Clasificación del Derecho: Público, Privado, Fuentes y Principios del Ordenamiento Jurídico

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Derecho Público

En el Derecho Público, las partes se encuentran en un plano de desigualdad, caracterizado por la preeminencia del Estado sobre los particulares. En él encontramos:

  • Derecho Administrativo: Se ocupa del régimen y funcionamiento de las Administraciones Públicas y de sus relaciones con los particulares.
  • Derecho Fiscal: Su objetivo es regular la financiación de las Administraciones Públicas a través de los impuestos y tributos, principalmente.
  • Derecho Procesal: Tiene como principales objetivos el régimen de los órganos del Poder Judicial, su composición, atribuciones y funcionamiento, y las actuaciones desarrolladas por ellos en el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Derecho Privado

El Derecho Privado regula las relaciones entre los particulares sin atender a circunstancias personales u objetivas determinadas. Su estudio comprende el Derecho de la persona, el Derecho patrimonial privado, el Derecho de familia y el Derecho de sucesiones. Entre sus ramas podemos ver:

  • Derecho Mercantil: Su objetivo es organizar el régimen jurídico de las relaciones empresariales.
  • Derecho Laboral: Se ocupa de las relaciones jurídicas entre patronos y obreros.

Fuentes del Derecho

Con la expresión "fuentes del Derecho" queremos designar dos realidades: el origen o modo de producción de las normas jurídicas (fuente material) y los medios de expresión a través de los cuales las normas se manifiestan en el exterior, como la ley o la costumbre (fuentes formales).

Las fuentes materiales nos indican cuáles son los agentes sociales con capacidad para crear normas de Derecho, y las fuentes formales nos enumeran las manifestaciones del poder, es decir, la jerarquía que se observa entre los agentes creadores, así como entre sus manifestaciones.

Principios Informadores del Ordenamiento Jurídico

Como sistema normativo, el ordenamiento está sometido a unos principios que dan sentido a las normas, establecen entre ellas su jerarquía, y la significación y finalidad que trata de conseguir. Nuestro ordenamiento está sometido a unos principios que se encuentran formulados en la Constitución. Podemos destacar los siguientes:

  • Principio Democrático: Significa que el poder emana del pueblo y, por eso, las reglas a que se somete la ordenación de la convivencia también emanan de la propia comunidad.
  • Principio de Legalidad: Significa que los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Los poderes públicos están sometidos al Derecho.
  • Principio de Seguridad Jurídica: Significa que las normas son seguras y ciertas, no dudosas, para que sus destinatarios puedan conocerlas y saber a qué atenerse, y para que los que aplican el Derecho, los jueces, encuentren en ellas criterios seguros y unívocos para resolver los conflictos sociales.

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