Conceptos Fundamentales del Derecho: Desde su Definición hasta los Contratos

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¿Qué es el Derecho?

El Derecho es el conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado para regular la conducta externa de los hombres y que, en caso de incumplimiento, prevé una sanción judicial.

¿Cuáles son las características de la norma jurídica?

  • Heterónomas: las impone alguien externo.
  • Bilaterales: Implican una obligación y, a su vez, conceden un derecho.
  • Externas: Regulan la conducta externa del individuo.
  • Coercibles: Se pueden exigir por la fuerza pública.

¿Cuáles son las fuentes del Derecho?

  • Materiales o reales: Son aquellos fenómenos sociales que contribuyen a la formación del derecho (por ejemplo, las manifestaciones).
  • Históricas: Se integran por los documentos del pasado que contienen el texto de una ley.
  • Formales: Constituyen los procesos de carácter formal que crean una norma jurídica (ley, jurisprudencia, costumbre, doctrina y principios generales del derecho).

¿Qué es la ley y cuáles son sus características?

Es la norma de derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad. Sigue un proceso legislativo para su creación y tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el orden común.

¿Cuáles son las etapas del proceso legislativo?

Iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e inicio de vigencia.

¿Qué es el Estado y cuáles son sus elementos?

Es una población asentada en un territorio y con un gobierno suficientemente fuerte para mantener el orden interno y el respeto exterior.

¿Cuáles son los Poderes de la Unión y con quién se identifica cada uno de ellos?

  • Judicial: Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • Legislativo: Congreso de la Unión.
  • Ejecutivo: Presidente.

¿Por qué es importante la división del poder?

Garantiza que las atribuciones, competencias y facultades otorgadas a los diversos órganos del Estado sean ejercidas en un marco de pleno respeto y autonomía.

¿Cuáles son los atributos de la personalidad de la persona moral y de la persona física?

Persona Física:

  • Nombre: Conjunto de vocablos ordenados que se utilizan para individualizar a una persona. Se compone de:
    • a) Nombre de pila: María, Denis, Andrea.
    • b) Nombre patronímico: Pérez, Calvillo, Velasco.
  • Domicilio: Lugar donde reside la persona de manera habitual con el fin de establecerse en él.
    • Voluntario: Se adopta por la persona de forma voluntaria.
    • Legal: Aquel que establece la ley para el ejercicio de los derechos o cumplimiento de obligaciones de las personas.
    • Convencional: Se designa por una persona para el cumplimiento de determinadas obligaciones.
  • Nacionalidad: Vínculo jurídico que se establece entre la persona y el Estado, del cual se originan derechos y obligaciones.
  • Estado civil: Situación jurídica que una persona guarda con relación a los miembros de su familia.
  • Patrimonio: Conjunto de bienes, derechos (personales y reales) y obligaciones que constituye una universalidad jurídica, susceptible de valuación económica.
  • Capacidad: Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones, así como de hacer valer por sí mismo sus derechos y cumplir sus obligaciones.
    • a) Capacidad de goce: Aptitud de ser titular de derechos y obligaciones.
    • b) Capacidad de ejercicio: Aptitud para ejercitar por sí mismo los derechos y obligaciones.

Persona Moral:

  • Nombre: Puede formarse con el de uno o varios socios (razón social) o libremente (denominación social).
  • Domicilio: Lugar donde se halle establecida su administración.
  • Capacidad: En las personas morales no puede darse la incapacidad de ejercicio. Su capacidad de goce está limitada a su objeto, naturaleza y fines.
  • Patrimonio: Conjunto de bienes y derechos de la sociedad, apreciables en dinero.
  • Nacionalidad: Se define tomando en cuenta dos factores:
    • Que se hayan constituido conforme a las leyes mexicanas.
    • Que establezcan su domicilio en el territorio de la república. Cumplidos estos requisitos, tendrán la nacionalidad mexicana.

¿Qué es una asociación civil y una sociedad civil?

  • Asociación civil: Se constituye cuando varios individuos convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.
  • Sociedad civil: Existe cuando los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común lícito, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.

¿Qué es la propiedad y cuáles son sus características?

Es el poder jurídico que la persona, que es su titular, ejerce directa e inmediatamente sobre una cosa que le permite el aprovechamiento que se traduce en poder usar, disfrutar y disponer de ella, con las limitaciones y modalidades que establece la ley. Usar, disponer y disfrutar.

¿Qué es la copropiedad?

Existe cuando una cosa o un derecho pertenecen pro indiviso a varias personas, y cada uno tiene su parte alícuota. La parte alícuota es ideal y proporcional al derecho de cada copropietario, y estos no tienen el dominio sobre determinada parte de la cosa, sino sobre todo el bien en proporción a su derecho de propiedad.

¿Qué diferencia hay entre bienes muebles e inmuebles?

Los bienes muebles se pueden mover, mientras que los bienes inmuebles no se pueden mover.

¿Cómo se llama el acto por medio del cual se puede perturbar la propiedad y en qué consiste?

(Nota del editor: Esta pregunta no se responde en el texto original. Se sugiere investigar sobre la "perturbación de la posesión" o "acciones posesorias" para una respuesta completa)

¿Qué es una obligación y cuáles son sus elementos?

La obligación es el vínculo jurídico en virtud del cual una persona denominada deudor debe cumplir a otra, denominada acreedor, el pago de una prestación, ya sea a través de la prestación o abstención de un hecho, o dando un bien. Sus elementos son: a) Sujetos. b) Vínculo jurídico. c) Objeto.

¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones?

  • a) El contrato: Acuerdo de voluntades de dos o más personas que crean o transfieren derechos y obligaciones.
  • b) La declaración unilateral de la voluntad: Es la necesidad jurídica que tiene una persona de mantenerse en aptitud de cumplir una prestación de carácter económico a favor de un tercero que existe o puede llegar a existir, y que, en su caso, puede llegar a aceptar.
  • c) El enriquecimiento ilícito: Acrecentamiento sin motivo que obtiene una persona en su patrimonio, en detrimento de otra.
  • d) La gestión de negocios: Una persona se encarga de manera voluntaria y gratuitamente del asunto de otro (dueño) con el ánimo de obligarlo y sin ser su representante.
  • e) Los hechos ilícitos: Toda conducta antijurídica, culpable y dañosa que impone a su autor la obligación de reparar los daños. Surge de cualquiera de las otras fuentes de las obligaciones. Se basa en cometer cualquier violación culpable de una norma jurídica que cause daño a otro.

¿Cuáles son los elementos de existencia y de validez de un contrato?

  • a) Elementos de existencia:
    • ✓ Consentimiento.
    • ✓ Objeto.
  • b) Elementos de validez:
    • ✓ Capacidad de las partes.
    • ✓ Licitud en el objeto.
    • ✓ Ausencia de vicios en el consentimiento.
    • ✓ Formalidad.

Cuando se habla de la representación, podemos hacerlo a través de un mandato o un poder, ¿cuál es la diferencia entre estos actos?

La diferencia principal con el mandato es que el poder suele implicar una representación más amplia y puede ser más duradera. En el poder, la representación no está necesariamente limitada a la gestión de los negocios del poderdante, sino que puede incluir actos jurídicos específicos o generales.

¿Cuáles son los tipos de declaración unilateral de la voluntad y en qué consisten?

  • Oferta de venta:
    • Se dirige a cualquier persona que pueda tener conocimiento de ella.
    • Su finalidad es cumplir una prestación.
  • Promesa de recompensa: Son los anuncios que se realizan al público, a fin de cumplir con una prestación a favor de quien cumpla con la condición o ejecute el acto requerido.
  • Concurso de promesa de recompensa: Se dirige a un grupo específico de personas, a fin de que, cumpliendo con los requisitos y obteniendo la calificación más alta, se le pague la prestación ofrecida.
  • Títulos civiles (títulos de crédito): Promesa de cumplir con determinada prestación contenida en un documento.
  • Estipulación a favor de tercero:
    • Tiene su origen en un contrato o en el testamento.
    • Cumplir la prestación a favor de un tercero ajeno del acto jurídico.
    • Se puede revocar si el tercero no la quiere.
    • El promitente puede negarse a cumplir si no le cumplen con lo que le corresponde.

Señale la diferencia entre plazo y condición

El plazo se refiere a un período de tiempo determinado que establece cuándo debe cumplirse una obligación o cuándo los efectos de un acto jurídico comenzarán a producirse. La condición es un acontecimiento futuro de realización incierta de la cual depende la existencia de la obligación.

Señale la diferencia entre obligaciones mancomunadas y solidarias

  • Obligaciones mancomunadas: La obligación, ya sea desde el punto de vista de los acreedores (crédito) o desde la perspectiva de los sujetos (deuda), se divide en tantas partes como acreedores o deudores haya.
  • Obligaciones solidarias:
    • a) Pluralidad de sujetos activos: cuando dos o más acreedores tienen derecho para exigir el cumplimiento total de la obligación.
    • b) Pluralidad de sujetos pasivos: cuando dos o más deudores reportan la obligación de prestar en su totalidad la prestación debida.

¿Qué es la inexistencia y nulidad?

La inexistencia tiene lugar cuando al acto le falta alguno de los elementos esenciales (consentimiento u objeto), por lo tanto, no produce consecuencias jurídicas y puede invocarse por cualquier interesado. La nulidad existe cuando el acto jurídico se ha realizado de manera imperfecta; a diferencia de la inexistencia, el acto produce sus efectos hasta en tanto no sea declarada su nulidad por sentencia.

¿Cuáles son los tipos de cláusulas de un contrato y en qué consisten?

  • Cláusulas esenciales: Se refieren a los requisitos esenciales del contrato.
  • Cláusulas naturales: Son aquellas que, aunque no estén puestas de forma expresa, se suplen por los supuestos previstos por la ley.
  • Cláusulas accidentales: Consisten en especificaciones o precisiones particulares que no están previstas en las disposiciones.
  • Cláusulas penales: Son las que establecen cuáles son las consecuencias en caso de incumplimiento.

¿Cuáles son los principios que rigen en los contratos?

  1. Libertad de contratación.
  2. Libertad para dar el contenido de los contratos.
  3. Observar la ley, no alterarla o modificarla.
  4. Libertad de renunciar a derechos privados.
  5. Usar y disponer de bienes o derechos.
  6. Crear normas particulares obligatorias.
  7. Ejercer un derecho, sin afectar a otro.

¿Cuáles son los contratos que se clasifican como traslativos de dominio y en qué consiste cada uno?

  • Contrato de compraventa: Acuerdo de voluntades donde uno de los contratantes (vendedor) se obliga a transferir un derecho o la propiedad de un bien, y el otro (comprador) se obliga a pagar un precio cierto y en dinero.
  • Contrato de permuta: Acuerdo de voluntades donde cada uno de los contratantes (permutantes) se obligan a dar una cosa por otra (aplicables reglas de la compraventa).
  • Contrato de donación: Acuerdo de voluntades por medio del cual una de las partes (donante) se obliga a transferir a otra (donatario), gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.

¿Cuál es la diferencia en un contrato de arrendamiento y un contrato de comodato?

En el comodato, el uso del bien es gratuito, mientras que en el arrendamiento se obliga a pagar una renta por el uso del bien.

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