El Contrato de Compraventa: Tipos, Normativa y Cláusulas
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1. El Contrato
Es un acuerdo de voluntades al que llegan dos o más partes libremente y dispone derechos y obligaciones para las partes.
Requisitos:
- Consentimiento: la participación debe ser una decisión libre y voluntaria (vicio de conocimiento: formalizado bajo violencia, intimidación, error o dolo).
Dolo: cometer un delito a sabiendas como engañar a la otra parte o incumplir un acuerdo. - Objeto: pueden ser objeto de un contrato:
- Todo lo que se comercialice
- Todos los servicios que no vayan contra las leyes
- Real (existente)
- Lícito (conforme a la ley)
- Determinado (inconfundible)
Causa: objeto finalidad que tienen las partes. - Elementos:
- Personales: partes físicas o jurídicas que forman parte de un contrato, mayores de 18 años o de 16 legalmente emancipados. No están capacitados menores de edad o personas incapacitadas judicialmente.
- Reales: son la cosa objeta del contrato y la contraprestación (dinero).
- Formales: las formalidades y los condicionantes (el contrato en sí).
Pueden ser: escrito o verbal (forma de plasmar el contrato), público o privado (si se celebra con notario es público), con oblig. de registro (en algunos se deja una copia en el registro oficial).
Estructura:
- Título de contrato: tipo de contrato celebrado.
- Identificación de las partes: motivos del contrato y consentimiento.
- Cláusulas: descripción del contrato.
- Fecha y firma: de la celebración del contrato.
2. Tipos de Contratos
Según la formalización:
- Privados: sin la intervención de un notario.
- Públicos: celebrado ante un notario.
Según las obligaciones:
- Unilaterales: obligaciones a solo una parte.
- Bilaterales: obligaciones para las dos partes.
Según el beneficio:
- Oneroso: beneficios recíprocos.
- Gratuitos: se beneficia solo una parte.
Según su existencia:
- Principales: existen por sí mismos.
- Accesorios: se basan en otro, se les llama de garantía.
Según la legislación:
- Típicos: regulados por la ley.
- Atípicos: la ley no tiene regulación.
3. Normativa que Regula la Compraventa
Compraventa Mercantil:
De mercaderías, materias primas y productos intermedios (bienes muebles) entre personas que tengan ambas la condición de comerciantes.
Compraventa Civil:
En esta, una o ninguna parte es comerciante. No entran artesanos, ganaderos o agricultores.
4. Derechos y Obligaciones de las Partes
Obligaciones del Comprador:
- Recibir la cosa comprada.
- Pagar el precio en el tiempo y lugar fijados.
- Pagar los gastos de transporte si no se acuerda.
Obligaciones del Vendedor:
- Entregar la cosa en el tiempo y lugar acordados.
- Saneamiento por evicción (propietario legal).
- Saneamiento por vicios ocultos.
- Saneamiento (sin) de cargas y gravámenes.
5. Clausulado General de un Contrato
Cláusulas: son los acuerdos a los que se llega y deben ser cumplidos por las partes.
- Identificación de la cosa de contrato.
- Precio de la cosa.
- Lugar de entrega.
- Forma y lugar del pago.
- Declaración del saneamiento de evicción y vicios ocultos.
- Responsabilidades de los gastos derivados del contrato.
- Reconocimientos del carácter del contrato y su legislación.
- Aceptación de las autoridades judiciales territoriales.
6. El Contrato de Compraventa a Plazos
Es el acuerdo por el cual la parte vendedora se compromete a entregar el objeto del contrato a cambio de dinero que se pagará de forma fraccionada.
Características:
- Están regulados por la Ley 28/1998 (venta a plazos de bienes muebles).
- La cosa objeto del contrato tiene que ser un bien mueble.
- La contraprestación ha de ser un precio concreto, aplazada al menos 3 meses.
- Se formalizarán por escrito y deben inscribirse en Registro de Ventas a Plazos.
- Deben indicar la tasa anual equivalente de interés que se aplicará a los plazos pendientes.
- Se suelen incluir las cláusulas de reserva de dominio y prohibición de disponer:
- Reserva del dominio: la transmisión de la propiedad queda suspendida y condicionada al pago de la totalidad.
- Prohibición de disponer: limita la capacidad del comprador para incluir la cosa en un acto jurídico como en una compraventa posterior.
- La demora en el pago de dos plazos o del último de ellos permite al vendedor exigir el pago de los plazos restantes o resolver el contrato.