Comprensión Integral del Salario: Tipos, Estructura y Remuneraciones

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El Salario: Concepto y Clases

Según el Estatuto de los Trabajadores (ET), el salario es el total de las prestaciones económicas que los trabajadores reciben, ya sea en dinero o en especie, por la prestación profesional de servicios laborales por cuenta ajena. Esto incluye tanto la retribución por el trabajo efectivo como los periodos de descanso computables como trabajo. El salario constituye la obligación principal del empresario como contraprestación a los servicios prestados por el trabajador.

No se consideran salario las indemnizaciones, gastos suplidos, prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, ni las indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos. Toda retribución recibida por el trabajador de su empresario se presume salario, salvo prueba de lo contrario. La naturaleza salarial o extrasalarial es independiente de la denominación que le otorgan las partes.

Clases de Salario

  • Salario en metálico o en especie: Cuando se abona en metálico, debe hacerse en moneda de curso legal, talón o mediante entidades de crédito. El salario en especie consiste en una atribución patrimonial distinta al dinero.
  • Salario por unidad de tiempo: Se basa en la duración temporal en que se realiza el trabajo prestado, sin tener en cuenta el resultado obtenido. El más habitual es el salario anual.
  • Salario por unidad de obra: Se basa en el resultado obtenido con la prestación de servicios, independientemente del periodo de tiempo empleado. Incluye dos modalidades:
    • Salario a destajo: Se calcula según la suma de operaciones realizadas.
    • Sistema de cálculo complejo a través de primas.
  • Salarios mixtos: Se establecen a partir del salario por unidad de tiempo y del resultado obtenido. El primero retribuye un rendimiento normal o mínimo, y el segundo un rendimiento mayor o extraordinario.

Estructura del Salario

Salario Base

Es la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo sin atender a ninguna otra circunstancia. Deben excluirse las Horas Extraordinarias (H.E.), que es la cuantía recibida por el trabajador por haber prestado su actividad durante la unidad temporal establecida.

Complementos Salariales

Son condiciones que se añaden al salario base. Pueden fijarse en base a diferentes circunstancias:

  1. Personales: Recompensan circunstancias especiales que repercuten positivamente en el trabajo.
  2. De puesto de trabajo: Retribuyen las especiales condiciones de trabajo de la actividad que se desarrolla y no se han tenido en cuenta a la hora del cálculo del salario base.
  3. Por cantidad/calidad de puesto de trabajo: Complementos o primas que se perciben por realizar un mayor trabajo.
  4. En función de la situación y resultados de la empresa: No están relacionadas directamente con la prestación laboral y deben establecerse en contrato o por convenio.

Pagas Extraordinarias

El empresario tiene la obligación de abonar al menos 2 pagas extras al año.

Remuneraciones Extrasalariales

Estas son las que el ET excluye del concepto de salario, ya que no se trata de una contraprestación por el trabajo realizado, sino que tienen finalidad asistencial, indemnizadora o compensatoria.

Indemnizaciones o Suplidos

Cantidades que compensan al trabajador por los gastos ocasionados con motivo de la actividad laboral.

Indemnizaciones

Por traslados, suspensión o extinción y otras retribuciones extrasalariales.

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