El Contrato de Seguro: Tipos, Partes y Documentos
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El Contrato de Seguro
El contrato de seguro se plasma en un documento llamado PÓLIZA.
Partes del Contrato de Seguro
- ASEGURADOR: Cobra las primas a cambio de pagar los daños en caso de siniestro.
- TOMADOR: Es la persona que firma la póliza y paga las primas.
- ASEGURADO: Es el propietario del bien que se asegura, o la persona cuya vida o integridad física se asegura.
- BENEFICIARIO: Es quien recibirá la indemnización en caso de siniestro.
Documentos del Contrato de Seguro
- Póliza de seguro: Es el documento donde se plasma el contrato. Se compone de los siguientes elementos:
- Condiciones generales: Son cláusulas iguales para todos los contratos de la misma modalidad.
- Condiciones particulares: Individualizan un contrato de seguro distinguiéndolo de los demás.
- Las cartas de garantía: Es un documento provisional que se entrega al asegurado, y que proporciona cobertura temporalmente, hasta que la aseguradora tenga lista la póliza definitiva.
- Apéndices o suplementos: Es un documento que se crea cuando se modifica algún aspecto del seguro inicial, que requiere una adaptación a las nuevas características.
- La solicitud de seguro: El tomador comunicará:
- La proposición: Es un documento que emite el asegurador ofreciéndole al cliente unas condiciones. Si el cliente acepta la oferta, el contrato se formaliza con las mismas condiciones de la proposición. La proposición es vinculante para el asegurador durante 15 días.
El Interés Asegurado
Llamamos suma asegurada al límite máximo a pagar por el asegurador en caso de siniestro.
El valor del interés asegurado es el valor del bien justo antes de producirse el siniestro. Este valor puede calcularse de varios modos: coste de adquisición menos desgaste; valor venal (valor de venta del bien en el momento inmediatamente anterior al siniestro); valor contable; etc.
Si comparamos la suma asegurada con el interés asegurado encontraremos tres casos:
- Infraseguro: (Suma asegurada infraseguro, si el siniestro se produce, el beneficiario sólo cobra una parte proporcional del daño sufrido:
- Sobreseguro: (Suma asegurada > Valor del interés). Este caso se llama sobreseguro; si el siniestro se produce, el beneficiario sólo cobrará daño sufrido y no más, ya que la ley prohíbe el enriquecimiento personal a costa del seguro. El tomador habrá pagado una prima más cara inútilmente.
- Seguro pleno: (Suma asegurada = Valor del interés asegurado). Es la situación ideal.
Si el objeto asegurado es la integridad física de una persona (seguros de personas), la valoración es subjetiva. ¿Cuánto puede valer la vida de una persona? ¿Cuánto puede valer una pierna? etc.
En caso de siniestro se cobra el valor asegurado, que es una cantidad fija pactada a priori (antes de que se produzca el siniestro). Por lo tanto, aquí no se producen situaciones de sobreseguro o infraseguro.
Clases de Pólizas
- Pólizas sencillas: Sólo cubren un riesgo (incendio, o robo, o accidente, etc. pero no varios a la vez).
- Pólizas combinadas: Cubren varios riesgos simultáneamente. Ejemplos:
- Seguro multirriesgo del hogar: Una sola póliza cubre los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños por escapes de agua, daños en aparatos eléctricos, daños por actos vandálicos, responsabilidad civil por daños a terceros.
- Pólizas individuales: Aseguran la vida o integridad física de una sola persona.
- Pólizas colectivas: Una sola póliza asegura la vida o integridad física de varias personas.
Pago de las Primas
El pago de las primas se realiza inmediatamente antes del periodo de cobertura. Si el tomador no paga la primera prima no existe cobertura de seguro, si ocurre el siniestro, el asegurador no tiene obligación de pagar.
Si el tomador no paga la prima de algún periodo siguiente:
- La póliza queda en suspenso.
- El asegurador puede rescindir el contrato.
Seguro Múltiple
El seguro múltiple es cuando el tomador concierta varios contratos de seguro, al mismo tiempo, con varias compañías de seguros sobre el mismo riesgo. Por ejemplo: cuando se asegura una casa en varias compañías al mismo tiempo.
En este caso el tomador y el asegurado tienen la obligación de comunicárselo a las diversas compañías, para que los seguros no sean objeto de enriquecimiento por parte del asegurado (la ley lo prohíbe). En caso que ocurra el siniestro, la indemnización la pagarán entre todas las compañías, en proporción a la suma asegurada en cada una de ellas. La indemnización total nunca será superior al daño sufrido.
Coaseguro
Varias compañías de seguros se reparten el riesgo de una operación determinada. Suele usarse en caso de grandes riesgos, que sobrepasan la capacidad de una sola compañía. Una operación de coaseguro se puede suscribir en una sola póliza. En ocasiones, cada compañía suscribe su propio contrato asumiendo una parte del riesgo total previamente conocido. En caso de siniestro cada compañía paga la indemnización en proporción a la cuota respectiva.
Reaseguro
Las entidades reaseguradoras son compañías de seguros que aseguran a otras compañías de seguros.
Seguros con Franquicia
La aseguradora sólo paga indemnización si los daños si superan un límite fijado en la póliza. Nos podemos encontrar en dos casos:
- Franquicia absoluta: La aseguradora paga los daños menos la cuantía de la franquicia. Es decir, si el daño es pequeño lo paga el tomador, y si pasa del límite pactado en la póliza, la compañía aseguradora se hace cargo sólo del exceso.
- Franquicia relativa: La aseguradora paga los daños menos un porcentaje de los mismos. En este caso, la prima es más económica. El tomador será más cuidadoso a la hora de prevenir el siniestro.
Periodo de Carencia
Periodo durante el cual el riesgo no está cubierto.
LA DISTRIBUCIÓN DE LOS PRODUCTOS DE SEGUROS Agente de seguros: está vinculado a una o varias aseguradoras con un “contrato deagencia”, y trabajan por cuenta de ellas, cobrando una retribución pactada por su trabajo. Captan clientes, los asesoran y comercializan productos de seguros. Cuando el tomador paga la prima al agente es como si lo pagara a la aseguradora. Corredor de seguros: es un profesional que trabaja de maneraindependiente,asesorando a sus clientes sobre productos de seguros de forma imparcial. No está vinculado de forma legal a ninguna compañía de seguros, vela por los intereses de sus clientes, les ayuda en caso de siniestro, etc. Cuando el tomador paga la prima al corredor no se entiende como realizado a la aseguradora, a menos que le corredor entregue el recibo de la aseguradora a su cliente.
ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD ASEGURADORA.Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: es el órgano de supervisión y
control de la actividad aseguradora en España.
Consorcio de
Compensación de Seguros: 1 Asegura la cobertura de
riesgos de interés social cuando las aseguradoras privadas no desean contratar (seguro
obligatorio de viajeros, seguro obligatorio de responsabilidad civil del
cazador, responsabilidad civil obligatoria derivada del uso y circulación de
vehículos a motor).2 Cubre los llamados riesgos extraordinarios, que suelen
quedar excluidos en las pólizas privadas: