento comercial: Reducción del precio por promociones, rebajas o ventas especiales.
- Descuento por rappel: Se concede por alcanzar un volumen determinado.
- Acumulativos: Se aplican en un período de tiempo determinado.
- No acumulativos: Se aplican a una compra específica en un solo pedido.
- Descuento por pronto pago: Se concede por pagar al contado o antes del plazo pactado.
Rectificación de la Factura
Se realiza cuando no se cumplen los requisitos del Reglamento del Impuesto, por incorrecta fijación o modificación de la base imponible.
Registro de Facturas
Libros de Registro
- Facturas expedidas: Se anotan las facturas de todas las operaciones realizadas.
- Facturas recibidas: Se anotan las facturas de compras y servicios recibidos.
Plazos para las Anotaciones
- Facturas expedidas: Antes de que finalice el plazo legal para el pago del IVA en el período voluntario.
- Facturas recibidas: Dentro del período de liquidación en el que se realiza la deducción del IVA.
Rectificaciones de las Anotaciones
Se realizan al finalizar cada período de liquidación del IVA, en un asiento que permita determinar el impuesto repercutido o soportado.