Constitución y Tipos de Sociedades: Mercantil, Laboral y Cooperativa
El Proceso de Constitución de una Sociedad
El proceso de constitución de una sociedad se compone, fundamentalmente, de los siguientes pasos:
- Se redacta la escritura de constitución y los estatutos que registran su funcionamiento interno.
- Se inscribe en el Registro Mercantil, acto que da lugar al nacimiento de la sociedad. A partir de este momento, adquiere autonomía patrimonial y funciona en nombre de la razón social.
Sociedad Anónima (SA)
La razón social puede elegirse con libertad y se le debe añadir "SA". Las acciones están representadas por medio de títulos para facilitar el ejercicio de sus derechos y su transmisión. Las acciones pueden ser:
- Normativas: Si en el documento se indica el nombre de su titular.
- Al portador: No se especifica titular.
Sociedad Anónima Laboral (SAL) y Sociedad Limitada Laboral (SLL)
En la Sociedad Anónima Laboral y la Sociedad Limitada Laboral, al menos la mayoría del capital social debe ser propiedad de los trabajadores ligados a la empresa por un contrato laboral indefinido y con jornada completa. Ninguno de los socios puede tener más de un tercio (1/3) del capital. Se deben añadir a la razón social las siglas "SAL" o "SLL".
Requisitos adicionales:
- Presentar un estudio de viabilidad económica de la empresa.
- Inscribirse en un registro especial de sociedades laborales que existe en el Ministerio de Trabajo.
Cuando un trabajador abandona la empresa, debe ofrecer sus acciones. En caso de que nadie las quiera, puede venderlas a personas no trabajadoras. En este caso, las participaciones cambiarán de clase laboral a clase general.
Ventajas:
- Bonificaciones fiscales en impuestos.
- Reducciones en los costes de creación.
- Acceso más fácil a subvenciones.
Características comunes a SAL y SLL:
- El número mínimo de socios es 3.
- La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
- Es obligatoria la constitución de un fondo especial de reserva.
- Tributan por el Impuesto de Sociedades (IS).
- Se constituyen mediante escritura pública ante notario.
Sociedad Cooperativa
Es una sociedad constituida por personas que se asocian para la realización de actividades empresariales encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Características:
- El número mínimo de socios es 3.
- La responsabilidad de los accionistas es limitada.
- Tributa por el Impuesto de Sociedades (IS).
- La participación en estas sociedades se rige por los principios de libre adhesión y de baja voluntaria.
- Atienden intereses o necesidades socioeconómicas comunes.
Proceso de constitución:
- Aprobación previa de unos estatutos por parte de la asamblea constituyente de socios.
- Calificación posterior por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
- Elevación a escritura pública del acuerdo de creación.
Tipos de cooperativas:
- Cooperativa de primer grado: Integrada por personas físicas.
- Cooperativa de segundo grado: Integrada por, al menos, dos cooperativas de primer grado.
Órganos de la Cooperativa
- Asamblea General de Socios: Órgano supremo de expresión de la voluntad social.
- Consejo Rector: Órgano de gobierno, gestión y representación de la cooperativa. Establece las directrices generales de actuación.
- Interventores: Órgano de fiscalización interna de la gestión de la cooperativa, que es llevada a cabo por el Consejo Rector.